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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de octubre de 2008 380670 Ejecutiva el Ministerio apelante (MTPE) no puede sustituirla, porque la parte fi nal del artículo 7º de la Ley Nº 28299 dispone que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo asumirá la representación de la Comisión Ejecutiva para todos los efectos administrativos, legales y judiciales; que el hecho que la Comisión Ejecutiva haya sido integrada por representantes de los trabajadores no exonera al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en su condición de representante de la fenecida comisión, de revisar la licitud de la exclusión de la demandante; Que la resolución referida en el considerando anterior es materia de recurso de casación por parte del señor Didier Aliaga Peralta, representante de la Procuraduría Pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por haberse aplicado indebidamente la norma de derecho material a favor de la demandante; Que mediante resolución Nº 17 del 6 de octubre de 2006, la Segunda Sala Especializada Civil de Lambayeque concede el recurso de casación interpuesto por la representante de la Procuraduría Pública del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo contra la resolución Nº 15 del 12 de setiembre de 2006, de la Segunda Sala Especializada en lo Civil de Lambayeque; Que mediante casación Nº 3460-2006 LAMBAYEQUE del 15 de junio de 2007, la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República declara improcedente el recurso de casación interpuesto por el Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo contra la resolución Nº 15 del 12 de setiembre de 2006, y condenaron al recurrente (MTPE) al pago de la multa de tres unidades de referencia procesal; Que la casación citada anteriormente tuvo como fundamento; que el Procurador Público del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo denuncia la aplicación indebida de una norma de derecho material sin indicar en forma clara y precisa cuál es la norma que se denuncia; que la causal de aplicación indebida supone un error por parte del juzgador en la elección de la norma que va a servir de sustento jurídico para resolver el caso concreto, presupuesto que no ha cumplido el impugnante, pues se ha limitado a invocar la causal de aplicación indebida; Que estando toda persona y autoridad obligada a acatar y a dar cumplimiento a las decisiones judiciales emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder cali fi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala, según lo dispone el artículo 4º, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, corresponde emitir el acto administrativo que dé cumplimiento al mandato judicial; Con la visación del Director General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 25° de la Ley Nº 29185, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el literal d) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la inclusión de doña MARIA ISMELDA SATORNICIO MENDOZA en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente. Artículo 2°.- Poner la presente Resolución en conocimiento de la persona referida en el artículo anterior, del Segundo Juzgado Civil de Chiclayo, del Décimo Cuarto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima y del coordinador de la aplicación de la Ley N° 27803, para los fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese.MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 258703-1TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aceptan renuncia y designan Director General de Concesiones en Transportes RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 729-2008-MTC/01 Lima, 30 de setiembre de 2008CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 182-2008- MTC/01 de fecha 19 de febrero de 2008, se designó al señor Juan Fernando Suito Larrea en el cargo de confi anza de Director General de la Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo; Que, en consecuencia, resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente y designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 29158, 27791 y 27594 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Juan Fernando Suito Larrea en el cargo de confi anza de Director General de la Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor Miguel Angel Sánchez del Solar Quiñones en el cargo de con fi anza de Director General de la Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 258972-1 Designan Director General de Transporte Acuático RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 730-2008-MTC/01 Lima, 30 de setiembre de 2008CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo considerado de confi anza de Director General de la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con las Leyes Nº 29158, 27791 y 27594 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar al señor Marco Antonio Hernández Dongo, en el cargo de con fi anza de Director General de la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.