Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2008 (30/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

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por la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la Oficina Tecnica de Administracion, que existe justificacion para aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de los referidos bienes, por tratarse de una situacion de desabastecimiento inminente, segun lo dispuesto por el Inc. c) del Art. 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el Art. 141º de su Reglamento; Con las visaciones de Secretaria General, Direccion Nacional de Censos y Encuestas y de las Oficinas Tecnicas de Administracion; de Planificacion, Presupuesto y Cooperacion Tecnica y de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR, la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la adquisicion de equipos de medicion y camaras fotograficas para la recoleccion de informacion para Operacion, Mantenimiento y Continuidad de los servicios de telecomunicaciones instalados en areas rurales, a nivel nacional, por la causal de situacion de desabastecimiento inminente, prevista en el Inc. c) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- APROBAR, la contratacion de los servicios descritos en el articulo precedente, por un valor referencial de S/. 103,747.00 Nuevos Soles, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados ­ OSIPTEL, Meta 0001 Administracion General, Especifica de Gasto 6.7.11.51 Equipamiento y Bienes Duraderos. Articulo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Ejecutiva de Abastecimiento y Servicios de la Oficina Tecnica de Administracion, llevar a cabo la contratacion a que se refiere el articulo 1º de la presente Resolucion, mediante acciones inmediatas de acuerdo a lo previsto en las Normas de Contratacion y Adquisiciones del Estado. Articulo 4º.- DISPONER, que la Oficina Tecnica de Administracion haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente Resolucion y los informes que lo sustentan, de conformidad con lo prescrito en el articulo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 5°.- PUBLICAR la presente Resolucion en el SEACE, asi como en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de su aprobacion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) Instituto Nacional de Estadistica e Informatica 206575-1

INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Disponen la reubicacion del Establecimiento Penitenciario Barbadillo en area construida que forma parte del inmueble que ocupa el Centro de Inculpados de la PNP
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO N° 300-2008-INPE/P MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2008

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0676-2007-IN de fecha 21 de setiembre de 2007, se autorizo la cesion en uso a titulo gratuito al Instituto Nacional Penitenciario, de parte del inmueble de la Direccion de Operaciones Especiales de la Policia Nacional del Peru, ubicada en MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sin numero, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, constituida por 190 m2 al interior de la Direccion de Operaciones Especiales de la Policia Nacional del Peru; a fin de que MORDAZA habilitados por dicha entidad como Establecimiento Penitenciario Transitorio; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1552007-JUS de fecha 21 de setiembre de 2007, se dispuso autorizar al Instituto Nacional Penitenciario, la apertura y funcionamiento del "ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO TRANSITORIO PROVISIONAL BARBADILLO", bajo la jurisdiccion de la Oficina Regional MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario; para lo cual se dispuso que el INPE adopte las acciones correspondientes concernientes a la direccion y administracion general del "ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO TRANSITORIO PROVISIONAL BARBADILLO"; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 6092007-INPE/P de fecha 24 de setiembre de 2007, se resolvio implementar un pabellon para internos del "ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO TRANSITORIO PROVISIONAL BARBADILLO", a fin de aplicar el Regimen Cerrado Especial, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 016-2004-JUS; Que, mediante el articulo 1º de la Resolucion Presidencial N° 679-2007-INPE-P de fecha 17 octubre 2007, se cambia la denominacion de Establecimiento Penitenciario Transitorio Provisional Barbadillo, por el de ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO BARBADILLO; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0327-2008IN de fecha 30 de MORDAZA de 2008, se dispuso modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 0676-2007IN de fecha 21 de setiembre de 2007, a fin de autorizar la cesion en uso a titulo gratuito al Instituto Nacional Penitenciario de un area de 891.32 m2, ubicada en MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sin numero, distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, que forma parte del inmueble que ocupa el Centro de Inculpados de la PNP que viene funcionando en el interior de la Direccion de Operaciones Especiales de la Policia Nacional del Peru, a fin de que el espacio cedido sea habilitado por el Instituto Nacional Penitenciario como Establecimiento Penitenciario Barbadillo, el cual consta de 405.32 m2 de area construida, con lo demas que contiene; Que, es politica del Instituto Nacional Penitenciario velar por la integridad fisica y seguridad de los internos que se encuentran recluidos en los establecimientos penitenciarios, dotandolos de adecuados centros de reclusion a fin de poder desarrollar el tratamiento penitenciario; Que, en ese contexto, resulta necesario trasladar al interno MORDAZA MORDAZA Fujimori Fujimori, al area de los 405.32 m2 que forma parte del inmueble que ocupa el Centro de Inculpados de la PNP que viene funcionando en el interior de la Direccion de Operaciones Especiales de la Policia Nacional del Peru, el cual ha sido habilitado por el Instituto Nacional Penitenciario como Establecimiento Penitenciario Barbadillo; Contando con las visaciones de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 654, Codigo de Ejecucion Penal, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, y en uso de las facultades conferidas por Resolucion Suprema N° 051-2008-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°.Reubicar, el Establecimiento Penitenciario Barbadillo, en el area construida de 405.32 m2 que forma parte del inmueble que ocupa el Centro

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