Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2008 (29/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, jueves 29 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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373047

EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA POR CUANTO:

Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal adoptar las acciones necesarias para la aplicacion y cumplimiento del presente MORDAZA, en las diferentes areas del municipio. POR LO TANTO: Publiquese, registrese y cumplase. MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

En Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 28 de febrero de 2008 y el Informe Nº 076-2008-MPH/CMDS-OAJ-M de fecha 28 de febrero de 2008, de la Oficina de Asesoria Juridica que eleva a la instancia provincial el proyecto de Ordenanza Provincial que ratifica el Texto Unico de Procedimiento Administrativo MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Nº 035-2004/ CM-MPH-M, a los efectos de validarlo, asi como facultar a la alcaldesa realizar mediante Decreto de Alcaldia las adecuaciones y modificaciones que correspondan; y, CONSIDERANDO:

205573-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO
Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0010-2008-CM-HMPP.
Sesion Ordinaria de Concejo Nº 019-2008 Cerro de Pasco, 22 de MORDAZA de 2008. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO. POR CUANTO: El Concejo Provincial de Pasco, en Sesion Ordinaria de Concejo Municipal Nº 019-2008, de fecha 20 de MORDAZA de 2008; VISTO: El Dictamen Nº 002-2008-CRPPyEM-MPP, de la Comision de Rentas, Planificacion y Presupuesto y Empresas Municipales del Concejo Provincial de Pasco ­ 2008, conteniendo el proyecto del Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP, y la Opinion Legal Nº 0108-GAJ-HMPP, de la Gerencia de Asuntos Juridicos, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion; la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972, sobre la estructura municipal basica de los Gobiernos Locales, establece que este comprende en el ambito administrativo a la Gerencia Municipal, el Organo de Auditoria Interna, la Procuraduria Publica Municipal, la Oficina de Asesoria Juridica y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; Que, el articulo 8º de la Ley precitada senala que la Administracion Municipal esta integrada por los funcionarios y servidores publicos, empleados y obreros, que prestan servicios para la municipalidad; correspondiendo a cada municipalidad organizar la administracion de acuerdo con sus necesidades y presupuesto. Que, por Ordenanza Municipal Nº 03-2008-MPP, el 9 de febrero del 2008, se aprobo la nueva Estructura Organica de la Municipalidad Provincial de Pasco, teniendo en cuenta que la reestructuracion de una entidad es la redefinicion de su estructura organica sin que ello implique un cambio en su finalidad o razon de ser, de acuerdo a la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado ­ Ley Nº 27658

Que, las municipalidades gozan de autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo establecido en el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, asi como ha lo regulado en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y, Que, el articulo 38.2º de la Ley de Procedimiento de Administrativo General, Ley Nº 27444, senala que cada dos anos, las entidades estan obligadas a publicar el integro del Texto Unico de Procedimiento Administrativo MORDAZA, bajo responsabilidad de su Titular y el articulo 38.1º de la misma MORDAZA, senala que el MORDAZA, es aprobado por Ordenanza Municipal, en el caso de los gobiernos locales; y, Que, mediante Ordenanza Provincial Nº 035-2004/CMMPH-M, el 11 de octubre de 2004; se aprobo el Texto Unico de Procedimiento Administrativo MORDAZA de la Municipalidad, es decir, la misma desde su aprobacion no ha sido validada en el plazo de la Ley MORDAZA mencionado; y, Que, asimismo a la fecha se han expedido una serie de normas vinculadas con la adecuacion de varios nuevos procedimientos al MORDAZA de las entidades publicas, entre ellas vinculados directamente a los gobiernos locales; y, Que, mediante la Ley del Silencio Administrativo Nº 29060; se crearon obligaciones adicionales a las entidades en el tema del MORDAZA, como es el caso de justificar sus costos ante la Presidencia del Concejo de Ministros, lo que se reglamento con el Decreto Supremo Nº 079-2007PCM, estando vigente a la fecha la referida normativa y de obligatorio su cumplimiento; y, Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 001-2008/ CM-MPH-M, se aprobo la nueva estructura organica de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, siendo el caso que la misma debe ser adecuada al MORDAZA MORDAZA, debiendo adecuarse y modificarse, siendo el caso, que al ser urgente es necesario que se le faculte a la Alcaldesa, para que mediante un Decreto de Alcaldia pueda realizar las modificaciones y adecuaciones del mismo; y, Que, en ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 en su articulo 9º inciso 8º y por acuerdo unanime de los regidores se expidio la siguiente: ORDENANZA

Articulo Primero.- RATIFICAR, el TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, aprobado por las siguientes ordenanzas: la Ordenanza Nº 035-2004/CMMPH-M del 11 de octubre de 2004; la Ordenanza Nº 0182005/ CM-MPN-M del 16 de MORDAZA de 2005; la Ordenanza Nº 0029-2005/CM-MPH-M del 30 de setiembre de 2005 y la Ordenanza Nº 014-2007/CM-MPH-M del 16 de noviembre de 2007; para su validacion, a partir de la fecha, hasta por dos anos mas de ser el caso. Articulo Segundo.- FACULTAR a la alcaldesa de la Municipalidad, para que mediante Decreto de Alcaldia, pueda realizar las modificaciones y adecuaciones necesarias al MORDAZA ratificado para su aplicacion conforme a la nueva normativa precitada en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- DISPONER, a la alcaldia realizar las gestiones necesarias para el tramite de justificacion de costos ante la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Concejo de Ministros una vez, MORDAZA sido adecuada y modificada el MORDAZA conforme a Ley; Articulo Cuarto.- REALIZAR, la publicacion de ley en el frontis, la pagina Web de la Municipalidad, en el Diario Oficial El Peruano, en los Portales del Estado, del Ciudadano y de la Empresa.

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