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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (11/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de setiembre de 2008 379495 a los aportes reglamentarios, por cuanto no respetó lo observado en la Ordenanza Nº 836-MML. Asimismo, la citada Resolución fue expida bajo la Ordenanza Nº 259-MSS y el Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA; además, se efectuó la aprobación, sin contar con el Dictamen de la Comisión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital, incumpliendo lo establecido en el Decreto de Alcaldía Nº 079; Mediante Resolución Sub-Gerencial Nº 1219-2008- SGLAU-GDU-MSS, de fecha 21 de julio del 2008 (fs. 197 al 204), expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, se resuelve Aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja, del terreno de 4,075.50 m², constituido por el Lote 15 y Sub-Lote 16A, de la Manzana C, de la Parcelación Semi-Rústica “El Derby”, ubicado frente a la Avenida Manuel Olguín esquina con el Jirón La Conquista (antes Calle La Conquista), en el distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con el Nº 052.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 052.02-2008-SGLAU-GDU-MSS; Mediante Informe Nº 219-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 11 de agosto del 2008 (fs. 212 al 214), la División de Revisión de Diseño de esta Subgerencia manifi esta, que la presente Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, del terreno de 4,075.50 m², para Uso Residencial Densidad Baja “RDB”, aprobada por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, mediante Resolución Sub-Gerencial Nº 1219-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 21 de julio del 2008, ha levantado las observaciones que dieron mérito a la Resolución Nº 031-2008-MML-GDU-SPHU, de fecha 13 de febrero del 2008, en consecuencia Cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios, de conformidad a lo establecido en las Ordenanzas Metropolitanas Nº 224-MML(concordante con la Ordenanza Nº 912-MML, Nº 341-MML y Nº 836-MML; Que, mediante Informe Nº 361-2008-MML-GDU-SPHU- AL, de fecha 12 de agosto del 2008 (fs. 215 al 217), el Área Legal de esta Subgerencia señala, que el terreno materia del presente trámite de Habilitación Urbana se encuentra inscrito en la Partida Nº 11494380, del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX – Sede Lima (fs. 03 y 04), a nombre de la CLINICA SAN PABLO S.A.C.; con un área de 4,075.50 m², acreditando en tal sentido su calidad de propietario; Que, de acuerdo a la evaluación técnica y legal, señaladas en los Informes Nº 219-2008-MML-GDU-SPHU-DRD, de fecha 11 de agosto del 2008, de fecha 11 de agosto del 2008 y N° 361-2008-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 12 de agosto del 2008; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079, corresponde a esta Subgerencia Establecer La Conformidad de la Resolución Sub-Gerencial Nº 1219-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 21 de julio del 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño, del Área Legal y de la Asesoría de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Ordenanzas Metropolitanas Nº 224-MML, N° 341-MML, Nº 836-MML, N° 812, N° 916-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DECLARAR LA CONFORMIDAD de la Resolución Sub-Gerencial Nº 1219-2008-SGLAU-GDU-MSS, de fecha 21 de julio del 2008, expedida por la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que resuelve Aprobar los Proyectos referentes a Trazado, Lotización y Pavimentación de aceras, correspondiente a la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Residencial de Densidad Baja, del terreno de 4,075.50 m², constituido por el Lote 15 y Sub-Lote 16A, de la Manzana C, de la Parcelación Semi-Rústica “El Derby”, ubicado frente a la Avenida Manuel Olguín esquina con el Jirón La Conquista (antes Calle La Conquista), en el distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, de acuerdo con los planos signados con el Nº 052.01-2008-SGLAU-GDU-MSS y Nº 052.02-2008-SGLAU-GDU-MSS.Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la CLINICA SAN PABLO S.A.C.; y a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, Ministerio de Educación, SERPAR-LIMA, EMILIMA S.A., Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes Artículo 5°.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMÍREZ DE LA TORRE SubgerenteSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones UrbanasGerencia de Desarrollo Urbano 249215-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Sancionan con cese temporal a ex funcionarios de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 447-2008-MDP/A Pachacámac, 3 de septiembre del 2008 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC, VISTOS:El Informe Nº 002-2008-CEPAD/MDP de fecha 15 de agosto del 2008, formulado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, sobre recomendación de sanción, como consecuencia de las responsabilidades encontradas en el Examen Especial “Operativo de Control a las exoneraciones a los procesos de Selección aprobados en los años 2003 y 2004” (REFORMULADO). CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 363 -2008- MDP/A de fecha 22 de julio del 2008, se instauró proceso administrativo disciplinario contra los ex funcionarios JORGE FERNANDO REVOLLEDO CHÁVEZ, ex Gerente Municipal, CARLOS MAGNO CRUZADO MANTILLA, ex Gerente Municipal, DANILO CABRERA TORRES ex Gerente de Asesoría Jurídica, MARÍA MELVA GARCÍA ATALAYA, ex Gerente de Administración y JUAN FRANCISCO GARCÍA HUA PAYA, ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento; Que, los ex funcionarios procesados a excepción de CARLOS MAGNO CRUZADO MANTILLA, han cumplido con remitir sus descargos de ley, solicitando se declare la prescripción, por los fundamentos que señalan en sus documentos y que son coincidentes; Que, todos los investigados ejercían los principales cargos en la institución, eran funcionarios de absoluta confi anza de la Titular de la Entidad, que no dieron trámite oportuno al inicio de los procesos, que ahora pretenden se archiven, es decir, aprovechando su condición de principales funcionarios de la Entidad, no permitieron ni exigieron que se les investigue y sancione oportunamente; Que, todos señalan que el 26 de agosto del 2005, fue puesto en conocimiento de la Titular de la Entidad el Examen Especial señalado en Vistos, también señalan que recién en marzo del 2006, le fueron requeridos sus descargos de ley, esto es, siete (07) meses después, no se sabe que pasó, no existe ni dejaron documentación alguna Descargado desde www.elperuano.com.pe