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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de noviembre de 2008 382703 inspección ocular referida en el Informe Nº 011-2008- LGCH-SDR-DPHCR/INC, y a fi n de evitar se pierda el valor del inmueble, el cual ha sido declarado como una tipología propia de Casa Hacienda, a pesar de su mal estado de conservación, ya que algunos sectores como la capilla y el ingenio se encuentran por colapsar, es necesario conservar las estructuras que la componen, y se recomienda realizar obras de emergencia para evitar que el bien se siga deteriorando, realizando trabajos de apuntalamiento, calzaduras y otros; que, esta sub dirección considera se mantenga la delimitación conforme al Plano DAI-003-2004/INC; Que, de la evaluación de la documentación técnica presentada por la Sub Dirección de Registro de la Dirección de Patrimonio Histórico Cultural y Republicano, la Comisión Nacional Técnica de Arquitectura y Urbanismo emitió el Acuerdo Nº 01 de fecha 04 de abril de 2008, considerando: que, la casa de la Hacienda Hualcará constituye uno de los más importantes ejemplos de arquitectura civil doméstica e industrial en el área rural de la provincia de Cañete, que comprende edifi caciones de los períodos virreinal y republicano de signifi cativo valor por sus características arquitectónicas, organización espacial y paisajismo; que, el inmueble ha sido afectado por el sismo del 15 de agosto de 2007, presentando varios sectores como la capilla y el ingenio en peligro de colapso, sin embargo se conserva gran parte de las edifi caciones y la organización espacial originales que motivaron su declaración como Monumento; que, es necesario conservar las estructuras que componen el Monumento, para lo cual se recomienda requerir al administrado realice obras de emergencia de apuntalamiento y calzaduras entre otros, a fi n de estabilizar los componentes arquitectónicos dañados y evitar la pérdida del bien cultural inmueble; por lo que dicha Comisión acordó recomendar a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, la propuesta de actualización de la delimitación del área intangible del inmueble denominado Casa Hacienda Hualcará, ubicado en la parcela Hualcará s/n, ex fundo Hualcará, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, conforme al Plano DAI-001-2008/INC que forma parte del presente Acuerdo y comunicar a la Sociedad Agrícola Hualcará S.A.C., propietarios del inmueble denominado Casa Hacienda Hualcará, que deberán efectuar a la brevedad posible y bajo responsabilidad obras de emergencia consistentes en el apuntalamiento de muros y techos a fi n de garantizar la estabilidad de las estructuras y la seguridad de terceros, en conformidad con lo establecido en el Artículo 32° de la Norma A.140 del Reglamento Nacional de Edifi caciones referido a que “Los propietarios, inquilinos u ocupantes de los Monumentos y de los Ambiente Urbano Monumental o Zona Monumental, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, son sus custodios y están en la obligación de velar por la integridad y conservación de su estructura, motivos arquitectónicos, ornamentación y demás elementos que forman parte del monumento”. Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico y la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296 “Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación”, Ley Nº 27580, “Ley que dispone medidas de protección que debe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la ejecución de Obras en Bienes Culturales Inmuebles”, Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento Nacional de Edifi caciones; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Decreto Supremo Nº 011-2006-ED, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación. SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR la propuesta de actualización de la delimitación del área intangible del inmueble denominado Casa de la Hacienda Hualcará, ubicado en la parcela Hualcará s/n, ex fundo Hualcará, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Artículo 2º.- APROBAR el Plano Nº DAI-001-2008/ INC de Delimitación de Area Intangible del inmueble denominado Casa de la Hacienda Hualcará, ubicado en la parcela Hualcará s/n, ex fundo Hualcará, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Artículo 3°.- Es obligación de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobación y supervisión del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervención a realizarse en el citado bien inmueble integrante del patrimonio cultural de la Nación a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- Comunicar a la Sociedad Agrícola Hualcará S.A.C., propietarios del inmueble denominado Casa de la Hacienda Hualcará, que deberán efectuar a la brevedad posible y bajo responsabilidad obras de emergencia consistentes en el apuntalamiento de muros y techos a fi n de garantizar la estabilidad de las estructuras y la seguridad de terceros, en conformidad con lo establecido en el Artículo 32° de la Norma A.140 del Reglamento Nacional de Edifi caciones referido a que “Los propietarios, inquilinos u ocupantes de los Monumentos y de los Ambiente Urbano Monumental o Zona Monumental, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, son sus custodios y están en la obligación de velar por la integridad y conservación de su estructura, motivos arquitectónicos, ornamentación y demás elementos que forman parte del monumento”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CECILIA BÁKULA BUDGE Directora Nacional 271609-8 Modifican resolución en extremo referido a la dirección de inmueble declarado Monumento en el departamento de Arequipa RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1458/INC Lima, 15 de octubre de 2008Visto el Expediente Nº 023492/2008; y,CONSIDERANDO:Que, se trata de la declaración de Monumento integrante del patrimonio cultural de la Nación al inmueble signado como calle José Salas Nº 110, 112, distrito de Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 704/INC de fecha 04 de junio de 2008; Que, mediante Informe Nº 248-2008-INC-DA de fecha 15 de septiembre de 2008, el Departamento de Arquitectura de la Dirección Regional de Cultura de Arequipa, indica que se ha detectado un error material en la citada Resolución Directoral Nacional Nº 704/INC en relación a la dirección correspondiente al inmueble ubicado en la calle José Salas Nº 110, 112, manifestando que la edifi cación no tiene esquina con la calle Ampatacocha, y que conforme a la Partida Electrónica Nº 04009524 de la SUNARP se encuentra inscrito con la dirección calle Los Serranos s/n de la Villa de Yanahuara, no apareciendo otra numeración. Así mismo se indica que, mediante Ofi cio Nº 130-2008-OO.PP./DU- MDY de fecha 08 de septiembre de 2008, la Municipalidad Distrital de Yanahuara comunicó que el cambio de nombre de la calle José Santos Atahualpa a calle José Salas no se llevó a cabo conforme a lo establecido en el Art. 2º de la Resolución Municipal Nº 183-91-MDY de fecha 09 de abril de 1991, presentando el inmueble a la fecha la dirección de calle José Santos Atahualpa Nº 110-112 anteriormente calle “Serranos” de la Villa de Yanahuara, conforme al Certifi cado de Numeración expedido por la citada Municipalidad Distrital de Yanahuara, por lo que es necesario emitir Resolución modifi cando la dirección del referido inmueble; Que, el artículo 13º del Decreto Ley Nº 25762 “Ley Orgánica del Ministerio de Educación”, señala que el Instituto Nacional de Cultura es el órgano que tiene por fi nalidad ejecutar actividades y acciones a nivel nacional en el campo de la cultura, normar, supervisar y evaluar la Descargado desde www.elperuano.com.pe