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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2008 (30/05/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 73

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de mayo de 2008 373163 Metálico Desmontable instalado en el terreno ubicado entre las calles Los Almendros, Los Mangos y Los Fresnos, manzana I-1, Lote 1, urbanización Ampliación Residencial Monterrico, distrito de La Molina, por el monto de US$ 20,000.00 (Veinte mil y 00/100 dólares americanos) incluidos los impuestos de ley a la empresa Mercados del Pueblo S.A. en Liquidación, por tratarse de contratación entre Entidades del Sector Público; con cargo a la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados, rubro 08 Impuestos Municipales, Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Logística llevar a cabo las acciones inmediatas para la adquisición del bien materia del presente, así como la publicación correspondiente en el SEACE. Artículo Tercero.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación y a la Gerencia de Administración la remisión a la Contraloría General de la República del presente acuerdo así como de los informes que lo sustentan, dentro del mismo plazo. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 205674-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Aprueban dictamen referente a la sanción de regidor con suspensión de su cargo por 30 días ACUERDO DE CONCEJO Nº 057-2008-MDP/C Pachacámac, 20 de mayo del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: En Sesión Extraordinaria de concejo de fecha 20 de mayo del 2008, el Dictamen Nº 001-2008-MDP/CE de la Comisión Especial conformada por Acuerdo de Concejo Nº 028-2008-MDP/C de fecha 22 de febrero del 2008; CONSIDERANDO:Que, por Acuerdo de Concejo Nº 028-2008-MDP/ C, de fecha 28 de febrero del 2008 se constituyó una Comisión Especial de Regidores integrada por los señores: Alfredo López Huayllas, Julio Nazario Ortiz Núñez, Agustín Bernardo Guzmán de la Cruz, para que emitan dictamen a fi n de que se determine el grado de responsabilidad del Regidor Amilcar Ramiro Mendivil Arroyo, en relación a sus declaraciones vertidas el día 10 de febrero del presente año, a horas de 7:00 a.m. a 8:00 a.m. en un programa transmitido por TV Cable Mundo; programa que contó con la participación del Sr. Carlos Ardiles Sal y Rosas ex alcalde de la Municipalidad de Pachacámac. Que, mediante Dictamen Nº 001-2008-MDP/CE la Comisión Especial con voto en MAYORIA encontró grave responsabilidad en el Regidor Amilcar Ramiro Mendivil Arroyo al haber prestado declaraciones en un medio de comunicación masivo, faltando a la verdad en perjuicio directo a la Municipalidad en relación a la no publicación de la Ordenanza Nº 021-2007-MDP/A Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo.Que, esta declaración no se sujeta a la verdad por cuanto la Municipalidad Distrital de Pachacámac publicó la Ordenanza Nº 021-2007-MDP/A el 30 de diciembre del 2007 en el Diario Ofi cial “El Peruano “, versiones que han sido efectuadas de manera irresponsable, por cuanto causa desprestigio a la corporación edil y a sus funcionarios quienes han actuado de acuerdo a los procedimientos establecidos, declaración que induce a los contribuyentes a no pagar sus tributos lo cual afectaría los ingresos municipales. Que, recepcionado el dictamen de la Comisión Especial, el Sr. Alcalde conforme consta en el acta de sesión, concedió el uso de la palabra al Regidor Amilcar Ramiro Mendivil Arroyo, con el propósito que haga su descargo, garantizar el debido proceso y su derecho a la defensa, interviniendo igualmente otros Regidores presentes. Que, los miembros de la Comisión Especial de Regidores, precisaron que el Regidor Amilcar Ramiro Mendivil Arroyo ha incurrido en las faltas tipifi cadas en el Artículo 13º numerales 11, 12 y 13 del Reglamento Interno del Concejo aprobado mediante Ordenanza Nº 016-2007-MDP/C de fecha 7 de septiembre del 2007; señalando que los Regidores cometen falta grave, por participar en actos o manifestaciones en contra de la institución, usar instrumentos falsos como verdaderos con el propósito de dañar la imagen de la institución y por conspirar , intrigar o confabular directa o indirectamente para desestabilizar a los miembros del concejo o a la institución, proponiendo se aplique al Regidor Amilcar Ramiro Mendivil Arroyo la sanción de suspensión de su cargo por 30 días. Por las consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 11° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y con el voto por MAYORIA de los Señores Regidores y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ACUERDA:Artículo Único.- APROBAR, el Dictamen Nº 001- 2008-MDP/CE de la Comisión Especial con las precisiones indicadas en el quinto considerando, acordando se sancione al Regidor Amilcar Ramiro Mendivil Arroyo con la suspensión de su cargo por 30 días calendarios contados a partir de la notifi cación del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, publíquese, comuníquese ycúmplase. HUGO RAMOS LESCANO Alcalde 206783-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo 2009 del distrito de Puente Piedra ORDENANZA Nº 122-MDPP Puente Piedra, 29 mayo 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA POR CUANTO: El Concejo Municipal de Puente Piedra, en Sesión Ordinaria de la fecha ha dado la siguiente Ordenanza;Descargado desde www.elperuano.com.pe