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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2008 (30/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de mayo de 2008 373146 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 ”Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la realización de la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas (EROE) en Lima Metropolitana”, correspondiente al II Trimestre del 2008, dirigida a las empresas seleccionadas de 10 a más trabajadores, de las actividades económicas más importantes en términos de empleo generado y número de empresas que concentran, la misma que será ejecutada por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE en los sectores siguientes: Industria (Bienes Intermedio y de Capital) y Electricidad, Gas y Agua. Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la mencionada Encuesta, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución, el cual servirá para relevar información correspondiente al mes de mayo del 2008, y será remitido a las empresas por la Dirección Nacional de Promoción del Empleo y Formación Profesional del MTPE. Artículo 3º.- Los formularios debidamente diligenciados deberán ser entregados hasta el 06 de junio del 2008, a la Dirección Nacional de Promoción del Empleo del MTPE, utilizando uno de los siguientes medios: vía fax: N° 3157207- 3157209; vía correo electrónico: eroe@mintra.gob.pe y en Av. Arenales N° 1032-Of. 418 Jesús María-Lima. Asimismo, las consultas podrán efectuarse al teléfono N° 3157200 anexos 7010 - 7013 y 7001. Artículo 4º.- Las empresas a que se refi ere el artículo 1° que incumplan con la presentación de la “Encuesta de Remuneraciones por Ocupaciones Específi cas en Lima Metropolitana”, correspondiente al II trimestre del 2008, en la fecha establecida, serán multadas de conformidad con lo dispuesto en los artículos 87º y 91º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese.RENÁN QUISPE LLANOS JefeInstituto Nacional de Estadística e Informática 205818-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de equipos de medición y cámaras fotográficas para recolectar información en la operación y continuidad de servicios de telecomunicaciones instalados en áreas rurales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 157-2008-INEI Lima, 27 de mayo del 2008 Vistos, el Ofi cio Nº 138-2008-INEI/OTA de la Ofi cina Técnica de Administración, el Informe Nº 1333-2008-INEI/OTA-OEAS, emitido por la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la Ofi cina Técnica de Administración y el Informe N° 016-2008-INEI/OTAJ de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica, sobre exoneración del proceso de selección para la adquisición de equipos de medición y cámaras fotográfi cas para el Proyecto OSIPTEL. CONSIDERANDO:Que, con fecha 5 de mayo del 2008 el Instituto Nacional de Estadística e Informática ha suscrito un Contrato con el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, para la recolección de información y la elaboración de una base de datos relativa a la Operación de Mantenimiento y Continuidad de los servicios de telecomunicaciones instalados en áreas rurales, a nivel nacional, cuya operación de campo debe iniciarse el 01 de junio del 2008; Que, conforme al Inc. c) del artículo 19° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº O83-2004 PCM las contrataciones y adquisiciones que se realicen por situaciones de desabastecimiento inminente se encuentran exoneradas del proceso de selección correspondiente; Que, la defi nición de situación de desabastecimiento inminente ha sido desarrollada por el artículo 21° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el artículo 141º del precitado Reglamento, y se considera a aquella situación extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa o inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo que faculta a la contratación del servicio por el tiempo o cantidad necesaria para resolver la situación; Que, el artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con los Arts.146º y 147º de su Reglamento, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas de los procesos de selección deberán ser aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, cuya facultad es indelegable. Dichas resoluciones requieren obligatoriamente de los informes técnico y legal previos que contengan la justifi cación técnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneración y serán publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez días hábiles siguientes a su emisión; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 155-2008-INEI se aprobó la modifi cación del “Plan Anual de Adquisiciones del INEI para el Ejercicio Fiscal 2008”, a fi n de incluir el proceso de selección para la adquisición de equipos de medición y cámaras fotográfi cas digitales para el Proyecto OSIPTEL, bajo la modalidad de Adjudicación Directa Selectiva; Que, con Ofi cio Nº 138-2008-INEI/OTA del 26 de mayo del 2008, la Ofi cina Técnica de Administración remite el Informe Nº 1333-2008-INEI/OTA-OEAS, en el cual, la Ofi cina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios, señala que para la adquisición de los bienes solicitados debe realizarse un proceso de selección de Adjudicación Directa Selectiva el mismo que requiere entre 35 y 40 días, tiempo que excede las fechas indicadas por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, cuya atención debe ser inmediata, debiendo canalizarse la adquisición de los bienes a través de un proceso de exoneración, bajo la modalidad de desabastecimiento inminente, a fi n de no poner en riesgo los plazos y términos del Contrato suscrito entre OSIPTEL y el INEI. Dicha adquisición agota la necesidad de las mismas, en razón de constituir adquisiciones defi nitivas para este objeto, sin que se justifi que convocar a un proceso posterior con el mismo propósito. Finalmente, agrega que de acuerdo a las indagaciones de precios realizada, se determina que la adquisición asciende a la suma de S/. 103,747.00 nuevos soles, por lo que solicita se autorice la exoneración del proceso de selección de Adjudicación Directa selectiva; Que, mediante Ofi cio N° 542-2008-INEI/OTPP- OEPRE de fecha 14 de mayo del 2008, la Ofi cina Técnica de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Técnica, otorga disponibilidad presupuestal por la suma de S/.105,900.00 nuevos soles, Meta Presupuestal 0001 Administración General, Partida 6.7.11.51 Equipamiento y Bienes Duraderos, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados- OSIPTEL; Que, con la adquisición de los telurómetros y las cámaras fotográfi cas digitales, se agota la necesidad de adquirir mayor número de equipos, la adquisición de los bienes se realizará en un solo acto, no siendo necesaria la compra complementaria o adicional de un mayor número de bienes; Que, la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica, a través del Informe Legal Nº 016-2008-INEI/OTAJ, concluye, que la adquisición de los equipos de medición y cámaras fotográfi cas para el proyecto OSIPTEL, solicitados por la Dirección Nacional de Censos y Encuestas, de acuerdo a lo informado Descargado desde www.elperuano.com.pe