Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2008 (11/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 11 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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SE RESUELVE:

383209

Que por otro lado, mediante Memorandum N° 3482008-SUNAT/2G0000 de fecha 13 de MORDAZA de 2008, la Intendencia Nacional de Administracion solicita a la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, confirmar el plazo de duracion del servicio a contratar; Que mediante Memorandum N° 143-2008-SUNAT/ 2A0000 de fecha 28 de MORDAZA de 2008, la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion, confirmo la necesidad de contratar el servicio requerido hasta el mes de diciembre de 2009; Que mediante Memorandum N° 419-2008-SUNAT/ 2G0000, la Intendencia Nacional de Administracion remite el Informe N° 010-2008-SUNAT/2G3000, de fecha 12 de junio de 2008, que consolida y complementa la informacion presentada para la referida solicitud de exoneracion del MORDAZA de seleccion, a traves del cual se establece que tratandose de la contratacion del servicio de enlace para comunicacion con operadores de comercio exterior, dicho requerimiento se sustenta basicamente en que el servicio de conexion requerido por la SUNAT es a traves de la Red Infovia, el cual es prestado unicamente por la empresa Telefonica del Peru S.A.A.; Que asimismo, en dicho documento se sostiene que resulta procedente realizar la exoneracion de la contratacion del servicio de enlace para comunicacion con operadores de comercio exterior por un monto ascendente a US$ 23,189.22 (Veintitres mil ciento ochenta y nueve y 22/100 Dolares Americanos) del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva programado en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2008, por tratarse de un servicio que no admite sustitutos y cuyo proveedor es unico en el MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el literal e) del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, en adelante la Ley, y el Articulo 144° del Reglamento del mencionado dispositivo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, en adelante el Reglamento, por un periodo de dieciocho (18) meses; Que es menester anadir que mediante Certificacion de Credito Presupuestario Nº 200801OSA705, se otorgo la disponibilidad de recursos, considerandose como fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que por lo expuesto, se aprecia que la contratacion de la citada empresa cumple con las condiciones que establece el Articulo 144° del Reglamento, para la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponde por bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que para tal efecto, y conforme a la normativa vigente, es preciso senalar que la Entidad efectuara las contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, debiendo ser realizadas por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; Que conforme lo indicado en el Informe Legal N° 047-2008-SUNAT/2B2300 y por las consideraciones que en el se senalan, la contratacion del servicio de enlace para comunicacion con operadores de comercio exterior, cumple con las condiciones que establece el Articulo 144° del Reglamento, para la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponde por bienes o servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que lo expuesto en los citados documentos, justifica tecnica y legalmente la procedencia y necesidad de la contratacion del referido servicio mediante la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, cumpliendose asi con lo previsto en el literal e) del Articulo 19° y Articulo 20° de la Ley y en los Articulos 144° al 148° del Reglamento; Que segun lo dispuesto en el mencionado Articulo 20° de la Ley y en el Articulo 147° del Reglamento, la Resolucion que apruebe la exoneracion al MORDAZA de Seleccion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision; y, adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N° 1152002-PCM;

Articulo 1°.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion del servicio de enlace para comunicacion con operadores de comercio exterior, por el periodo de dieciocho (18) meses, bajo la causal de bienes o servicios que no admiten sustitutos y proveedor unico. Articulo 2°.- El valor referencial asciende a la suma de US$ 23,189.22 (Veintitres mil ciento ochenta y nueve y 22/100 Dolares Americanos), incluidos los impuestos de ley y los gastos a que hubiere lugar. Articulo 3°.- La fuente de financiamiento para dicha contratacion corresponde a recursos directamente recaudados por la SUNAT, y el organo encargado de llevarla a cabo mediante las acciones inmediatas que correspondan es la Division de Compras de la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administracion. Articulo 4°.- Disponer que la Gerencia Administrativa de la Intendencia Nacional de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su emision; asi como su publicacion en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ORIGGI Superintendente Nacional 276363-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Dan cumplimiento al acuerdo de la Comision Pro Aviacion Civil, dando inicio al MORDAZA de elaboracion de expedientes tecnicos legales de terrenos pre calificados para el proyecto de construccion de infraestructura para la Escuela de Aviacion Civil y de un Aerodromo, para su reserva
GERENCIA DE OPERACIONES RESOLUCION Nº 030-2008/SBN-GO San MORDAZA, 10 de noviembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, la Comision de Coordinacion creada por Decreto Supremo N 010-2002-MTC, en la Vigesimo Octava Sesion, de fecha 28 de noviembre de 2006, identifico los predios de 320 934,53 m2 y 321 939.50 m2 ubicados a la altura del Km. 13.75 de la antigua Panamericana Norte entre la Av. MORDAZA MORDAZA Belaunde y la MORDAZA M. MORDAZA del distrito de Comas, provincia y departamento de MORDAZA, a fin de incorporarlos al Plan Nacional de Vivienda;

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