Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2008 (08/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 8 de noviembre de 2008

necesidades, habiendo preparado la propuesta con la coordinacion de los representantes involucrados. Que, mediante la aprobacion del Planeamiento Integral y el diseno de los modulos viales en planta y cortes se podran ejecutar las obras de pavimentacion de pistas, veredas y estacionamientos segun las normas del diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas ­ R.M. Nº 70579-VC-5500 del 03 de diciembre de 1979 y el Reglamento de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, encargada de ejecutar el Planeamiento Integral en atencion al requerimiento de las necesidades urbanas del sector, y a pedido de las diferentes UCV que conforman el Consejo Ejecutivo Zonal "V", quienes han manifestado la necesidad de contar con un Planeamiento Integral con la finalidad que el mismo sirva para las gestiones que correspondan a la implementacion y/o ejecucion de proyectos de infraestructura MORDAZA (Pavimentacion de pistas y veredas, electrificacion, MORDAZA de contencion u otros), asi como para el ordenamiento de las actividades urbanas con fines de Recreacion Publica, Parques y Jardines en la MORDAZA "V" ­ Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan 2da. Etapa; por lo que el Area de Planificacion MORDAZA ha realizado la Inspeccion Ocular al area de terreno de 45,376.55 m2. conformado por 4 UCV, comprendidas en el presente planeamiento integral, asi como la revision de los antecedentes y documentacion presentada por los interesados, que conforman el Sector Catastral signado con el Nº 48 del distrito de Ate. Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA que aprobo el Reglamento Nacional de Edificaciones. Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores Regidores asistentes a la Sesion de Concejo de la fecha y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de actas se ha dado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DE LOS MODULOS VIALES Y EL DISENO MORDAZA QUE ORDENA LAS AREAS DE RECREACION PUBLICA DEL SECTOR CATASTRAL 48 ­ MORDAZA "V" DEL PUEBLO JOVEN PROYECTO ESPECIAL HUAYCAN, 2da. ETAPA. Articulo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral del Sector Catastral 48 denominada MORDAZA "V" ­ Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, 2da. Etapa; que comprende el diseno de las redes y sus componentes viales, ademas del ordenamiento de las areas urbanas con fines de Recreacion Publica - Parques y Jardines, en base a las actividades que se desarrollan en la MORDAZA, las que deberan de garantizar su optimo funcionamiento mediante una adecuada infraestructura que facilitara la realizacion correcta de dichas actividades, conforme al Plano Signado Nº 015-2008-PI-SGPUC-GDU/MDA, y Nº 015A-2008-PI-SGPUC-GDU/MDA; los mismos que son parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral define los modulos de los componentes viales y las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, asi como el Diseno MORDAZA para las futuras edificaciones sobre areas con fines de Recreacion Publica. Correspondiendole las normas para el diseno de vias locales en Habilitaciones Urbanas y el Reglamento Nacional de Edificaciones en la MORDAZA A 120 de Accesibilidad para personas con discapacidad y la MORDAZA GH 020 del Titulo II ­ Habilitaciones Urbanas que aprueba los Componentes del Diseno MORDAZA y el Diseno de Vias (Capitulo I y II). Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, para que a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA se cumpla con la inscripcion del presente Planeamiento

Integral en la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y en coordinacion con la Gerencia de Servicios Sociales y la Secretaria de Imagen Institucional se difunda la presente Ordenanza y los planos que forman parte de ella. Articulo 4º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza a los interesados, a la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Sub Gerencia de Fiscalizacion Municipal de la Gerencia de Seguridad y Fiscalizacion, para su conocimiento y fines. Articulo 5º.- ESTABLECER que el presente diseno de las redes viales y sus usos respecto al diseno MORDAZA de las Areas de Recreacion Publica, que se desarrolla en la MORDAZA "V" del Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, 2da. Etapa, tendra una vigencia de 10 anos, debiendo de tomarse en cuenta que los planeamientos integrales vigentes una vez aprobados tendra caracter obligatorio, debiendo de inscribirse en los Registros Publicos. Articulo 6º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA 275069-1

Aprueban Planeamiento Integral del Sector Catastral 43 denominado MORDAZA "Z" - Pueblo Joven Proyecto Especial Huaycan, 4ta. Etapa
ORDENANZA Nº 201-MDA Ate, 30 de octubre de 2008 POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 30 de octubre de 2008, visto el Dictamen Nº 036-2008-MDA/CDU de la Comision de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º (modificado por la Ley Nº 27680), establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece en su articulo Nº 79º inciso 3) numeral 3.1; que las Municipalidades Distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, tienen la funcion especifica de aprobar el plan MORDAZA rural o distrital, con sujecion al plan y a las normas municipales provinciales sobre la materia y como funciones especificas de la Municipalidad Provincial - Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial. Que, de acuerdo al Reglamento Nacional de Edificaciones en su articulo 39º senala que el Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos y sus modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA debera de tomar en cuenta los planeamientos integrales vigentes, y en su articulo 40º indica que una vez aprobado el Planeamiento Integral tendra caracter obligatorio debiendo inscribirse en los Registros Publicos. Que, en la jurisdiccion del Distrito de Ate, como una de sus funciones especificas es el ordenar el espacio MORDAZA como el medio principal que debera reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de sus pobladores. Es por eso, que el suelo en el que se desarrollan dichas

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