Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2008 (10/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El acuerdo del Pleno de Rectores reunidos en sesion extraordinaria el 29 de agosto de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad al articulo 91º de la Ley Universitaria Nº 23733 y el articulo 8º del Reglamento de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria, el dia lunes 04 de agosto de 2008, se llevo a cabo la sesion extraordinaria del Pleno de Rectores para la eleccion del Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores para el periodo agosto 2008 agosto 2010; Que, en la fecha indicada no se pudo elegir al MORDAZA Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, por no alcanzar ninguno de los candidatos el MORDAZA de la mitad mas uno del numero legal de los miembros de la Asamblea Nacional de Rectores, establecidos en el Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; Que, siendo necesaria la continuidad del funcionamiento de la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en tanto se elija al titular, para continuar con el normal desarrollo de las actividades, el Pleno de Rectores ha acordado encargar al Doctor MORDAZA MORDAZA Chavez; Estando al acuerdo adoptado en la Sesion Extraordinaria del Pleno de Rectores celebrada el viernes 29 de agosto de 2008; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones que le reconoce a la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comision de Coordinacion Interuniversitaria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Encargar la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA, desde el 29 de agosto de 2008, hasta que se elija al titular de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y a las Direcciones Generales correspondientes de la Asamblea Nacional de Rectores y a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente (e) de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 249267-1

Que, teniendo en cuenta el pedido del carne por las universidades, el procesamiento tecnico y la entrega de los mismos y a fin de que los estudiantes universitarios no se vean afectados en su derecho que les otorga la ley, se ha visto por conveniente prorrogar la vigencia del carne universitario 2007, hasta el 30 de septiembre del ano en curso; Que, asimismo es necesario exhortar a los transportistas del servicio publico MORDAZA e interurbano, a fin de que presten su colaboracion cobrando a los estudiantes universitarios el 50% que fija la Ley Nº 13406 de la tarifa ordinaria; Estando a lo autorizado por la Alta Direccion; y De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en merito del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar la vigencia del carne universitario 2007, hasta el 30 de septiembre del ano en curso, exhortando a los transportistas del servicio publico MORDAZA e interurbano, a fin de que presten su colaboracion cobrando a los estudiantes universitarios el 50% q u e fija la Ley Nº 13406 de la tarifa ordinaria. Articulo Segundo.- Disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la Institucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente (e) de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General Asamblea Nacional de Rectores 249268-1

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Provincial de Paita
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 347-2008-CG MORDAZA, 5 de setiembre de 2008 VISTO, el Informe Especial N° 180-2008-CG/ORPIEE, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Provincial de Paita, departamento de MORDAZA, por el periodo del 01.Ene.2004 al 31.Dic.2006, incluyendo de ser necesario ejercicios anteriores o posteriores; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica efectuo un Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Paita, orientado a establecer, entre otros, si los recursos municipales se utilizaron conforme a lo establecido por la normativa aplicable y para verificar presuntas irregularidades denunciadas por la ciudadania; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que la administracion municipal designo en el cargo de Procurador Publico Municipal a un profesional que no reunia los requisitos establecidos por la normativa vigente; el mismo que no cumplio con desempenar diligentemente sus funciones ni respeto las normas internas de control de asistencia, siendo que no se desconto la cantidad de S/. 16 480,00 de su remuneracion por faltas injustificadas; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Nombramiento y Aceptacion Indebida de Cargo, Abuso de Autoridad, Incumplimiento de Funciones y Peculado, previstos y penados en los articulos 381º, 376°, 377° y 387° del Codigo Penal, respectivamente;

Prorrogan plazo de vigencia del carne universitario hasta el 30 de setiembre de 2008
COMISION DE COORDINACION INTERUNIVERSITARIA RESOLUCION Nº 768-2008-ANR MORDAZA, 8 de setiembre del 2008 EL PRESIDENTE (e) DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que el carne universitario, documento unico de acreditacion por los estudiantes universitarios, para acogerse al beneficio del 50% que fija la Ley Nº 13406 de la tarifa ordinaria de pasajes en el servicio publico MORDAZA e interurbano, es expedido por la Asamblea Nacional de Rectores, en merito a lo dispuesto por la Ley Nº 26986, previo procesamiento tecnico;

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