Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2008 (16/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de octubre de 2008

NORMAS LEGALES
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reducciones escalonadas porcentuales por ano a los que se hace referencia en el articulado es de aplicacion de los arbitrios de: Limpieza Publica, Barrido de Calles, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo. Articulo Segundo.- De la redaccion del articulo MORDAZA, inciso 4: Respecto al Regimen de Fraccionamientos de la Deuda Tributaria, precisese los siguientes casos:

EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 017-2008-MDLO/CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los gobiernos locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia segun lo establecido en los Articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, el Programa del Vaso de Leche es un programa de apoyo social alimentario que implementa el Estado para atender, a traves de las Municipalidades, a los grupos sociales mas vulnerables, constituyendo como primera prioridad a los ninos de 0 a 6 anos y a las madres gestantes y en periodo de lactancia, y como MORDAZA prioridad a ninos de 7 a 13 anos, ancianos y afectados por Tuberculosis; Que, mediante el Informe Nº 292-2008/MDLO/GSMS/ SGSA del 26 de Setiembre ultimo la Sub Gerencia de Seguridad Alimentaria remite el Informe Tecnico y los Terminos de Referencia del producto del Programa del vaso de Leche: Hojuela de MORDAZA con Quinua y Kiwicha Fortificada en bolsa de 500 gramos a fin de resolver la proxima situacion de desabastecimiento inminente de este producto por un periodo de 12 semanas y solicita la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion tal como lo establece los Articulos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado; Que, con Informe Nº 049-2008-MDLO/GAF del 29 de Setiembre ultimo la Gerencia de Administracion y Finanzas avala la solicitud arriba mencionada senalando que la misma se sustenta en el hecho de que en la Licitacion Publica para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, el Item II que corresponde a la Hojuela de MORDAZA con quinua y Kiwicha Fortificada, fue otorgada con fecha 03 de septiembre del 2008, la Buena Pro de dicho producto a CONSORCIO DISTRIBUIDORA MORDAZA SAC ­ DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS Y MATERIALES DIZA SRL, sin embargo con fecha 15 de septiembre del 2008 y dentro de los plazos de ley la Empresa FOUSCAS TRAIDING EIRL presento Recurso de Apelacion ante el tribunal del CONSUCODE contra el otorgamiento de la Buena Pro, lo que fue notificado a la Municipalidad el dia 22 de septiembre del 2008, por lo que el MORDAZA queda suspendido hasta que el Tribunal resuelva; Que, agrega la Gerencia de Administracion que debido a que el MORDAZA de Licitacion Publica demora en llevarlo adelante entre 45 y 60 dias utiles se hace necesario cubrir dicho lapso de tiempo exonerando del MORDAZA de seleccion por desabastecimiento inminente por el periodo de 12 (doce semanas en aplicacion de los Articulos 19° y 20° del T.U.O. del D.S. Nº 083-2004-PCM de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado y el Articulo 141º de su Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM; Que, la Oficina de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 1102-2008-MDLO/OAJ senala que revisado el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004PCM, se establece que el Articulo 19° Exoneracion de Procesos de Seleccion senala: "Estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen: c) En situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley. "Asimismo el Articulo 20° senala las formalidades de los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion: "Todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Articulo 19º, se aprobaran mediante: c) Acuerdo del Consejo Regional o del Concejo Municipal, en el caso de los Gobiernos Regionales o Locales. La facultad de exonerar es indelegable"; Que, continua el informe legal acotando que conforme al Articulo 141º del Reglamento del T.U.O. de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, la situacion de desabastecimiento inminente se configura en los casos senalados en el Articulo 21º de la Ley N° 23850, la misma que contempla que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de

a) Para Fraccionamientos de 2 a 6 cuotas, con el 100% de condonacion de intereses, ajustes, e intereses por el fraccionamiento. b) Para Fraccionamientos de 7 a 12 cuotas, con el 100% de condonacion de intereses y ajustes, pero se cobrara un interes del 80% del TIM por el periodo del fraccionamiento. c) Para Fraccionamientos en mas de 12 cuotas se cobrara con los intereses y reajustes acumulados por la deuda, mas un interes del 80% del TIM, por el periodo de fraccionamiento. d) De los contribuyentes que tengan convenios de fraccionamiento pendientes de pago a la vigencia de la presente Ordenanza podran solicitar el quiebre del mismo, y formalizar la suscripcion de un MORDAZA convenio con los saldos pendientes de pago por unica vez.

Articulo Tercero.- Modifiquese el articulo MORDAZA inciso 3: el que quedara redactado de la siguiente manera: "De la Multas Tributarias: Los contribuyentes: Personas Naturales que voluntariamente presenten su Declaracion Jurada de Autoavaluo registrando sus predios para los casos de omision o ampliaciones en sus predios para los casos de subvaluacion, seran condonados de las Multas Tributarias, siempre que no tengan una Resolucion de Determinacion producto de la Fiscalizacion Tributaria. Articulo Cuarto.- De la redaccion de la Disposicion Final y Transitoria MORDAZA debe precisarse e interpretarse que la facultad al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias que MORDAZA necesarias para el cumplimiento de la Ordenanza, incluyen la facultad de aprobar su prorroga, la prorroga de las fechas de vencimiento de los Tributos Municipales y la prorroga de los Beneficios aprobados con la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- Prorroguese los efectos de los Beneficios Tributarios aprobados con la Ordenanza Nº 128-A/MDC, prorrogadas con Decretos de Alcaldia y los efectos de los alcances de la presente Ordenanza hasta el 31 de octubre del 2008. Articulo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Rentas, la Subgerencia de Administracion Tributaria y Recaudacion, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Informatica su implementacion, a Secretaria General su publicacion y a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA
264281-1

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de productos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO N° 083-2008/CDLO

Los MORDAZA, 9 de octubre de 2008

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