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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2008 (01/10/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 1 de octubre de 2008 380672 Fanny Ysabel Vidal Vidal, como Directora de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27792 y 29158, modi fi cada por la Ley Nº 29209, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aceptar, a partir del 01 de octubre de 2008, la renuncia presentada por la Licenciada en Administración Fanny Ysabel Vidal Vidal, en el cargo de Directora de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 258862-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 626-2008-VIVIENDA Lima, 30 de setiembre de 2008CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo en consecuencia necesario designar al funcionario que lo desempeñará; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27792 y 29158, modi fi cada por la Ley Nº 29209, y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 045-2006- VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 01 de octubre de 2008, al Economista César Augusto Vilela Consuelo, en el cargo de Director de Sistema Administrativo I de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 258862-2 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Asignan a Juez Titular la plaza del 28º Juzgado Especializado Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 143- 2008 - CE - PJLima, 28 de mayo de 2008 VISTO: El O fi cio N° 052-2007-P-CSJLI/PJ(PALM) cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, elevando la solicitud presentada por el magistrado Saúl Peña Farfán, sobre nombramiento en el cargo de Juez del 28° Juzgado Especializado Penal de la mencionada Corte Superior de Justicia, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima remite a este Órgano de Gobierno el pedido formulado por el señor Saúl Peña Farfán, por el cual re fi ere que desde 1994 fue nombrado como Juez Especializado Mixto del Distrito Judicial de Lima, plaza que en la actualidad no existe, siendo a la fecha el único que no ha solicitado el cambio de su designación, razón por la cual solicita su nombramiento en el 28° Juzgado Especializado Penal del citado Distrito Judicial; Segundo: Que, el Jurado de Honor de la Magistratura, por Resolución N° 10, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 7 de octubre de 1994, dispuso el nombramiento del señor Saúl Peña Farfán como Juez Especializado Mixto del Distrito Judicial de Lima; siendo el caso que desde entonces se ha desempeñado en la judicatura dentro del mencionado Distrito Judicial; Tercero: Al respecto, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 143° de la Constitución Política del Estado, “(…) el Poder Judicial está integrado por órganos jurisdiccionales que administran justicia a nombre de la Nación y por órganos que ejercen su gobierno y administración (…)”. “(…) Los órganos jurisdiccionales son: la Corte Suprema de Justicia y las demás cortes y juzgados que determine su ley orgánica (…)”. Concordante con ello, el artículo 218° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha de fi nido que la carrera judicial comprende los siguientes grados: 1) Vocal de la Corte Suprema de Justicia; 2) Vocal de la Corte Superior de Justicia; 3) Juez Especializado o Mixto; 4) Juez de Paz Letrado; y 5) Secretarios y Relatores de Sala; Cuarto: Que, en tal sentido, si bien es cierto que la facultad de efectuar nombramientos de magistrados conforme a mandato constitucional, corresponde estrictamente al ámbito de competencia del Consejo Nacional de la Magistratura, también lo es que en aplicación del principio pro actione es factible que este Órgano de Gobierno pueda encausar los pedidos que se formulen defectuosamente de acuerdo con su verdadera naturaleza, en tanto como resulta evidente en el presente caso, la solicitud presentada no corresponde a una de nombramiento, sino a una de asignación de plaza en el mismo nivel de la carrera judicial en el cual el magistrado recurrente fue nombrado en su oportunidad, teniendo en cuenta que conforme a lo resuelto por el Jurado de Honor de la Magistratura mediante Resolución Administrativa N° 094-1994-CE-PJ, de fecha 10 de octubre de 1994, fue adscrito al Segundo Juzgado Mixto de Lima, cargo en el que juramentó el 13 del mismo mes y año, y que en la actualidad no existe; Quinto: En ese orden de ideas, es menester precisar que fl uye del análisis de los presentes actuados que el magistrado Saúl Peña Farfán se ha desempeñado desde su nombramiento en la Corte Superior de Justicia de Lima en órganos jurisdiccionales de la especialidad penal, siendo el caso que de la copia de la Resolución Administrativa N° 009-2006-P-CSJL/PJ expedida por la Presidencia de la citada Corte Superior, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 10 de enero de 2007, se encuentra expresamente acreditado en el segundo considerando de la referida resolución, que al disponerse el retorno de magistrados titulares de primera instancia a los Despachos de los Juzgados de los cuales son titulares, en el caso especí fi co del magistrado Saúl Peña Farfán, se consideró como Juzgado de origen, su retorno al 28° Juzgado Especializado Penal de Lima, del que se señala es titular;