Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2008 (11/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, jueves 11 de setiembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Visto el Expediente Nº 00024994-08; el Informe Nº 171 y 180-2008-DG-OGA/INS de 29 de agosto de 2008 y 05 de setiembre de 2008 de la Oficina General de Administracion, el Informe Tecnico Nº 634-2008-OEL-OGA/INS de 26 de agosto de 2008 de la Oficina Ejecutiva de Logistica, el Informe Nº 201-2008-OGAJ/INS de 04 de setiembre de 2008 de la Oficina General de Asesoria Juridica y el Memorando Nº 309-2008-DE-OEPPI-OGAT/INS de 03 de setiembre de 2008 de la Oficina Ejecutiva de Planificacion y Presupuesto de la Oficina General de Asesoria Tecnica por los cuales se solicita se declare el desabastecimiento inminente del "Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud" a traves de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente. CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Nacional de Salud como Organismo Publico Ejecutor del Sector Salud, requiere la provision de bienes y servicios que aseguren el logro de los objetivos programados para el presente ejercicio presupuestal; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 019-2008-JOPD/INS de 18 de enero de 2007, fue aprobado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Salud para el presente ejercicio presupuestal, en el cual se incluyo el Concurso Publico Nº 003-2008OPD/INS, primera convocatoria para la contratacion del "Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud" el mismo que fue convocado el 13 de marzo de 2008; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 160-2008J-OPD/INS de 04 de MORDAZA de 2008, se declaro el desabastecimiento inminente del "Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud" autorizandose la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por un plazo de sesenta (60) dias calendario o hasta que se suscriba el Contrato derivado del Concurso Publico Nº 003-2008-OPD/INS, en tramite y por un monto de Ciento Seis Mil Quinientos Setenta y Nueve con 12/100 Nuevos Soles (S/. 106,569.12) en razon de: i) la culminacion del Contrato correspondiente a la prestacion del servicio durante el ejercicio presupuestal 2007 y su contratacion complementaria; ii) la nulidad de las Adjudicaciones de Menor Cuantia Nºs. 090, 091, 092 y 093-2008-OPD/INS por contravencion a las normas legales y; iii) por encontrarse tramitando el MORDAZA de seleccion correspondiente a la prestacion del servicio para el ejercicio presupuestal 2008, habiendose previsto el otorgamiento de la buena pro para el 17 de MORDAZA de 2008 y iv) disponiendose el inicio de las acciones administrativas tendientes a la determinacion de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar de conformidad con lo establecido en el articulo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con fecha 17 de MORDAZA del 2008, el Concurso Publico Nº 003-2008-OPD/INS, primera convocatoria para la contratacion del "Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud" fue declarado desierto; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 269-2008-JOPE/INS de 06 de junio de 2008 se declaro nuevamente el desabastecimiento inminente del referido servicio, autorizandose la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente por un plazo de noventa (90) dias calendario o hasta que se suscriba el Contrato derivado del Concurso Publico Nº 003-2008-OPD/INS y por un monto de Ciento Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Setenta y Tres con 10/100 Nuevos Soles (S/. 134,873.10) culminando la ejecucion del Contrato respectivo, derivado de la exoneracion autorizada, el 06 de setiembre de 2008; disponiendose el inicio de las acciones administrativas tendientes a la determinacion de las responsabilidades administrativas a que hubiere lugar de conformidad con lo establecido en el articulo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, con fecha 12 de junio de 2008, se convoco el Concurso Publico Nº 003-2008-OPD/INS, primera convocatoria para la contratacion del "Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud", MORDAZA convocatoria, habiendose otorgado la buena pro el 15 de MORDAZA de 2008; Que, la Oficina Ejecutiva de Logistica mediante el Informe Tecnico de visto comunica que de la revision al Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE se ha verificado que a la fecha se viene tramitando un Recurso de Apelacion interpuesto ante el

Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en el Concurso Publico Nº 003-2008-OPD-INS para la Contratacion del "Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud" y como consecuencia del cual se encuentra suspendida la ejecucion de dicho MORDAZA de seleccion motivando por tercera vez consecutiva la tramitacion de una exoneracion por desabastecimiento inminente y la necesidad de continuar contando con el servicio de manera excepcional, teniendo en cuenta que el Contrato Nº 031-2008-OPE/INS suscrito el 06 de junio de 2008 como consecuencia de la exoneracion del referido MORDAZA de seleccion autorizada mediante Resolucion Jefatural Nº 269-2008-J-OPE/INS vence el 06 de setiembre de 2008; Que, asimismo senala que el vencimiento del referido Contrato pone en riesgo la integridad fisica de los trabajadores del Instituto Nacional de Salud por la naturaleza de las actividades que realizan en sus laboratorios, asi como los bienes muebles y equipos, lo que motivaria su deterioro innecesario por falta de limpieza; del mismo modo los servicios higienicos pueden constituirse en potenciales focos de enfermedades infectocontagiosas, situacion que precisa, se ha generado por la demora en el pronunciamiento por parte del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado por lo que la institucion se encuentra frente a un caso de desabastecimiento inminente siendo necesario declarar la exoneracion del MORDAZA de seleccion a fin de contratar oportunamente dicho servicio mientras se concluye con el MORDAZA de seleccion principal conforme a lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado por un plazo de 90 por un plazo de 90 dias calendario o hasta que concluya el Concurso Publico N. 003-2008-OPD/INS o se agote el monto estimado ascendente a S/. 134,873.10 (Ciento Treinta y Cuatro Mil Ochocientos Setenta y Tres y 10/100 Nuevos Soles, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, finalmente, mediante Informe Nº 171-2008-DGOGA/INS la Oficina General de Administracion ratifica el contenido del Informe elevado por la Oficina Ejecutiva de Logistica solicitando se declare el desabastecimiento inminente del "Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e Inmuebles del Instituto Nacional de Salud" y se autorice la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente recomendando que sea la Oficina Ejecutiva de Logistica quien se encargue de la tramitacion y ejecucion de las acciones inmediatas derivadas de la exoneracion; Que, conforme a lo expuesto, el articulo 19º literal c) del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas del MORDAZA de seleccion correspondiente, aquellas contrataciones que se realicen en situacion de emergencia o de desabastecimiento inminente; Que, el articulo 21º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. 083-2004-PCM en concordancia con el articulo 141º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 084-2004PCM sobre la adquisicion o contratacion en situacion de desabastecimiento inminente senala que "(...) se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial." Asimismo que "la necesidad de los bienes, servicios u obras debe ser actual y urgente para atender los requerimientos inmediatos (...)"; Que, de acuerdo a dichas normas, para proceder a la exoneracion de un MORDAZA de seleccion por la causal establecida en el articulo 19º literal c) del T.U.O. de la Ley Nº 26850 es necesario que se verifique que: i) se trata de una situacion extraordinaria e imprevisible; ii) que la ausencia del bien o servicio comprometa en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; ii) que se trata de una necesidad actual y urgente; Que, teniendo en cuenta dichas disposiciones se tiene que, conforme al Informe Tecnico de la referencia, elaborado por la Oficina Ejecutiva de Logistica, la Oficina General de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 201-2008OGAJ/INS opina por la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la contratacion del "Servicio de Limpieza de los Bienes Muebles e

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