Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2008 (01/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2008

Rectifican la R.M. Nº 0928-80-ED, en extremo referido a denominacion y numeracion de inmueble declarado Monumento en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1421/INC MORDAZA, 9 de octubre de 2008 Visto el Expediente Nº 011232/2008; y, CONSIDERANDO: Que, se trata de la declaracion de Monumento mediante Resolucion Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980, del inmueble signado como Jr. Miro MORDAZA Nº 579, distrito, provincia y departamento de MORDAZA, emplazado en la MORDAZA Monumental de MORDAZA, declarada mediante Resolucion Suprema Nº 2900-72-ED de fecha 28 de diciembre de 1972. Que, el Informe Nº 021-2008-LGCH-SDR-DPHCR/ INC de fecha 23 de MORDAZA de 2008, la Sub Direccion de Registro de la Direccion de Patrimonio Historico Colonial y Republicano indica que se ha detectado un error material en la Resolucion Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980 en relacion a la direccion correspondiente al inmueble ubicado en el Jr. Miro MORDAZA Nº 579, manifestando que la numeracion no existe, siendo la numeracion correcta Jr. MORDAZA Miro MORDAZA Nº 559, 569, 575 y Jr. MORDAZA Nº 570, 574 segun consta en la Partida Nº 49068789 del Registro de Predios de la SUNARP; Que, el articulo 13º del Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organica del Ministerio de Educacion", senala que el Instituto Nacional de Cultura es el organo que tiene por finalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el MORDAZA de la cultura, normar, supervisar y evaluar la politica cultural del MORDAZA y administrar, conservar y proteger el patrimonio cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo previsto en los articulos III y VII del Titulo Prelimar de la Ley Nº 28296, "Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion", el Instituto Nacional de Cultura es el organo con competencia y atribuciones para declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los inmuebles de importancia historica y artistica; Que, el numeral 1 del articulo 65º de la Ley Nº 27444, "Ley del Procedimiento Administrativo General" prescribe que "el ejercicio de la competencia es una obligacion directa del organo administrativo que la tenga atribuida como propia, salvo el cambio de competencia por motivos de delegacion o evocacion, segun lo previsto en esta Ley". Asimismo el MORDAZA de legalidad consagrado en el articulo IV del Titulo Preliminar de la misma ley, establece que "las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas"; Que, interpretando la razon de las leyes mencionadas en los considerandos precedentes, se concluye que corresponde al Instituto Nacional de Cultura modificar la declaracion del bien cultural realizado por la Resolucion Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980; Con las visaciones de la Direccion de Gestion, la Direccion de Registro y Estudio del Patrimonio Historico y de la Oficina de Asuntos Juridicos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; SE RESUELVE: Articulo Unico.- RECTIFICAR la Resolucion Ministerial Nº 0928-80-ED de fecha 23 de MORDAZA de 1980 en el extremo que corresponde a la denominacion y la

numeracion del inmueble declarado Monumento en el distrito, provincia y departamento de MORDAZA, la misma que queda como a continuacion se indica: · Dice: Jr. Miro MORDAZA Nº 579; Debe decir: Jr. MORDAZA Miro MORDAZA Nº 559, 569, 575 y Jr. MORDAZA Nº 570, 574. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA UGAZ MORDAZA Encargado de la Direccion Nacional 271609-5

Otorgan la distincion de Personalidad Meritoria de la Cultura Peruana, de manera postuma, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, "El Jilguero del Huascaran"
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1425/INC MORDAZA, 10 de octubre de 2008 Visto, el Informe Nº 110-2008-DRECPC/INC, de fecha 17 de septiembre de 2008, de la Direccion de Registro y Estudio de la Cultura en el Peru Contemporaneo del Instituto Nacional de Cultura; CONSIDERANDO: Que, el articulo 21º de la Constitucion Politica del Peru, senala que es funcion del Estado la proteccion del patrimonio cultural de la Nacion; Que, el inciso 1 del articulo 2º de la Convencion para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, establece que "se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y tecnicas ­junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes ­ que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generacion en generacion, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en funcion de su entorno, su interaccion con la naturaleza y su historia, infundiendoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo asi a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana"; Que, el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley Nº 28296 ­ Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, dispone que el Instituto Nacional de Cultura esta encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion dentro del ambito de su competencia; Que, el numeral 2) del articulo 1º del Titulo I de la citada Ley establece que integran el Patrimonio Cultural de la Nacion las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones expresadas por individuos, de manera unilateral o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresion de la identidad cultural y social, ademas de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autoctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya MORDAZA artisticos, gastronomicos, medicinales, tecnologicos, folcloricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 1207/ INC, del 10 de noviembre de 2004, se aprobo la Directiva Nº 002-2004-INC, "Reconocimiento y declaratorias de las manifestaciones culturales vigentes como patrimonio cultural"; Que, corresponde al Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la funcion que le asigna la Ley, con la participacion activa de la comunidad, realizar una permanente identificacion de dichas manifestaciones tradicionales del MORDAZA que deben ser declaradas Patrimonio Cultural de la Nacion;

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