Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2008 (16/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 16 de octubre de 2008

de dicha situacion de hecho, MORDAZA si se considera que dichos establecimientos al no ser verificados por la autoridad municipal mediante el debido procedimiento no ofrecen al publico las debidas condiciones de seguridad, higiene, salubridad y comercializacion. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el articulo 40° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; y con la aprobacion por UNANIMIDAD del Concejo Municipal, se ha expedido la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE CLAUSURA DE ESTABLECIMIENTOS QUE NO CUENTEN CON LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO Y/O AUTORIZACION TEMPORAL EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD SE ORDENA: Articulo 1º.- APROBAR la Ordenanza que Regula el Procedimiento de Clausura de Establecimientos que no cuenten con Licencia de Funcionamiento y/o Autorizacion Temporal Expedida por la Municipalidad, la misma que consta de siete articulos y tres Disposiciones Finales. Articulo 2º.- ENCARGUESE el cumplimiento estricto de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Jefatura de Rentas, Unidad de Ejecucion Coactiva, Division de Seguridad Ciudadana, Seccion Policial. Articulo 3º.- ORDENAR al Jefe de Informatica la publicacion integra de la referida Ordenanza en la pagina web de la Municipalidad Distrital de Punta MORDAZA (www.munipuntahermosa.gob.pe). Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA
264963-2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA

Aprueban la Escala Remunerativa de la Municipalidad Provincial de Anta
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 18-2008-MPA-SG.

Anta, uno de octubre del 2008. EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANTA. POR CUANTO:

El Concejo de la Municipalidad Provincial de Anta, en sesion Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha veinticinco de septiembre del ano dos mil ocho, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Organos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Como Gobiernos locales, gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Autonomia que la Constitucion Politica del Estado otorga a las Municipalidades y radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico de la nacion, derecho reconocido por los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley 27972. Que, revisando el escenario organizacional y laboral de la Municipalidad Provincial de Anta, se advierte que existen nuevas competencias que no se encuentran previstos en la organizacion actual, asi tambien existen nuevos mecanismos de control como es el SIAF, CADE, SNIF - entre otros - que las remuneraciones no responden a criterios razonables, existiendo disparidad entre personal que ejerce funciones similares o del mismo nivel, que los documentos de gestion son anacronicos, que no existe organos o unidades importantes y que no existe tratamiento legal adecuado con relacion a los regimenes laborales. Que, el sistema juridico peruano en cuanto a los trabajadores dependientes tenemos dos regimenes laborales, el publico regulado por el Decreto Legislativo Nº 276 sus ampliatorias y conexas y el privado regulado por el Decreto Legislativo Nº 728, situacion que no depende el libre albedrio de los representantes legales de las instituciones correspondientes, sino de como esta regulado dicho aspecto en la Ley. Que, estando la Municipalidad Provincial de Anta en un MORDAZA de reestructuracion, la misma que se nombro mediante Acuerdo Municipal Nº 43-2008MPA-A/SG de fecha dieciocho de junio del ano dos mil ocho y Ordenanza Municipal Nº 17-2008-MPA-SG de fecha uno de septiembre del ano dos mil ocho, razon por la cual corresponde proceder ha aprobar la Escala Remunerativa propuesta por la Comision de reestructuracion de la Municipalidad Provincial de Anta mediante Informe Nº 70-2008-SSCHA/ALE e Informe de la Gerencia Municipal Nº 046-2008/GMMPA de fecha veinticinco de septiembre del ano dos mil ocho, que a su vez contiene el Informe Nº 37GA-208-MPA de la Gerencia de Administracion de la misma fecha, aprobada en Sesion Extraordinaria de Concejo Municipal de fecha veinticinco de septiembre del ano dos mil ocho. Que, en uso de las facultades conferidas por el articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades y con el MORDAZA aprobatorio del Concejo Municipal se dispone:

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 000011

Mediante Oficio Nº 475-2008-MPC/SG la Municipalidad Provincial del Callao solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia Nº 000011, publicada en la edicion del 4 de octubre de 2008. DICE: PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000060-2007MPC PROGRAMA DE FORMALIZACION DE SEGREGADORES Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO DEBE DECIR: REGLAMENTO DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000060-2007 PROGRAMA DE FORMALIZACION DE SEGREGADORES Y RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS EN LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO
264761-1

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