NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (11/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 33
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de setiembre de 2008 379483 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 159° incisos 1), 4) y 5) de la Constitución Política del Perú, el Ministerio Público es el defensor de la legalidad y de los intereses públicos tutelados por el derecho, conduce desde su inicio la investigación del delito y es el titular de la acción penal; Que en mérito a lo establecido en el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 052, el Ministerio Público cumple funciones en materia de prevención del delito; Que, la Fiscal de la Nación es responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, siendo uno de sus principales objetivos mejorar el servicio que se brinda a la ciudadanía; Que, para tal efecto resulta necesario adoptar las medidas pertinentes que garanticen la efi ciencia y efi cacia de la función fi scal frente a los hechos relacionados con accidentes de tránsito que afecten la vida y la integridad de las personas; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 002-2008- MP-FN, la cual consta de 07 numerales, que forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución, a los Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, Gerencia General y Observatorio de Criminalidad del Ministerio Público. Regístrese, comuníquese y publíquese.GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 250186-1 UNIVERSIDADES Otorgan remuneraciones compensa- torias por tiempo de servicios a ex servidores administrativos de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 494-2008-UH Huacho, 28 de abril del 2008VISTOS:El Ofi cio Nº 033-2008-URP, de fecha 07 de abril de 2008; copia de las Resoluciones Rectorales Nº 0251-2008-UH, de fecha 03 de marzo de 2008; Nº 0275-2008-UH, de fecha 05 de marzo de 2008; y Nº 0276-2008-UH, de fecha 06 de marzo de 2008; el Proveído Nº 742-2008-OAJL/J/JMJM, de fecha 01 de abril de 2008; los Informes Escalafonarios Nº 124-2008-URE/OP, Nº 125-2008-URE/ OP y Nº 126-2008-URE/OP, todos ellos de fecha 25 de abril de 2008; el Decreto de Rectorado Nº 3819-2008-R- UNJFSC, de fecha de fecha 23 de abril de 2008, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Rectoral Nº 0251-2008- UH, de fecha 03 de marzo de 2008, se dispone Destituir de la Función Pública al Servidor Administrativo FREDY SANDRO RODRÍGUEZ VIGIL, por la comisión de falta administrativa disciplinaria tipifi cada en el literal k) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, consistente en incurrir en inasistencias total injustifi cadas en los períodos comprendidos entre el 01 al 23 de agosto de 2007, del 03 al 17 de setiembre de 2007 y del 08 al 27 de noviembre de 2007; Que, mediante la Resolución Rectoral Nº 0275-2008- UH, de fecha 06 de marzo de 2008, se dispone imponer al Servidor Administrativo ERMANDO BAZALAR MAYTA la sanción de Destitución de la Función Pública por la comisión de falta administrativa tipifi cada en el literal k) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, consistente en haber incurrido en inasistencia total injustifi cada a su centro de labores por el período comprendido entre el 03 de enero al 27 de noviembre de 2007; Que, mediante la Resolución Rectoral Nº 0276-2008- UH, de fecha 05 de marzo de 2008, se dispone imponer a la Servidora Administrativa MARITZA PILAR GRADOS GONZALES la sanción de Destitución por la comisión de falta administrativa tipifi cada en el literal k) del artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, consistente en incurrir en inasistencia total injustifi cada por el período comprendido entre el 05 de febrero al 27 de noviembre de 2007; Que, mediante el Ofi cio Nº 033-2008-URP, de fecha 07 de abril de 2008, el Jefe de la Unidad de Remuneraciones y Pensiones solicita la emisión de acto resolutivo de reconocimiento de compensación por tiempo de servicios de los servidores administrativos cesantes FREDY SANDRO RODRÍGUEZ VIGIL, ERMANDO BAZALAR MAYTA y MARITZA PILAR GRADOS GONZALES, a consecuencia de la conclusión de la relación laboral que se ha producido con los ex servidores anteriormente mencionados; Que, mediante el Proveído Nº 742-2008-OAJL/J/ JMJM, de fecha 01 de abril de 2008, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídico Legal informa que de acuerdo a la normatividad vigente, la culminación de la relación laboral implica necesariamente la liquidación de los benefi cios económicos que les corresponde a los servidores cesantes, previo informe de la Dependencia competente; Que, mediante el Informe Escalafonario Nº 124-2008- URE/OP, de fecha 25 de abril de 2008, el Jefe de la Unidad de Registro y Escalafón informe que la Ex Servidora Administrativa MARITZA PILAR GRADOS GONZALES al 30 de junio de 2007, fecha hasta la cual laboró, acumuló 18 años y 11 meses de tiempo de servicios prestados a la Administración Pública; Que, mediante el Informe Escalafonario Nº 125-2008- URE/OP, de fecha 25 de abril de 2008, el Jefe de la Unidad de Registro y Escalafón informe que el Ex Servidor Administrativo FREDY SANDRO RODRÍGUEZ VIGIL al 31 de Agosto de 2006, fecha hasta la cual laboró, acumuló 15 años y 10 meses de tiempo de servicios prestados a la Administración Pública; Que, mediante el Informe Escalafonario Nº 126- 2008-URE/OP, de fecha 25 de abril de 2008, el Jefe de la Unidad de Registro y Escalafón informe que el Ex Servidor Administrativo ERMANDO BAZALAR MAYTA al 31 de Agosto de 2006, fecha hasta la cual laboró, acumuló 20 años y 01 mes de tiempo de servicios prestados a la Administración Pública; Que, en aplicación de lo preceptuado en el Decreto Legislativo Nº 276, en cuyo artículo 54º preceptúa: “Son benefi cios de los funcionarios y servidores públicos: (...) c) Compensación por Tiempo de Servicios.- Se otorga al momento del cese por el importe del 50% de la remuneración principal para los servidores con menos de 20 años de servicios o de una remuneración principal para los servidores con más de 20 años de servicios por cada año completo o fracción mayor a seis meses y hasta por un máximo de treinta años de servicios (...)”, corresponde que se le otorgue a los Ex Servidores Administrativos FREDY SANDRO RODRÍGUEZ VIGIL, ERMANDO BAZALAR MAYTA y MARITZA PILAR GRADOS GONZALES la remuneración compensatoria por tiempo de servicios de acuerdo al período que han laborado y al monto porcentual establecido en el Decreto Legislativo Nº 276; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes; y, En uso de las atribuciones conferidas por Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad, el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y el Decreto de Rectorado Nº 1958-2008-R-UNJFSC, de fecha 21 de febrero de 2008; SE RESUELVE:Artículo 1º.- OTORGAR a don ERMANDO BAZALAR MAYTA, la Remuneración Compensatoria por Tiempo de Servicios correspondiente a 20 años y 01 mes de servicios prestados a la Administración Pública, equivalente a 20 remuneraciones principales, en mérito a lo establecido en la parte considerativa del presente acto resolutivo.Descargado desde www.elperuano.com.pe