Norma Legal Oficial del día 30 de mayo del año 2008 (30/05/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva en los establecimientos de Salud: Ambato 2 Tamborapa, Vista MORDAZA de Chingawa y San MORDAZA, de la Red MORDAZA en el ambito de la MORDAZA MORDAZA SUB TOTAL INVERSION EN PROYECTOS DE 44371 1.998.084,00 20

NORMAS LEGALES
399.616,80

El Peruano MORDAZA, viernes 30 de MORDAZA de 2008

7.850.611,00

1.570.122,20

ESTUDIOS DE PREINVERSION
MONTO DE INVERSION COFINANCIAMIENTO GOREC MONTO EN NUEVOS SOLES 158.321,80 158.321,80



NOMBRE DEL PROYECTO

Nº DE SNIP

% Estudio de Factibilidad Proyecto: 1 Construccion de Sistema de Irrigacion Chota SUB TOTAL PREINVERSION EN ESTUDIOS DE 78579 791.608,83 20 791.608,83

RESUMEN
MONTO SOLICITADO CONTRAPARTIDA REGIONAL COFINANCIAMIENTO FONIPREL 8.642.219,86 1.728.443,00 6.913.775,86

Segundo: ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 205681-3

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex Director Regional de Salud
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 131-2008-GOREMAD/PR Puerto MORDAZA, 3 de marzo de 2008 VISTO: El Informe Nº 001-2008-GOREMAD/CEPAD, de fecha 7 de febrero 2008, de la Comision Especial de Procedimientos Administrativos Disciplinarios, sobre pronunciamiento de Procedencia del Apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario del ex Director Regional de Salud. CONSIDERANDO: Que, en el Ejercicio Presupuestal 2006, SubRegion de Salud de entonces bajo la Direccion del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, suscribio contratos para efectuar los trabajos de acondicionamiento, y mantenimiento de establecimientos de salud en MORDAZA de MORDAZA, en MORDAZA MORDAZA por S/. 11,400, con MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Shiringayoc S/. 11,400, con MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Lucerna S/. 12,000, con MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sarayacu S/. 12,000, Puquiri con Empresa Tahuamanu S/. 12,000, que asciende a un total de S/. 58,000.00; Que, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA , tuvo participacion Directa en la suscripcion de los contratos, sin haberse efectuado las tres cotizaciones, a que se refiere el Art. 7.1.4 del RULCOP, aprobado por D.S. Nº 034-80-VC, vigente a esa fecha, a fin de seleccionar al

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contratista que ofrezca las mejores condiciones de precio y calidad, se otorgo el adelanto hasta el 100% de la obra, sin la MORDAZA de la Carta Fianza que garantice la buena ejecucion y los montos entregados, debiendo senalarse que ninguna de las obras se concluyo en su totalidad; Que, el Inspector General del Ministerio de Salud, acredito mediante oficio Nº 1278-99-IGS, de fecha 19 de diciembre de 1999, la Comision Auditora, para llevar a cabo la Auditoria en la Direccion Regional de Salud MORDAZA de MORDAZA, con el Informe Nº 017-IE-06-2001-IGS/ OECPNS, informa que se otorgo la Buena Pro, sin la respectiva cotizacion, no se dio cumplimiento a los plazos establecidos, la Oficina de Asesoria Juridica no participo en los contratos, no hubo seleccion de postores, no existen evidencias que se MORDAZA presentado la Carta Fianza, por el adelanto y hasta la finalizacion del contrato, los avances en la ejecucion de la obra es minimo y por los ultimos han sido abandonados habiendose deteriorado convirtiendose en inservible; Que, la mencionada Comision de Auditoria, recomienda la Constitucion de una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para procesar administrativamente al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su condicion de funcionario, de conformidad a lo establecido en el Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y la, MORDAZA parte del Art. 165º del D.S. Nº 005-90-PCM y por no haber dado cumplimiento a las obligaciones establecidas en los inc. a,b,c,d, del Art. 21º del Cuerpo Legal acotado, D.L. el Art. 153º del mismo Decreto Supremo establece que los servidores publicos seran sancionados administrativamente por incumplimiento a las normas legales y administrativas en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las responsabilidades Civiles y/o penal en que pudieran incurrir; Que, si bien es MORDAZA que el Informe Nº 017-IE-062001-IGR-OECPNS, de fecha 31 de agosto de 2001, es necesario establecer que el Oficio Nº 797-2007/ DM/MINSA, con fecha 10 de MORDAZA 2007, la Direccion Regional de Salud de MORDAZA de MORDAZA, toma conocimiento para implementar la recomendacion Nº 03 del Informe referido, debiendo conformar una Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para determinar la responsabilidad del ex Director Regional de Salud; Que, mediante Oficio Nº 996-2007-GR-Madre de Dios/DRS, de fecha 8 de MORDAZA de 2007, ingresado por Mesa de Partes del GOREMAD, el 11 de junio de 2007, solicita la Conformacion de la Comision Especial por tal situacion, desde esta fecha corre el plazo para iniciar el MORDAZA administrativo disciplinario conforme dispone el Art. 173º del D.S. Nº 005-90-PCM, por consiguiente, esta dentro del plazo establecido por esta norma; Que, la Comision Especial designada luego de analizar y evaluar los antecedentes, considero que los hachos expuestos en el Informe Nº 017-IE-06-2001-IGS/ CECPNS, hace presumir al existencia de responsabilidad administrativa, razon que por unanimidad opina la procedencia de Apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario, en contra del ex ­Director Regional de Salud Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la causal de negligencia en el desempeno de sus funciones prevista en el Inc. d, del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 y en aplicacion del Art. 175º del D.S. Nº 005-90-PCM, establece que pueden ser posibles de investigacion administrativa los funcionarios y servidores publicos contratados y es aplicable aun en el caso que MORDAZA concluido su vinculo laboral con el Estado; En uso a las atribuciones y facultades conferidas por la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Regionalizacion, modificado por la Ley Nº 27950 Y 28139; Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, modificado por Leyes Nºs. 27902, 28013, 28593 y 29053 y Resolucion Nº 4818-2006-JNE., de fecha 18 de diciembre 2006. Con las visaciones de la Direccion Regional de Asesoria, Direccion Regional de Administracion, Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Desarrollo Social y Gerencia General Regional.

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