Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2008 (15/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, miercoles 15 de octubre de 2008

PESCA Y ALIMENTACION, representada en el Peru por COSMOS AGENCIA MARITIMA S.A.C., a realizar investigacion cientifica en aguas jurisdiccionales peruanas, el mismo que comprende de: a) "Investigaciones de las Principales Especies de la Fauna Bentodemersal y Caracterizacion Oceanografica del area MORDAZA peruana entre MORDAZA (07º 00' S) y Huarmey (10º 00' S)", y b) "Caracterizacion Geologica del Banco de Mancora y Alrededores (03º 25' ­ 03º 40' S)" El objetivo de este trabajo consiste en recabar informacion sobre la distribucion, concentracion y caracteristicas biologicas de los recursos demersales y potenciales asociados a las condiciones del ambiente MORDAZA, en la region batial y MORDAZA arquibentonica hasta 1800 metros de profundidad.; con el empleo del buque "MIGUEL OLIVER", de bandera Espanola, de 744 Toneladas de Registro Neto y 2,480 Toneladas de Registro MORDAZA, a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral y por el periodo de treinta y cuatro (34) dias calendarios, en las areas indicadas en los literales citados. Articulo 2º.- De no iniciarse las operaciones de investigacion dentro del plazo senalado en el articulo 1º de la presente Resolucion Directoral, la autorizacion caducara de pleno derecho. Articulo 3º.- El Peru se reserva cualquier mencion a un limite internacional maritimo por parte de los participantes de otros Estados en la expedicion cientifica, asi como en los documentos e informes que se pudieran generar como resultado de la investigacion. Articulo 4º.- La eficacia de la autorizacion otorgada por la presente Resolucion Directoral, queda supeditada a la obtencion del permiso de navegacion otorgado por el Ministerio de Defensa. Articulo 5º.- COSMOS AGENCIA MARITIMA S.A.C. representante legal en el Peru de la SECRETARIA GENERAL DE PESCA MARITIMA DE ESPANA, debera cumplir con las siguientes obligaciones: a) Reservar acomodacion a bordo para el numero de cientificos de investigacion del Instituto MORDAZA del Peru ­ IMARPE que participara de esta labor. b) Presentar a la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion y al Instituto MORDAZA del Peru el informe final sobre las operaciones de investigacion en un plazo de seis (06) meses contados a partir de la culminacion de la expedicion que se autoriza, y c) Remitir al Ministerio de la Produccion el Permiso de Navegacion otorgado por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Articulo 6º.- Las operaciones de investigacion estan sujetas a lo dispuesto en el ordenamiento juridico pesquero vigente. Articulo 7º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 263941-1

MORDAZA, 24 de MORDAZA y 22 de agosto del 2008, respectivamente, presentados por la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO:

Otorgan licencia de operacion de planta de congelado a Pesquera MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 494-2008-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 3 de septiembre del 2008 Vistos los escritos con Registro N° 40166 y sus adjuntos Nºs. 01, 02 y 03 de fechas 03 de junio, 02 de

Que, los Articulos 43° inciso d), y 46° del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la autorizacion de instalacion de establecimientos industriales pesqueros y para la operacion de las plantas de procesamiento de recursos hidrobiologicos se requiere de la autorizacion de instalacion y licencia correspondiente, las que constituyen derechos que el Ministerio de la Produccion otorga a nivel nacional; Que, el Articulo 49° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, establece que las personas naturales o juridicas que se dediquen al procesamiento de recursos hidrobiologicos para consumo humano directo, indirecto o al uso industrial no alimenticio, requeriran de autorizacion para la instalacion o aumento de capacidad de operacion del establecimiento y de licencia para la operacion de cada planta de procesamiento; Que, mediante Resolucion Directoral N° 2432008-PRODUCE/DGEPP del 14 de MORDAZA del 2008, se otorga a PESQUERA MORDAZA S.A. autorizacion de instalacion para una Planta de Congelado dedicada al consumo humano directo en su establecimiento industrial pesquero con una capacidad de 520 t/dia a ubicarse en la Av. Prolongacion Centenario N° 1956 de la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante escritos del visto la empresa PESQUERA MORDAZA S.A solicita el otorgamiento de la licencia para la operacion de una planta de congelado instalada en su establecimiento pesquero citado en el considerando precedente; Que, el "Protocolo Tecnico Sanitario para Licencia de Operacion N° PTL-007-08-CG-SANIPES" emitido por el Servicio Nacional de Sanidad Pesquera ­ Instituto Tecnologico Pesquero del Peru en fecha 21 de agosto del 2008, dando como resultado que la Planta de Congelado de la citada empresa al momento de la auditoria/inspeccion se encontro en adecuacion a los requerimientos de diseno, construccion y equipamiento establecidos en la MORDAZA Sanitaria para las Actividades Pesqueras y Acuicolas, aprobada mediante Decreto Supremo N° 040-2001-PE; Que, la "Constancia de Verificacion Ambiental N° 013-2008-PRODUCE/DIGAAP" otorgada por la Direccion General de Asuntos Ambientales de Pesqueria en fecha 30 de MORDAZA del 2008, declara que la empresa PESQUERA MORDAZA S.A. ha implementado las medidas de mitigacion relacionadas con los Programas y Planes de manejo ambiental haciendo constar que durante el desarrollo de la actividad de congelado la empresa esta obligada a cumplir los compromisos ambientales establecidos en su Estudio de Impacto ambiental y estipuladas en la legislacion vigente; Que, de la Inspeccion Tecnica realizada a la Planta de Congelado de acuerdo al Informe y Acta del 11 de MORDAZA del 2008 se tiene que la Planta de Congelado de la empresa PESQUERA MORDAZA S.A con autorizacion de instalacion otorgada a traves de la Resolucion Directoral N° 243-2008-PRODUCE/DGEPP, se encuentra implementada con la maquinaria y equipos operativos para realizar el MORDAZA de congelado con destino al consumo humano directo con una capacidad diaria de 369.6 t/dia; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano en su Informe N° 545-2008-PRODUCE/DGEPPDch del 26 de agosto del 2008 y con la conformidad de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 4 del Articulo 43º , los articulos 44° y 46º del Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, los Articulos 49° y 52º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el procedimiento N° 26 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el literal c) del Articulo 21° del Reglamento de Organizacion y Funciones

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