Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2008 (18/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 18 de setiembre de 2008

documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 6. PROMEDON S.A. Mediante Resolucion N° 23112008-TC-S3 de 19.08.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2096-2008-TC-S3 de 24.07.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 7. AIRCRAFT SERVICE SKORPIO E.I.R.L. Mediante Resolucion N° 2316-2008-TC-S3 de 19.08.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2111-2008-TCS3 de 25.07.2008, que le sanciona con diez (10) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 8. LLANTAS Y TRACTORES S.A.C. Inhabilitacion por ocho (08) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion de la orden de compra por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2326-2008-TCS3 de 20.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 9. INSTITUTO DE GERENCIA INTERCONTINENTAL IGC S.A.C. S.A. Mediante Resolucion N° 2339-2008TC-S3 de 21.08.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2115-2008-TC-S3 de 25.07.2008, que le sanciona con seis (06) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por participar en un MORDAZA de seleccion, sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores, infraccion tipificada en el numeral 5) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 10. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUENO. Inhabilitacion por tres (03) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, segun Resolucion Nº 2340-2008-TC-S3 de 21.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 11. CONTRATISTA Y CONSULTORA ECHAPROJECT E.I.R.L. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2345-2008-TCS3 de 21.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 12. MICRO ADVANCE COMPUTER S.A. Mediante Resolucion N° 2360-2008-TC-S3 de 22.08.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2095-2008-TCS3 de 24.07.2008, que le sanciona con seis (06) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado

documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 13. COMPANIA DE SERVICIOS COSMOS S.A. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2377-2008-TCS3 de 25.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 14. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MERINO. Mediante Resolucion N° 2389-2008-TC-S3 de 26.08.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada proveedora contra la Resolucion N° 2165-2008TC-S3 de 30.07.2008, que le sanciona con ocho (08) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 15. RONAL MORDAZA MORDAZA CARHUAMACA. Inhabilitacion por seis (06) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, infraccion tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2406-2008-TC-S3 de 26.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 16. CEREALES DEL HUALLAGA S.A.C. Mediante Resolucion N° 2410-2008-TC-S3 de 27.08.2008, se declaro infundado el recurso de reconsideracion presentado por la indicada empresa contra la Resolucion N° 2168-2008TC-S3 de 30.07.2008, que le sanciona con dieciocho (18) meses de inhabilitacion en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no haber mantenido su oferta hasta el otorgamiento de la buena pro, causal tipificada en el numeral 1) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 17. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA S.A.C. Inhabilitacion por doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2442-2008-TCS3 de 29.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 18. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RODRIGUEZ. Inhabilitacion por diez (10) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber presentado documentos falsos o informacion inexacta durante su tramite de renovacion de inscripcion como ejecutor de obras ante el Registro Nacional de Proveedores, causal tipificada en el numeral 10) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 2451-2008-TC-S3 de 29.08.2008, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de publicada la indicada resolucion. 19. MORDAZA MORDAZA BENITES. Inhabilitacion por quince (15) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por no mantener su oferta hasta la suscripcion del contrato a pesar de haber resultado ganador de la buena pro, causal tipificada en el

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