Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2008 (11/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, martes 11 de noviembre de 2008

­ SEACE y en el Diario Oficial El Peruano del presente Acuerdo Regional, segun a lo establecido en el articulo 147° del D.S N° 084-2004-PCM. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 275956-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para las instalaciones de la AATE
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 055-2008-AATE/PE MORDAZA El MORDAZA, 7 de Noviembre de 2008 VISTOS: El Informe Nº 048-2008-AATE/GAF de fecha 07.11.08 de la Gerencia de Administracion y Finanzas, el Informe Nº 031-2008-AATE/JS de fecha 04.11.08 del Jefe de Seguridad de la AATE, el Informe Tecnico concretado en el Memorandum Nº 130-2008-AATE/GO de fecha 06.11.08 de la Gerencia de Operaciones y el Informe Legal de fecha 07.11.08 de la Oficina de Asesoria Legal respectivamente; CONSIDERANDO:

requiere al contratista a efectos que cumpla con colocar los vigilantes propuestos en su Propuesta Tecnica del Concurso Publico Nº 002-2008-AATE; Que, el Contratista ha incumplido con el requerimiento pese al plazo otorgado por lo que la AATE curso la Carta Notarial Nº 159-2008-AATE/GAF de fecha 07.11.08. por el cual se rescinde el contrato de Seguridad y Vigilancia; Que, acorde al Informe Tecnico concretado en el Memorandum Nº 130-2008-AATE/GO de fecha 06.11.08 de la Gerencia de Operaciones, se hace presente la importancia de contar con el Servicio de Seguridad y Vigilancia en las instalaciones de la Autoridad Autonoma del Tren Electrico, dado que de no contar con ellos, se MORDAZA diversos riesgos como: robo de los distintos componentes instalados en los edificios del Patio Taller, los ubicados a lo largo de la via ferrea, ingreso a la via ferrea con el proposito de sustraer cables de la catenaria u otros materiales de facil comercializacion, sabotaje a las instalaciones del Patio Taller como a lo largo de la via ferrea, asi como perder la cobertura de la Compania de Seguros; Que, la situacion descrita motiva que resulta procedente tecnica y legalmente que se declare la exoneracion del MORDAZA de seleccion por la causal de Desabastecimiento Inminente, para si, poder contar con el servicio de Seguridad y Vigilancia; Que, el Servicio, consistira en diversas acciones que representan un costo de S/. 150,000.00 incluido el IGV, por un periodo de 3 meses, corresponde a la exoneracion de un MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa; Que, la Oficina de Asesoria Legal ha emitido el Informe Legal de fecha 07 de Noviembre de 2008 de conformidad con lo establecido por el Articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con la conformidad de la Gerencia General y las visaciones de la Gerencia de Operaciones, Gerencia de Administracion y Finanzas, Oficina de Asesoria Legal y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con el inciso c) del Articulo 19º y Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 0832004-PCM, de los Articulos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº084-2004-PCM, de acuerdo a lo establecido en los Articulos 1º y 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la AATE aprobado por Resolucion Ministerial Nº024.1-88-MIPRE del 01.2.88; SE RESUELVE:

Que, por Decreto de Urgencia Nº 058-2001 de fecha 30.05.2001, se transfiere la administracion de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, por Ordenanza Nº 812 publicada en el diario Oficial El Peruano el 15.09.2005, la AATE es un Organo Descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, figurando en la estructura municipal; Que, en el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen en situacion de desabastecimiento inminente; Que, el Articulo 21º del Texto Unico acotado establece que se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial, lo cual ha sucedido con el Servicio de Seguridad y Vigilancia; Que, la AATE ha llevado a cabo el Concurso Publico Nº 002-2008-AATE ­ Primera Convocatoria, cuyo objeto fue la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia para las Instalaciones de la Autoridad Autonoma del Tren Electrico, otorgandose la Buena Pro a la empresa CONSORCIO LIDER SECURITY S.A.C. ­ SEGSA ORIENTE S.A.C., suscribiendose el Contrato de Servicio de fecha 09.11.08. por el plazo de un ano; Que, mediante Carta Notarial Nº 155-2008-AATE/GAF de fecha 29.10.08,. la AATE como entidad contratante

Articulo Primero.- Aprobar, por la causal de situacion de Desabastecimiento Inminente, la exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa, para la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia conforme a la parte considerativa de la presente Resolucion, hasta por el monto de S/. 150,000.00 (Ciento Cincuenta Mil y 00/100 Nuevos Soles). a. MORDAZA de Contrato: Servicio. b. Descripcion del Servicio: Servicio de Seguridad y Vigilancia a las Instalaciones del Tren Electrico. c. Monto Referencial Total: S/.150,000.00. d. Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias. e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: 3 meses. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Finanzas. g. Dependencia que da conformidad al servicio: Gerencia de Operaciones. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas efectue la publicacion de la presente Resolucion en el diario Oficial El Peruano y que remita MORDAZA de la misma y de los informes que los sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro del plazo de 10 dias habiles de emitida, asi como su publicacion tambien a traves del SEACE. Articulo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la AATE, efectue la contratacion en forma directa mediante acciones inmediatas, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 148º Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

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