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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (11/09/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de setiembre de 2008 379479 recursos de anchoveta y anchoveta blanca destinada al Consumo Humano Indirecto, con el fi n de mejorar las condiciones para su modernización y efi ciencia, promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, según lo establecido en la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, dicha Ley será reglamentada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de la Producción; Que, el Ministerio de la Producción ha estimado conveniente poner en consideración del público interesado, el contenido del Proyecto de Reglamento de la mencionada Ley, con la fi nalidad de recoger los aportes y sugerencias que permitan perfeccionarla; Con el visado del Viceministro de Pesquería y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano a efectos de poner en conocimiento del público, que en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), se encuentra disponible el texto del Proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación. Artículo 2º.- El Proyecto de Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, se encontrará disponible por el plazo de diez (10) días calendario, contados desde la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. Durante el plazo indicado, el público interesado podrá presentar comentarios, observaciones y/o sugerencias por vía electrónica a la siguiente dirección: limites@produce.gob.pe o por escrito a la dirección: Calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Corpac, San Isidro, debiendo dirigirse a la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 250383-1 RELACIONES EXTERIORES Modifican R.M. Nº 0780-2008-RE mediante la cual se autorizó viaje de funcionaria diplomática al Reino de Bélgica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1058-2008-RE Lima, 4 de setiembre de 2008 Vista la Resolución Ministerial Nº 0780-2008-RE, de 20 de junio de 2008, mediante la cual se autorizó el viaje a la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Silvia Elena Alfaro Espinosa, Directora General de la Comunidad Sudamericana y de la Comunidad Andina de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores ante la Coordinación y Vocería Nacional de las negociaciones del grupo de trabajo de Comercio para un Acuerdo de Asociación CAN-UE, que se realizó del 26 al 27 de junio de 2008; CONSIDERANDO:Que, estando prevista la participación de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Silvia Elena Alfaro Espinosa en la IV Ronda de Negociaciones CAN-UE, del 07 al 11 de julio de 2008, el pasaje de la mencionada funcionaria diplomática se emitió comprendiendo esta reunión; Que, mediante Nota Verbal de 30 de junio de 2008, la Comisión Europea comunicó que la reunión se postergaba debido a que la Comunidad Andina no pudo trasmitir a tiempo posiciones comunes, por lo que la estadía de la Ministra en el Servicio Diplomático de la República Silvia Elena Alfaro Espinosa, en la ciudad de Bruselas devino en innecesaria, teniendo que adelantar su retorno; Que, dicho cambio de fecha originó el desembolso de una suma de ciento setenta y cinco y 00/100 dólares americanos (US$ 175.00) los mismos que deben incluirse al valor del pasaje del viaje autorizado por la Resolución Ministerial Nº 0780-2008-RE, de 20 de junio de 2008; Teniendo en cuenta el Memorándum (SAE) Nº 0391/2008, de 01 de julio de 2008, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos; su modifi catoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes ofi ciales al exterior de funcionarios y servidores públicos se realicen en clase económica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; la Resolución Ministerial Nº 170-2006-RE, que declara de interés nacional la realización en el Perú de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de ALC-UE; la Resolución Suprema Nº 087-2007-RE, y su modifi catoria la Resolución Suprema Nº 245-2007-RE, que establecen la Comisión de Alto Nivel responsable de la Organización y Celebración de la V Cumbre ALC-UE; el literal ii) del inciso a) de la Sétima Disposición Final de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, que exceptúa de las medidas de austeridad a los eventos programados de la V Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de ALC-UE; y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Modifi car el importe de los pasajes consignado en el cuadro de gastos contenido en el artículo segundo de la Resolución Ministerial Nº 0780-2008-RE, de 20 de junio de 2008, para que el monto del mismo sea por el de dos mil seiscientos ochenta y 80/100 dólares americanos (US$ 2,680.80) monto que resulta de la suma de US$ 2,505.80 del pasaje inicial más US$ 175.00 de la penalidad. Artículo Segundo.- Dejar subsistente en todos los demás términos la Resolución Ministerial Nº 0780-2008-RE, de 20 de junio de 2008. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 250084-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1065-2008-RE Lima, 5 de setiembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, por iniciativa del señor Presidente de la República, el Ministerio de Relaciones Exteriores viene organizando el Megaevento del Perú en la ciudad de San Pablo, República Federativa del Brasil, denominado Descargado desde www.elperuano.com.pe