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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 29 de mayo de 2008 373047 EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DE HUAROCHIRÍ - MATUCANA POR CUANTO:En Sesión Ordinaria del Concejo de fecha 28 de febrero de 2008 y el Informe Nº 076-2008-MPH/CMDS-OAJ-M de fecha 28 de febrero de 2008, de la Ofi cina de Asesoria Jurídica que eleva a la instancia provincial el proyecto de Ordenanza Provincial que ratifi ca el Texto Único de Procedimiento Administrativo TUPA, aprobado mediante Ordenanza Nº 035-2004/ CM-MPH-M, a los efectos de validarlo, así como facultar a la alcaldesa realizar mediante Decreto de Alcaldía las adecuaciones y modifi caciones que correspondan; y, CONSIDERANDO:Que, las municipalidades gozan de autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, así como ha lo regulado en el artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y, Que, el artículo 38.2º de la Ley de Procedimiento de Administrativo General, Ley Nº 27444, señala que cada dos años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del Texto Único de Procedimiento Administrativo TUPA, bajo responsabilidad de su Titular y el artículo 38.1º de la misma norma, señala que el TUPA, es aprobado por Ordenanza Municipal, en el caso de los gobiernos locales; y, Que, mediante Ordenanza Provincial Nº 035-2004/CM- MPH-M, el 11 de octubre de 2004; se aprobó el Texto Único de Procedimiento Administrativo TUPA de la Municipalidad, es decir, la misma desde su aprobación no ha sido validada en el plazo de la Ley antes mencionado; y, Que, asimismo a la fecha se han expedido una serie de normas vinculadas con la adecuación de varios nuevos procedimientos al TUPA de las entidades públicas, entre ellas vinculados directamente a los gobiernos locales; y, Que, mediante la Ley del Silencio Administrativo Nº 29060; se crearon obligaciones adicionales a las entidades en el tema del TUPA, como es el caso de justifi car sus costos ante la Presidencia del Concejo de Ministros, lo que se reglamentó con el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, estando vigente a la fecha la referida normativa y de obligatorio su cumplimiento; y, Que, asimismo mediante Ordenanza Nº 001-2008/ CM-MPH-M, se aprobó la nueva estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Huarochiri, siendo el caso que la misma debe ser adecuada al nuevo TUPA, debiendo adecuarse y modifi carse, siendo el caso, que al ser urgente es necesario que se le faculte a la Alcaldesa, para que mediante un Decreto de Alcaldía pueda realizar las modifi caciones y adecuaciones del mismo; y, Que, en ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley Nº 27972 en su artículo 9º inciso 8º y por acuerdo unánime de los regidores se expidió la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- RATIFICAR, el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO TUPA de la Municipalidad Provincial de Huarochirí, aprobado por las siguientes ordenanzas: la Ordenanza Nº 035-2004/CM-MPH-M del 11 de octubre de 2004; la Ordenanza Nº 018-2005/ CM-MPN-M del 16 de mayo de 2005; la Ordenanza Nº 0029-2005/CM-MPH-M del 30 de setiembre de 2005 y la Ordenanza Nº 014-2007/CM-MPH-M del 16 de noviembre de 2007; para su validación, a partir de la fecha, hasta por dos años más de ser el caso. Artículo Segundo.- FACULTAR a la alcaldesa de la Municipalidad, para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda realizar las modifi caciones y adecuaciones necesarias al TUPA ratifi cado para su aplicación conforme a la nueva normativa precitada en la parte considerativa de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER, a la alcaldía realizar las gestiones necesarias para el trámite de justifi cación de costos ante la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Concejo de Ministros una vez, haya sido adecuada y modifi cada el TUPA conforme a Ley; Artículo Cuarto.- REALIZAR, la publicación de ley en el frontis, la pagina Web de la Municipalidad, en el Diario Ofi cial El Peruano, en los Portales del Estado, del Ciudadano y de la Empresa.Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal adoptar las acciones necesarias para la aplicación y cumplimiento del presente TUPA, en las diferentes áreas del municipio. POR LO TANTO:Publíquese, regístrese y cúmplase.ROSA G. VÁSQUEZ CUADRADO Alcaldesa 205573-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0010-2008-CM-HMPP. Sesión Ordinaria de Concejo Nº 019-2008 Cerro de Pasco, 22 de mayo de 2008.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PASCO. POR CUANTO:El Concejo Provincial de Pasco, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 019-2008, de fecha 20 de Mayo de 2008; VISTO: El Dictamen Nº 002-2008-CRPPyEM-MPP, de la Comisión de Rentas, Planificación y Presupuesto y Empresas Municipales del Concejo Provincial de Pasco – 2008, conteniendo el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal – CAP, y la Opinión Legal Nº 0108-GAJ-HMPP, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración; la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el Artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, sobre la estructura municipal básica de los Gobiernos Locales, establece que éste comprende en el ámbito administrativo a la Gerencia Municipal, el Órgano de Auditoría Interna, la Procuraduría Pública Municipal, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; Que, el artículo 8º de la Ley precitada señala que la Administración Municipal está integrada por los funcionarios y servidores públicos, empleados y obreros, que prestan servicios para la municipalidad; correspondiendo a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto. Que, por Ordenanza Municipal Nº 03-2008-MPP, el 9 de febrero del 2008, se aprobó la nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad Provincial de Pasco, teniendo en cuenta que la reestructuración de una entidad es la redefi nición de su estructura orgánica sin que ello implique un cambio en su fi nalidad o razón de ser, de acuerdo a la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado – Ley Nº 27658 Descargado desde www.elperuano.com.pe