NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (16/09/2008)
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TEXTO PAGINA: 28
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de setiembre de 2008 379782 Documentario y Archivo, en calidad de encargada de celebrar los matrimonios civiles, señala que constantemente reciben las inquietudes de vecinos del distrito que desean saber cuando se celebrará un matrimonio comunitario, considerando que en el presente año no se ha efectuado ninguno y que en el año anterior se efectuó un solo matrimonio comunitario en el mes de Diciembre como una de las actividades por el aniversario del distrito, teniendo una participación de 340 parejas, considera conveniente que nuevamente se efectúe la celebración de un matrimonio civil comunitario para el mes de Diciembre del presente año, estimando la participación de 500 parejas de contrayentes, captación que se efectuaría a partir del mes de Setiembre, adjuntando para tal efecto el presupuesto que asciende a S/. 105,830.00 Nuevos Soles; Que, con Informe Nº 043-2008-UPRE-OPP-MSS del 31.07.2008, la Unidad de Presupuesto con el VºBº de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, señala que la celebración del Matrimonio Civil Masivo propuesta por la Unidad de Trámite Documentario y Archivo es procedente, al contar con cobertura presupuestal; Que, mediante Informe Nº 282-2008-UTDA-SG- MSS de fecha 04.08.2008, la Unidad de Trámite Documentario y Archivo indica que, el costo mínimo ordinario por matrimonio civil asciende a S/. 436.60.00 Nuevos Soles y que la propuesta presentada considera el costo tentativo por matrimonio civil comunitario de S/. 100.00 Nuevos Soles, por lo que teniendo en cuenta lo establecido en el Artículo 9º numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 “Corresponde al Concejo Municipal: Crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a Ley”, considera que resulta necesario que se ponga para aprobación del Concejo la celebración del Matrimonio Civil Comunitario y la tasa a cobrar por el mismo, a un menor costo que el establecido en el TUPA vigente, debiendo mantenerse los requisitos señalados en dicha norma. Asimismo, señala que la fi nalidad del matrimonio comunitario es la de regularizar las uniones de hecho ya existentes y también disminuir los costos en los que incurrirían los contrayentes; Que, con el Informe Nº 791-2008-OAJ-MSS del 07.08.2008, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, señala que conforme al Artículo 4º de la Constitución Política del Estado, la propuesta de Ordenanza presentada por la Unidad de Trámite Documentario y Archivo resulta compatible con las funciones que desarrolla el Gobierno Local como parte del Estado, toda vez que la celebración del Matrimonio Civil Comunitario permitirá la formalización de las uniones de hecho existentes, facilitando el procedimiento del Matrimonio Civil, disminuyendo el costo de dicho procedimiento, además la propuesta presentada cuenta con la cobertura presupuestal correspondiente conforme indica la Unidad de Presupuesto en el Informe Nº 043-2008-UPRE-OPP-MSS del 31.07.2008, concluye opinando por la procedencia de la propuesta de Ordenanza sobre celebración del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse en el distrito en el marco de las actividades celebratorias del Septuagésimo Noveno Aniversario del distrito, recomendando se eleve la misma ante el Concejo Municipal para su aprobación conforme a sus atribuciones establecidas. Estando al Dictamen Conjunto Nº 033-2008-CGM- MSS, de la Comisión de Gestión Municipal y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 791-2008-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA:Artículo Primero.- AUTORIZAR al Señor Alcalde a la celebración del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, el día 13 de diciembre del 2008, en el marco de las actividades celebratorias del Septuagésimo Noveno Aniversario de la creación Política del Distrito de Santiago de Surco. Artículo Segundo.- ESTABLECER como pago único por derecho de trámite la suma de Cien y 00/100 Nuevos Soles (S/. 100.00), por Acta Matrimonial. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía reglamente los demás requisitos exigidos por ley. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General y a la Ofi cina de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza. Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 251679-1 Autorizan viaje del Alcalde y funcionarios a Italia para participar en el Seminario Final del Proyecto DESURBAL ACUERDO DE CONCEJO Nº 101-2008- ACSS Santiago de Surco, 10 de setiembre del 2008EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el Memorando Nº 1367-2008-GM-MSS de la Gerencia Municipal, Memorándum Nº 146-2008-A-MSS de Alcaldía, el Informe Nº 108-2008-GOP/MSS de la Gerencia de Obras Públicas, el Informe Nº 023-2008-ACRV-GOP-MSS de la Coordinadora de Convenios de la Gerencia de Obras Públicas, el Informe Nº 922-2008-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, sobre la autorización de viaje del señor Alcalde, el señor Secretario General y el Gerente de Obras Públicas de esta Comuna, en atención a la invitación del Asesor de Políticas Europeas de COMUNE DI AREZZO a participar en el Seminario Final del Proyecto DESURBAL, a realizarse en la Ciudad de Arezzo, Italia, durante los días 12 al 18 de octubre del 2008; y CONSIDERANDO: Que, mediante Informes Nros. 022 y 023-2008- ACRV-GOP/MSS, de la Coordinadora de Convenios de la Gerencia de Obras Públicas, informa que esta Comuna ha recibido la invitación cursada por el Asesor de Políticas Europeas de COMUNE DI AREZZO para participar en el Seminario Final del Proyecto DESURBAL: “Implementación de estrategias de comunicación /sensibilización y realización de actividades piloto para mejorar el impacto de la gestión de los desechos sólidos urbanos en términos de reducción de gastos socio – económicos y de respeto por el medio ambiente” en su calidad de socia del indicado proyecto, a realizarse en la Ciudad de Arezzo - Italia, los días 12 al 18 de octubre del presente año, para el señor Alcalde y 02 funcionarios; recomendándose el viaje del señor Alcalde el día 09.10.08 y de los señores Funcionarios el día 11.10.08, fi jando como fecha de regreso para la delegación el día 19.10.08; Que, mediante Memorándum N° 146-2008-A- MSS, de fecha 08.09.08, el señor Alcalde sugiere su participación, la del Secretario General y del Gerente de Obras Públicas como representantes de la Municipalidad de Santiago de Surco a dicho evento, debido a la importancia del tema; Que, el viaje del señor Alcalde y de los funcionarios en representación de la Municipalidad no irrogaría gastos a la Municipalidad al ser cubiertos por la indicada institución, conforme la comunicación Prot.n.46513-A.02/17/08 de Descargado desde www.elperuano.com.pe