Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2008 (15/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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NORMAS QUE REGULAN EL PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE LAS SOLICITUDES DE EXCURSIONES O VISITAS DE LOS ESTUDIANTES FORMULADAS POR LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 1. FINALIDAD

Normar el procedimiento para la aprobacion de las solicitudes de excursiones o visitas de los estudiantes formuladas por las instituciones educativas. 2. OBJETIVOS

2.1 Establecer el procedimiento sobre los requisitos que deben cumplir las instituciones educativas para solicitar la aprobacion para el desarrollo de excursiones o visitas de los estudiantes. 2.2 Cautelar la integridad de los estudiantes durante su participacion en excursiones o visitas programadas por las instituciones educativas. 3. BASE LEGAL

3.1 Constitucion Politica del Peru. 3.2 Ley N° 28044, Ley General de Educacion. 3.3 Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion y sus modificatorias. 3.4 Decreto Supremo N° 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion y sus modificatorias. 3.5 Resolucion Ministerial Nº 0494 -2007-ED, Directiva para el Desarrollo del Ano Escolar 2008. 3.6 Resolucion Directoral Nº 0086-2008-ED, Aprueba la Directiva Nº 041- 2008-ME-VMGP/DITOE "Normas para el desarrollo de las acciones de Tutoria y Orientacion Educativa en las Direcciones Regionales de Educacion, Unidades de Gestion Educativa Local e Instituciones Educativas" 3.7 Directiva Nº 001-2006-VMGP/DITOE, Normas para el desarrollo de la MORDAZA de sensibilizacion y promocion "Tengo Derecho al Buen Trato" que incluye a la Convivencia Escolar Democratica. 4. ALCANCES 4.1 Direccion de Tutoria y Orientacion Educativa. 4.2 Direccion General de Educacion Basica Regular. 4.3 Direccion General de Educacion Basica Especial 4.4 Direccion General de Educacion Basica Alternativa. 4.5 Direccion de Promocion Escolar, Cultura y Deporte. 4.6 Direcciones Regionales de Educacion. 4.7 Unidades de Gestion Educativa Local. 4.8 Instituciones Educativas publicas y privadas de Educacion Basica Regular, Especial y Alternativa. 5. DISPOSICIONES GENERALES 5.1 Los Directores de las instituciones educativas, a nivel nacional, son los responsables de autorizar las excursiones o visitas de los estudiantes, debiendo contarse previamente para su ejecucion, con la aprobacion de la Unidad de Gestion Educativa Local correspondiente. 5.2 Las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local, en sus ambitos, podran suscribir convenios de cooperacion con instituciones publicas y privadas, con la finalidad de coadyuvar a la seguridad de los estudiantes durante su participacion en excursiones o visitas. 6. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 6.1 Las solicitudes de aprobacion de excursiones o visitas de los estudiantes, a presentarse en la Unidad Gestion Educativa Local, deben reunir los siguientes requisitos: 6.1.1 Solicitud suscrita por el Director de la Institucion Educativa. 6.1.2 Plan de excursion o visita de los estudiantes en la que se precisara el lugar de salida, lugar o lugares de

destino, relacion de estudiantes participantes, dia y hora de salida asi como de retorno. 6.1.3 Declaracion jurada de los padres o apoderado, otorgando el permiso correspondiente para cada estudiante participante de la excursion o visita de los estudiantes. 6.1.4 Relacion de los docentes, tutores y padres de familia que acompanan a los estudiantes. 6.1.5 MORDAZA del contrato con la empresa de transporte o agencia de viajes, de traslado y retorno de los estudiantes, la poliza de seguro de MORDAZA y de accidentes de los pasajeros. 6.1.6 MORDAZA de la reserva confirmada de transporte terrestre, ferroviario, aereo o maritimo para la realizacion de la excursion o visita de los estudiantes, comprendiendo el lugar de salida, de retorno y para cada uno de los lugares turisticos a visitar. 6.1.7 MORDAZA expedida por la Direccion Regional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en la que se certifique que la empresa de transporte a cargo de la excursion o visita de los estudiantes cuenta con el permiso respectivo para realizar estos servicios. 6.1.8 MORDAZA oficial que acredite que la unidad movil que transportara a los estudiantes, cuenta con la certificacion de operatividad que garantice encontrarse en condiciones tecnicas optimas de cumplir con la ruta de la excursion o visita de los estudiantes. Asimismo, contar con la capacidad necesaria para el normal transporte de los participantes en la ruta de la excursion. 6.2. Las excursiones o visitas de los estudiantes se realizaran en los meses de enero a noviembre. 6.3. Las Unidades de Gestion Educativa Local, daran a conocer a las instituciones educativas de su jurisdiccion un catalogo de rutas turisticas de todo el Peru con un calendario de visitas. 6.4. Las Unidades de Gestion Educativa Local, estableceran el numero MORDAZA de excursiones mensuales para cada ruta turistica, teniendo en cuenta la demanda de solicitudes de aprobacion formuladas por las instituciones educativas. 6.5 Para el caso especifico de las excursiones o visitas guiadas a la MORDAZA del MORDAZA y Machu Picchu, en atencion a la creciente demanda de solicitudes de aprobacion de excursiones o visitas guiadas a nivel nacional, se debera previamente establecer las coordinaciones con las entidades responsables de ambos lugares con la finalidad de evitar retrasos y postergaciones en perjuicio de los estudiantes. 6.6 Las Unidades de Gestion Educativa Local coordinaran con la entidad correspondiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y del Ministerio del Interior para el establecimiento de la ruta mas MORDAZA para el desarrollo de la excursion o visita de los estudiantes, asi como la verificacion de la aprobacion y control de la seguridad 7.- DISPOSICION COMPLEMENTARIA. Las Direcciones Regionales de Educacion y Unidades de Gestion Educativa Local, dispondran las acciones administrativas pertinentes que permitan el cumplimiento de la presente norma. 264741-1

JUSTICIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0558-2008-JUS Mediante Oficio Nº 1853-2008-JUS/SG, el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 0558-2008-JUS, publicada en nuestra edicion del dia 4 de octubre de 2008. DICE: "(...)

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