Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2008 (11/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 11 de noviembre de 2008

Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomia, consagrada en la Constitucion Politica del Peru, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece los casos en que las Adquisiciones y Contrataciones realizadas por una Entidad estan exoneradas de los procesos de seleccion correspondientes segun la causal que se configure; Que, el inciso "c" del articulo 19º de la Ley mencionada senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la Ley; Que, mediante D. S. Nº 068-2008-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 9 de octubre de 2008, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 10 de octubre de 2008, el estado de emergencia en el departamento de Ica; las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica; y las provincias de Canete y Yauyos del departamento de Lima; Que, el articulo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado prescribe que "La situacion de emergencia es aquella en la cual la entidad tiene que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos o de situaciones que supongan grave peligro, debiendo la entidad adquirir o contratar de forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevivientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Que, cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva; Que, en relacion a la compra de ambulancias para la atencion de emergencias medicas en la provincia de Canete, en el Oficio Nº 01013-DIRECCION REGIONAL DE SALUD LIMA-U.E.406-SBS-CH-M-DE-08 de la Direccion de Red de Salud Chilca-Mala, se determina la situacion del estado actual, en condicion de obsoletas, respecto de las ambulancias de Calango, Coayllo y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, contando con solo 3 ambulancias para la atencion de las urgencias y emergencias en los 7 distritos de la MORDAZA norte de la provincia de Canete (Mala, MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Calango, MORDAZA y Coayllo), siendo urgente contar con nuevas unidades para mejorar la salud de la poblacion de los distritos de Calango, Coayllo y MORDAZA MORDAZA de Flores; Que, asimismo, mediante Oficio Nº 2462-2008-OADE-RSS-CY, la Direccion Ejecutiva de la Red de Salud Canete-Yauyos hace de conocimiento que la demanda de los servicios de salud se han incrementando, y que las ambulancias que posee nuestra institucion estan en operatividad reducida y con un alto grado de obsolescencia, siendo urgente contar con nuevas unidades para los Centros de Salud de Cerro MORDAZA, Pacaran y Zuniga; Que, a traves del Informe Nº 011-2008-GAEF-MPC, la Gerencia de Administracion, Economia y Finanzas indica que mediante Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto para el ano fiscal 2008, en el capitulo referido a la austeridad en bienes y servicios ha suprimido la prohibicion de compras de vehiculos, como se establecia en la Ley Nº 28927, correspondiente al presupuesto del ejercicio fiscal 2007; asimismo refiere que se ha realizado una modificacion presupuestal mediante Resolucion de Alcaldia Nº 3492008-AL-MPC, provisionando S/. 608,400.00 Nuevos Soles para la compra de vehiculos y el acondicionamiento de los mismos que reunan los requisitos de ley a fin que cumplan con la funcion de ambulancia; Que, el Articulo 148º del Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, establece que la entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la

omision del MORDAZA de seleccion, por lo que los contratos que celebren como consecuencia de aquellas deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y el Articulo 147º del Reglamento de la referida Ley, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, dentro de los diez (10) habiles siguientes a la fecha de su emision; de igual modo debera ser publicada en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, asimismo, debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, de conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y sus respectivas modificatorias, y en lo indicado en el Oficio Nº 2462-2008-OA-DE-RSS-CY de la Direccion de Red de Salud Canete-Yauyos, solicitando ambulancias para los distritos de Cerro MORDAZA, Pacaran y MORDAZA, el Informe Legal Nº 619-ASLEG-MPC, de la Oficina de Asesoria Juridica, de fecha 24 de octubre de 2008, el Informe Nº 011-2008-GAEF-MPC de la Gerencia de Administracion, Economia y Finanzas, el Dictamen Nº 031-2008-CPEAM del 24 de octubre de 2008, de la Comision de Planificacion, Economia y Administracion Municipal, con relacion a la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de seis (6) ambulancias; En uso de las facultades conferidas por el numeral 20) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Provincial de Canete por mayoria de votos y, con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta; SE ACORDO: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo para la adquisicion de 6 (seis) ambulancias, debido a la causal de situacion de emergencia, al haberse configurado el supuesto de hecho previsto en el literal c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, de conformidad con lo senalado en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. Articulo 2º.- Autorizar la adquisicion de las 6 (seis) ambulancias mencionadas en el articulo precedente y su respectivo equipamiento hasta por un monto total de S/ 608,400.00 (SEISCIENTOS OCHO MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), el mismo que incluye los tributos de Ley, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Vig. Minas / Inf. Al Mal Estacionamiento / Alcabala / Impto. Tragamonedas / Canon Minero / Focam / Reg. Mineras / Canon Hidroenergetico / Canon Pesquero de la Municipalidad Provincial de Canete. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia de Administracion, Economia y Finanzas, la realizacion de la contratacion exonerada de acuerdo al procedimiento establecido en el Articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; y su inscripcion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado- SEACE. Articulo 4º.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General se remita MORDAZA del presente Acuerdo de Concejo, y de los informes que lo sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, conforme a lo dispuesto en el Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y disponga su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) habiles siguientes de emitido. Registrese, comuniquese, cumplase y publiquese. MORDAZA J. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA 275965-1

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