Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2008 (29/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA;

Articulo Quinto.- FORMAS DE PAGO Para acogerse a los beneficios establecidos en la presente Ordenanza el pago debe realizarse al contado. Solo si la deuda, luego de aplicado los beneficios del articulo 3º, fuese mayor a S/. 300.00, se podra abonar en forma fraccionada sin intereses de fraccionamiento, de acuerdo a las siguientes condiciones: · Hasta en seis (06) cuotas mensuales a cancelar el ultimo dia habil de cada mes. · La primera cuota tendra como fecha de vencimiento el ultimo dia habil del mes siguiente de suscrito al fraccionamiento establecido en la presente Ordenanza. · En estos casos no sera de aplicacion el articulo 11º del Decreto de Alcaldia Nº 012-2007-MDJM. Articulo Sexto.INTERES DE CUOTAS FRACCIONADAS IMPAGAS Solo en caso que los deudores no cumplan con abonar sus cuotas de fraccionamiento dentro del plazo establecido, se calculara intereses de acuerdo a la tasa de interes moratorio vigente. Articulo Setimo.- PERDIDA DEL BENEFICIO Los contribuyentes que dejen de pagar tres (03) cuotas, consecutivas o alternadas, perderan el beneficio adquirido al acogerse en la presente Ordenanza. En este caso, se procedera al cobro de la totalidad de la deuda, considerando el monto original de la misma e imputando los pagos realizados. Articulo Octavo.- DESISTIMIENTO Los contribuyentes que deseen acogerse al beneficio respecto de deudas que se encuentren impugnadas, podran hacerlo adjuntando MORDAZA autenticada por el fedatario del desistimiento presentado ante las autoridades judiciales y/o administrativas correspondientes. Articulo Noveno.- SUSPENSION DE EJECUCION COACTIVA Se suspenderan automaticamente los procedimientos de ejecucion coactiva con el acogimiento al presente beneficio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Dispongase que los beneficios senalados en el articulo 3º de la presente Ordenanza tambien son aplicables para aquellos contribuyentes que adeuden cualquier otro impuesto que grave la propiedad inmueble del distrito, que se encuentre pendiente de pago y que administre la Municipalidad de MORDAZA Maria. Segunda.- Facultese al MORDAZA, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza asi como para disponer la ampliacion de los plazos establecidos en la misma. Tercera.- Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, no se encuentran sujetos a devolucion y/o compensacion. Cuarta.- A efectos de acogerse a la presente Ordenanza, los contribuyentes podran compensar, a sola solicitud de estos, las acreencias que le tuvieren pendientes la Municipalidad Distrital de MORDAZA Maria. La referida compensacion debera ser aprobada mediante un Convenio de Compensacion por la Gerencia de Administracion, y se compensara la deuda que mantuviere la Municipalidad con el contribuyente con la deuda del contribuyente luego de aplicados los beneficios establecidos en el articulo 3º de la presente Ordenanza Municipal. En el caso de los contribuyentes senalados en el parrafo anterior, el acogimiento al presente beneficio se MORDAZA con la suscripcion del Convenio de Compensacion, luego de cuya firma se debera cumplir con lo establecido en el articulo 2º de la presente Ordenanza en un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas. En el mismo plazo, de corresponder, se debera suscribir el convenio de fraccionamiento. Quinta.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas y a la Sub Gerencia de Informatica. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Los convenios de fraccionamiento que se encuentren vigentes y cuyo monto fraccionado sea

Visto, en sesion ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanimidad de los senores Regidores y con dispensa del Tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO:

Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los gobiernos locales la potestad de crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, respetando los principios de reserva de la ley, de igualdad y respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, conforme lo senala el MORDAZA parrafo del articulo 41º del Codigo Tributario, excepcionalmente los gobiernos locales pueden condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, actualmente existen deudas tributarias de anos anteriores pendientes de cobranza, las mismas que requieren un tratamiento especial considerando la actual situacion economica por la que atraviesa el pais; Que, en tal sentido resulta conveniente otorgar a los contribuyentes beneficios por unica vez para el pago de las deudas tributarias que tengan pendiente con la corporacion edil; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS DERIVADAS DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES

Articulo Primero.- AMBITO DE APLICACION DEL BENEFICIO La presente Ordenanza establece beneficios por unica vez para el pago de deudas por concepto de Impuesto Predial y/o de Arbitrios Municipales de los contribuyentes de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA generados al 31 de diciembre del 2007, en el estado en que se encuentren. Articulo Segundo.- CONTRIBUYENTES QUE PUEDEN ACOGERSE AL BENEFICIO Podran acogerse al presente beneficio todos los contribuyentes que hayan cancelado o cancelen el total del Impuesto Predial (cuotas del primer al MORDAZA trimestre) correspondiente al ano 2008 durante la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- BENEFICIOS OTORGADOS Para acogerse a la presente Ordenanza, los contribuyentes deberan cumplir lo establecido en el articulo 2º, obteniendo los siguientes beneficios: a. El 75% de descuento de los intereses moratorios, asi como de los reajustes que recaen sobre el Impuesto Predial generado al 31 de diciembre del 2007. b. El 50% de los intereses moratorios que recaen sobre los arbitrios municipales vencidos al 31 de diciembre del 2007. c. El 95% de descuento de las costas y gastos administrativos que se encuentren reguladas en las Ordenanzas Nºs. 07-99-MJM y 110-MJM. La aplicacion de los beneficios MORDAZA mencionados recaera sobre los intereses, costas y gastos administrativos calculados hasta la fecha del pago efectivo o de la suscripcion del fraccionamiento a que se hace referencia en el articulo 5º. Articulo Cuarto.- PLAZO PARA ACOGERSE AL BENEFICIO Los beneficios otorgados en la presente Ordenanza estaran vigentes durante 30 dias calendario contados desde el dia habil siguiente de su publicacion.

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