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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (10/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 10 de setiembre de 2008 379422 Km. 3.5, distrito y provincia de Chiclayo, a fi n de realizar las inspecciones técnicas vehiculares de los vehículos destinados a la prestación de los servicios de transporte de personas y mercancías y verifi car las condiciones, requisitos y características técnicas que éstos deben cumplir para brindar dichos servicios, en aplicación de lo dispuesto por las normas legales vigentes. Artículo 2º.- La Entidad autorizada deberá obtener, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral la “Conformidad de Inicio de Operaciones” expedido por esta Dirección General, la misma que será emitida previa verifi cación del cumplimiento de todos los requisitos referidos a la infraestructura, equipamiento y personal requeridos por la Directiva Nº 001-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 4000-2006-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 9298-2007-MTC/15, 13826-2007-MTC/15, 16218-2007-MTC/15 y 8618-2008-MTC/15. Artículo 3º.- Es responsabilidad de la empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos que respaldar las obligaciones contenidas en la Directiva Nº 001-2007-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 4000-2006-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nºs. 9298-2007-MTC/15, 13826-2007-MTC/15, 16218-2007-MTC/15 y 8618-2008-MTC/15 durante la vigencia de la autorización. En caso que la Entidad autorizada, no cumpla con presentar la renovación de la Carta Fianza antes de su vencimiento, se procederá conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de Transportes, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- La Entidad autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTOFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 03 de julio del 2009 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 03 de julio del 2010 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 03 de julio del 2011 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 03 de julio del 2012 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 03 de julio del 2013 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en la Segunda Disposición Transitoria del Reglamento Nacional de Administración de Transportes, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5º.- Remítase a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para su custodia y control de vencimientos, la Carta Fianza Nº 10095861-000 emitida por el Banco SCOTIABANK con fecha 13 de junio del 2008, por el importe de US$ 50,000.00 para respaldar el cumplimiento de las obligaciones de la Entidad Certifi cadora de Operatividad Autorizada. Artículo 6º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES Director GeneralDirección General de Transporte Terrestre 243410-1PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Encargan el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 337-2008-P-CSJL/PJ Lima, 9 de setiembre de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nro. 6208-2008-CE-PJ, expedido por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en sesión de fecha 9 de setiembre del presente año, acordó autorizar la participación del doctor Angel Henry Romero Díaz, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que participe en la reunión de trabajo programada a los Órganos Jurisdiccionales del Distrito Judicial de La Libertad, relacionada a la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal, que se llevará a cabo los días diez y once de setiembre del año en curso. Que, por lo anteriormente expuesto resulta necesario encargar el Despacho de la Presidencia de este Distrito Judicial por los días diez y once del mes en curso. Que, en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR el Despacho de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, al señor doctor OTTO EDUARDO EGUSQUIZA ROCA, Vocal Titular, por los días diez y once de setiembre del año en curso, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidente de la Primera Sala Civil. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la O fi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervisión de Personal, y del Magistrado para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. ÁNGEL HENRY ROMERO DÍAZ Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 249733-1 ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Encargan la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores, hasta que se elija al titular COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 754-2008-ANR Lima, 1 de septiembre de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe