Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2008 (29/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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a los Gobiernos Regionales y a las Municipalidades a realizar, previo acuerdo de su MORDAZA organo normativo y fiscalizador, las acciones de modernizacion de la gestion publica orientada a mejorar sus niveles de eficiencia, mejorar la atencion de la ciudadania y optimizar el uso de los recursos publicos; Que, para tal efecto, la misma MORDAZA, dispone que los gobiernos subnacionales podran disponer la reorganizacion, reestructuracion, fusion y disolucion de sus entidades, empresas y organismos publicos, en tanto se dupliquen funciones o se provean similares servicios a los brindados, integrandose competencias y funciones afines; Que, en este MORDAZA, es necesaria la reorganizacion administrativa y reestructuracion organica del Gobierno Regional de Tumbes, en miras a la modernizacion de los organos regionales, sistemas, procesos, instrumentos de gestion y normativos y lo que fuese necesario para optimizar la eficiencia en la gestion, asi como en miras a la modificacion de su estructura organica, entendida como el conjunto de organos ordenados e interrelacionados destinados a cumplir determinadas funciones para lograr la modernizacion de la gestion regional y garantizar el cumplimiento de los objetivos estrategicos regionales; Que, asimismo la reorganizacion administrativa y reestructuracion organica se hace necesaria para el incremento de los niveles de eficiencia, la mejora de la atencion de la ciudadania, la optimizacion del uso de los recursos publicos, y crear las condiciones que permitan asumir la totalidad de las competencias a transferirse al 31 de diciembre proximo; Que, estando a lo acordado y aprobado por mayoria en Sesion de Consejo Nº 22, de fecha 14 de noviembre del 2007 mediante Acuerdo de Consejo Nº 150-2007/ GOB.REG.TUMBES-CR-CD, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, despues de un amplio y democratico debate y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28968; asi como por el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes: HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

Articulo 5º.- Publiquese la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y difundase en el MORDAZA electronico de la institucion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgacion MORDAZA MORDAZA MANNUCCI Consejero Delegado POR TANTO Registrese, publiquese y cumplase WILMER MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional

204509-1

Establecen que la Direccion Regional de Transporte otorgara y/o renovara permisos de operacion a empresas de servicio de transporte interprovincial de pasajeros y turistas, bajo la modalidad de arrendamiento operativo legalizado notarial
ORDENANZA REGIONAL N° 021-2007-GOB.REG.TUMBES - CR
Tumbes, 18 de diciembre del 2007 El Consejero Delegado del Gobierno Regional de Tumbes; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes, en Sesion Ordinaria de Consejo Nº 24-2007, iniciada el 12 y continuada el 13 de Diciembre del 2007, aprobo mediante Acuerdo de Consejo Nº 168-2007/GOB.REG.TUMBESCR-CD, la Ordenanza Regional siguiente; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto en los Arts. 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada con Ley 27902 establece como una funcion general de los Gobiernos Regionales, la de Planeamiento: disenando politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de Descentralizacion y la propia Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el Articulo 59º de la Constitucion Politica del Peru, precisa que "El Estado estimula la creacion de riqueza y garantiza la MORDAZA de trabajo y la MORDAZA de empresa, comercio e industria. El ejercicio de estas libertades no debe ser lesivo a la moral, ni a la salud, ni a la seguridad publica. El Estado brinda oportunidades de superacion a los sectores que sufren cualquier desigualdad; en tal sentido, promueve las pequenas empresas en todas sus modalidades". Que, el Articulo 61º de la Constitucion Politica del Peru establece que "El Estado facilita y vigila la libre competencia, combate toda practica que la limite y el abuso de posiciones dominantes o monopolios. Ninguna Ley ni concertacion puede autorizar no establecer monopolios". Que, el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que "Los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; son competentes para: (.......) 4. Regular y otorgar las autorizaciones, licencias y derechos sobre los servicios de su responsabilidad."

Articulo 1º.- Declarar en MORDAZA de REORGANIZACION ADMINISTRATIVA y REESTRUCTURACION ORGANICA al Gobierno Regional de Tumbes, por el plazo de 120 dias calendario contados a partir del dia siguiente de publicacion de la presente ordenanza, con la finalidad de lograr una correcta y adecuada distribucion de funciones y el ejercicio de capacidades y competencias en el nivel regional que garanticen el cumplimiento de los objetivos estrategias fijados en el Plan Regional de Desarrollo Concertado, fijados por la presente gestion. Articulo 2º.- Encargar al Ejecutivo Regional que, a traves de sus instancias competentes, elabore y proponga al Consejo Regional en un plazo de 30 dias calendarios a partir de la promulgacion de la presente disposicion regional, un MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF. Articulo 3º.Los organos y dependencias administrativas del Gobierno Regional de Tumbes, deberan prestar el apoyo pertinente a la Comision de Reorganizacion y Reestructuracion Articulo 4º.- Conformar una Comision de Reorganizacion y Reestructuracion, a cargo de formular y ejecutar el MORDAZA de reorganizacion administrativa y reestructuracion organica del Gobierno Regional de Tumbes declarado en el articulo primero, dentro del plazo senalado en el mismo. La Comision sera designada mediante Resolucion Ejecutiva Regional y estara integrada por los siguientes funcionarios del Gobierno Regional de Tumbes: · El Gerente General Regional. · El Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. · El Jefe de la Oficina Regional de Administracion. Quienes DEBERAN informar al Consejo Regional cada 30 dias los avances del MORDAZA de REORGANIZACION ADMINISTRATIVA Y REESTRUCTURACION ORGANICA.

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