Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2008 (29/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2008

ORDENANZA QUE CONFORMA LA COMISION TECNICA MIXTA DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PUBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS EN VEHICULOS MENORES Articulo Primero.- La Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho estara integrada por: - Tres (3) Regidores de la Comision de Desarrollo MORDAZA y tres (3) Regidores de la Comision de Servicios Publicos Locales. - Hasta (4) representantes de las organizaciones que agrupen cada uno a no menos del 25 % del total de las personas juridicas debidamente reconocidas por la Municipalidad y que se encuentran autorizadas a prestar el servicio de transporte publico especial en vehiculos menores en el Distrito. - Un (01) representante de la Policia Nacional del Peru. - Tres (3) funcionarios de la Municipalidad: * Gerente de Desarrollo Economico. * Gerente de Asesoria Juridica. * Subgerente de Control, Operaciones y Sanciones Articulo Segundo.- Comision Tecnica Mixta del Servicio de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehiculos Menores del distrito de San MORDAZA de Lurigancho estara presidida por el Presidente de la Comision de Desarrollo Urbano. Articulo Tercero.- Establecer que las funciones de la Comision Tecnica Mixta, son: a) Participar en la formulacion de proyectos y planes de desarrollo destinados a fomentar el orden del MORDAZA y el transporte publico en la jurisdiccion del Distrito de San MORDAZA de Lurigancho, para ponerlas a consideracion de la autoridad competente b) Debatir y evaluar las iniciativas sobre programa de educacion y seguridad vial. c) Promover y difundir sus acuerdos destinados a la mejora de la imagen y calidad del servicio de transporte publico especial de pasajeros en vehiculos menores. d) Ademas de las contempladas en la MORDAZA Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 009-2000-MTC. Articulo Cuarto.- Facultar al Despacho de Alcaldia para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias de la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Deroguense todas las Ordenanzas y disposiciones que contravengan lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Sexto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Desarrollo Economico, a la Gerencia de Desarrollo Social y a la Secretaria de Imagen Institucional. Articulo Setimo.- La presente Ordenanza entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, mediante Informe Nº 063-08-SG-RRCC/MDSJL de fecha 20.5.2008, la Subgerencia de Registro Civil senala que de acuerdo al Plan Operativo 2008 de la indicada Subgerencia se tiene programado llevar a cabo el Tercer Matrimonio Civil Comunitario del ano 2008, el dia 26 de MORDAZA, a las 11.00 horas, en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha; Que, el Articulo 252º del Codigo Civil vigente faculta al MORDAZA dispensar la publicacion de los avisos si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el articulo 248º del mismo cuerpo legal. Que, el Matrimonio Civil Masivo se encuentra regulado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad, el cual ha sido aprobado mediante Ordenanza Nº 029, publicada el 26 de MORDAZA del 2004; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, en su articulo 38º senala que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de MORDAZA procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades senala en su Articulo 42º que "Los decretos de alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del concejo municipal". Que, es objetivo primordial de la actual gestion municipal propiciar las bases solidas de formacion de la familia, contribuir a la consolidacion, fortalecimiento, proteccion y formalizacion como celula basica de la sociedad en MORDAZA con nuestro ordenamiento juridico, e igualmente es labor funcional administrativa, crear medios para consolidar legalmente los vinculos de paternidad y proteccion a la familia que el MORDAZA juridico exige, y que en MORDAZA de lo consagrado por el Articulo 4º de nuestra Constitucion Politica, es obligacion del Estado promover y proteger a la familia por ser instituciones naturales y fundamentales de la sociedad. Por las consideraciones MORDAZA expuestas, y estando a establecido en el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, y el Articulo 248º y 252º del Codigo Civil vigente; DECRETA:

Articulo Primero.- APROBAR y EJECUTAR la ceremonia del Tercer Matrimonio Civil Comunitario del presente ano, la misma que se llevara a cabo el dia sabado 26 de MORDAZA del 2008 a las 11:00 horas en el Modulo Siglo XXI del Gran MORDAZA Zonal Wiracocha, ubicado en la Av. Proceres de la Independencia Cuadra 15 - San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- DISPENSAR la publicacion de los avisos de Ley para el Matrimonio Civil Comunitario, realizandose una unica publicacion en el Diario Oficial El Peruano, indicando en forma generica el dia, la hora y el lugar donde se llevara a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Articulo Tercero.- ESTABLECER como tarifa por Derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), los mismos que estaran disgregados de la siguiente manera: - POR GASTOS ADMINISTRATIVOS: Pagar en MORDAZA del Local Central por Expediente Matrimonial la suma de S/. 40.00 (Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles). - CERTIFICADO PRE NUPCIAL: Pagar en MORDAZA del Local Central por Examen Medico la suma de S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Cuarto.- ESTABLECER que los requisitos indispensables para participar en el MORDAZA Matrimonio Civil Comunitario, son los que a continuacion se detallan: - Acta de nacimiento de ambos contrayentes (original y MORDAZA actualizada) - Copias legalizadas de los Documentos Nacionales de Identidad de ambos novios (mostrar original con el holograma de las ultimas elecciones).

205287-1

Aprueban la ejecucion de ceremonia del Tercer Matrimonio Civil Comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 014
San MORDAZA de Lurigancho, 26 de MORDAZA del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto el Informe Nº 063-08-SG-RRCC/MDSJL, de fecha 20/5/2008 de la Subgerencia de Registro Civil;

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