Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2008 (29/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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una infraestructura operativa (flota compuesta por mas de 200 vehiculos) y el equipamiento necesario para brindar un servicio de calidad a la medida de las necesidades de sus clientes, que le da adicionalmente un valor cualitativo adicional a la medida de las necesidades indicadas por la entidad, siendo la experiencia de SERPOST S.A. amplia y diversificada, como es de verse en su cartera de clientes que incluyen a instituciones publicas y privadas que se senalan en el Informe tecnico; Que, asi, dada la amplia trayectoria, competitividad, infraestructura, personal capacitado, puntos de atencion, calidad en la prestacion del servicio, capacidad en el rango de atencion, hacen inviable su comparacion con otras empresas del medio, toda vez que no todas cuentan con las caracteristicas cualitativas y cuantitativas acreditadas por SERPOST S.A., lo que determina la necesidad que la contratacion sea realizada en funcion a la naturaleza de las cualidades de la empresa a contratar, empleando para ello la modalidad de "Servicios Personalisimos", previsto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento; Que, se cuenta con el Informe Nº 145-2008-MPCGGAJC-SGAA de la Sub Gerencia de Coordinacion y Apoyo de la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, el cual concluye que lo solicitado se encuadra dentro de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobada por D.S. N° 083-2004-PCM, ademas se cuenta con el Memorando Nº 551-2008-MPC/GGPPR de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, donde se senala la Fuente de Financiamiento de la presente exoneracion, los que opinan que todo lo actuado sea elevado al Concejo Municipal para la aprobacion correspondiente, asimismo, se cuenta con el Informe Nº 0736-2008MPC/GGA-GA de la Gerencia de Abastecimiento, que da cuenta que dicha contratacion se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; En tal sentido, el presente caso se encuentra dentro de la causal de Exoneracion que recoge el literal f) del articulo 19° del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y permite la contratacion de los servicios de la Empresa Servicios Postales del Peru S.A. - SERPOST S.A.; Estando a lo expuesto, con los informes tecnicos correspondientes y de acuerdo a lo establecido en la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Provincial del Callao; ACUERDA: 1.- APROBAR, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion Publica por causal de servicios personalisimos, para la contratacion de los servicios de la Empresa Servicios Postales del Peru S.A. - SERPOST S.A., a fin de cubrir la necesidad del servicio de mensajeria dentro del Programa de Fortalecimiento de Gestion de la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, por el periodo de Junio a Diciembre del 2008, por un valor referencial de S/. 540,570.00. 2.- Autorizar a la Gerencia de Abastecimiento proceda a la contratacion de la Empresa Servicios Postales del Peru S.A. - SERPOST S.A. 3.- La presente contratacion tendra la Fuente de Financiamiento 5, Rubro 08 Cadena del Gasto 5.3.11.66. 4.- Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE, asi como la remision del Acuerdo y documentacion que la sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo de Ley. 5.- Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Reconocen a Representantes Electos de las Organizaciones de la Sociedad Civil como miembros ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de La MORDAZA para el periodo 2008 - 2009
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2008-MDLP-ALC
La MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2008. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA Vistos: el Informe Nº 002-2008-CE-CCLD de fecha 6 de MORDAZA del 2008 del Comite Electoral, el Memorandum Nº 207-2008-GSS/MDLP, el Informe Nº 070-2008-GSS/ MDLP emitido por la Gerencia de Servicios Sociales, el Memorandum Nº 527-2008-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru "establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos del gobierno local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, el articulo 42º de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades senala que "los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal"; Que, el numeral 2) del articulo 7º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades establece como organo de coordinacion el Consejo de Coordinacion Local Distrital; Que, el articulo 102º de la acotada MORDAZA legal establece la definicion y composicion del Consejo de Coordinacion Local Distrital; Que, mediante Ordenanza Nº 007-2008-MDLP de fecha 14 de marzo del 2008 esta comuna aprobo el Reglamento para el MORDAZA de Eleccion de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital de la Municipalidad Distrital de La Perla; Que, en el primer parrafo del articulo 3º de la acotada Ordenanza establece que "el Comite Electoral es el responsable de la conduccion y desarrollo del MORDAZA Eleccionario de Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital en todas sus fases desde la convocatoria hasta la publicacion de los resultados finales"; Que, mediante Informe Nº 002-2008-CE-CCLD de fecha 6 de MORDAZA del 2008, el Comite Electoral remite el resultado del MORDAZA Eleccionario de los representantes electos de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local, los cuales resultaron elegidos cuatro organizaciones, tal como consta en el acta de escrutinio, solicitando que el Despacho de Alcaldia expida el Decreto de Alcaldia que formalice la designacion de dichos representantes para el periodo 2008-2009; Que, mediante Memorandum Nº 108-2008-ALCMDLP el Despacho de Alcaldia remite todos los actuados a la Presidenta del Comite Electoral a fin de organizar la juramentacion que el caso amerita a los Representantes Electos de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local; Que, mediante Memorandum Nº 207-2008-GSS/MDLP la Gerencia de Servicios Sociales solicita a la Gerencia de Asesoria Juridica emita opinion para la expedicion del Decreto de Alcaldia donde se reconozca a los representantes electos del periodo 2008-2009; Que, mediante Memorandum Nº 527-2008-GAJ/MDLP la Gerencia de Asesoria Juridica emite opinion que esta Corporacion MORDAZA tiene que expedir el Decreto de Alcaldia donde reconozca a los representantes Electos del Consejo de Coordinacion Local para el periodo 2008-2009 previo a la juramentacion;

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