NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (11/09/2008)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 11 de setiembre de 2008 379488 Inmuebles del Instituto Nacional de Salud”, por la causal de desabastecimiento inminente establecida en el literal c) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para lo cual ha tenido en consideración: i) el hecho de la interposición de un Recurso de Apelación en el proceso de selección en trámite para la prestación del servicio cuya exoneración se está requiriendo y que se encuentra en trámite desde el 25 de julio de 2008 ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, lo que constituye un hecho imprevisible y extraordinario que origina la ausencia de un servicio esencial que venían prestándose al generarse el agotamiento del plazo de exoneración autorizado mediante la Resolución Jefatural Nº 269-2008- J-OPD/INS y el vencimiento del Contrato suscrito al amparo de dicha exoneración, el mismo que no puede ser objeto de prórroga; Que, asimismo, señala que al no haber concluido el proceso de selección correspondiente al Concurso Público Nº 003-2008-OPD/INS, su segunda convocatoria para la contratación del “Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud”, se estaría comprometiendo nuevamente, de manera inminente y directa la continuidad de la prestación de dicho servicio en el Instituto Nacional de Salud en sus diferentes sedes, lo que impediría que la Entidad pudiera continuar con el desarrollo de sus funciones, actividades y/u operaciones encomendadas por ley (promover, desarrollar y difundir la investigación científi ca tecnológica y servicios de salud en los campos de la salud pública, el control de las enfermedades transmisibles y no transmisibles, la producción de biológico, control de calidad de alimentos, productos farmacéuticos y afi nes, la salud ocupacional, protección del medio ambiente, la interculturalidad en la gestión en salud y el ejercicio pleno de la rectoría en los aspectos de nutrición) y por ello poniendo en peligro la salud pública por la envergadura de las funciones de de investigación que presta, causando un perjuicio al propio Instituto y por tanto al Estado al poner en riesgo la salud pública del personal que labora en la Entidad, así como la del público en general; razón por la cual es necesario contar con el servicio de limpieza de manera ininterrumpida y sobre todo efi ciente; todo lo cual se encuentra en riesgo con el referido desabastecimiento del mismo; razones por las cuales se ha confi gurado la situación de desabastecimiento inminente a la que alude el artículo 19º literal c) del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo que resulta procedente y necesaria la exoneración del proceso de selección correspondiente, por dicha causal, únicamente por el tiempo necesario para resolver la situación generada, el cual se ha estimado en noventa (90) días o hasta que se suscriba el contrato derivado del Concurso Público Nº 003-2008-OPD/INS en segunda convocatoria, lo que suceda primero y por el monto ascendente a S/. 134,873.10 (Ciento Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Setenta y Tres y 10/100 Nuevos Soles) con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios; Que, fi nalmente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado es necesario disponer, bajo sanción de nulidad, el inicio de las medidas conducentes al establecimiento de las responsabilidades administrativas, civiles y/o penales de los funcionarios o servidores públicos involucrados, con la investigación pertinente al caso; Que, estando a los Informes técnico y legal precedentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y los artículos 146º, 147º y 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM; Con la visación de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina Ejecutiva de Logística y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; En uso de las atribuciones establecidas en el Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar en desabastecimiento inminente el “Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud”, por el plazo máximo de noventa (90) días calendario o hasta que se suscriba el contrato derivado del Concurso Público Nº 003-2008-OPD/INS, segunda convocatoria, o lo que ocurra primero, de conformidad con el artículo 19º literal c) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el artículo 141º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Exonerar del proceso de selección correspondiente para la contratación del “Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud”, por un monto de S/. 134,873.10 (Ciento Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Setenta y Tres y 10/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley, siendo su fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios. Artículo 3º.- Designar a la Ofi cina Ejecutiva de Logística de la Ofi cina General de Administración para realizar la contratación del servicio señalado en los artículos precedentes, de acuerdo al monto especifi cado y mediante acciones inmediatas. Artículo 4º.- Disponer que el Órgano de Control Institucional participe como veedor en las acciones dispuestas en el artículo 3º de la presente Resolución. Artículo 5º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE, por la Ofi cina General de Administración, así como su publicación en el Portal del Instituto Nacional de Salud: www.ins.gob.pe, por la Ofi cina General de Información y Sistemas, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como la remisión de una copia de la misma y los informes que la sustentan al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo 7º.- Disponer el inicio de las acciones administrativas tendientes a la determinación de las responsabilidades administrativas que hubiere lugar como consecuencia de la tramitación del presente procedimiento de exoneración, de conformidad con lo establecido en el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo 8º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Ofi cina General de Administración, Ofi cina Ejecutiva de Logística, Subjefatura y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese,RUBEN DARÍO ESPINOZA CARRILLO Jefe del Instituto Nacional de Salud (e) 249959-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS Aprueban Lineamientos de Política en materia de Transportes y Comunicaciones de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones para la certificación y transferencia de funciones del período 2007 - 2008 (Se publica la Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de Amazonas mediante Ofi cio Nº 582-2008-G.R.A./ORAD, recibido el 9 de setiembre de 2008) ORDENANZA REGIONAL Nº 205 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNOREGIONAL AMAZONASDescargado desde www.elperuano.com.pe