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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2008 (27/09/2008)

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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de setiembre de 2008 380426 - Un (01) representante de la Gerencia Regional de Salud. - Un (01) representante de la Gerencia Regional de Agricultura. - Un (01) representante del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC. - Un (01) representante del Proyecto Especial Jequetepeque – Zaña (PEJEZA). - Un (01) representante de la Empresa de Saneamiento y alcantarillado de La Libertad (SEDALIB). La Comisión Técnica Regional de Conservación Y Uso Sostenible de los Recursos Hídricos de la Región La Libertad, con la aprobación de la mayoría simple de sus integrantes, podrá incorporar otras instituciones si consideran importante la participación y aporte de las mismas. Artículo Cuarto.- La Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional La Libertad, es responsable del estricto cumplimiento de la presente ordenanza y de la coordinación general del proceso. Artículo Quinto.- Luego de la instalación de la Comisión Técnica Regional de Conservación Y Uso Sostenible de los Recursos Hídricos de la Región La Libertad; se aprobará el reglamento de funcionamiento interno en un plazo no mayor de 15 días de instalada. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los catorce días del mes de Julio del año dos mil ocho. CARLOS ANTONIO ALVAREZ CHAVEZ Consejero Delegado AL SEÑOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR TANTO:Mando se publique, registre y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional La Libertad a los catorce días del mes de julio del año dos mil ocho. JOSE H. MURGIA ZANNIER Presidente Regional 256607-7 Aprueban modificación de la Estructura Orgánica del Gobierno Regional La Libertad y Organigrama Estructural ORDENANZA REGIONAL Nº 023-2008-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTADEl Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre descentralización, Ley Nº 27680; Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27687, sus modifi catorias Ley Nº 27902 y demás normas complementarias. VISTO:En Sesión Extraordinaria de fecha 14 de julio del año 2008, la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial relativa a la modifi cación de la Estructura Orgánica contenida en el Organigrama Estructural vigente del Gobierno Regional La Libertad; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ordenanza Regional Nº 030-2007- GRLL/CR, de fecha 19 de diciembre del año 2007, se aprobó la Modifi cación de la Estructura Orgánica del Gobierno Regional La Libertad. Que, en la Estructura Orgánica del Gobierno Regional La Libertad, representada gráfi camente en el Organigrama Estructural, la denominación y el nivel organizacional de los órganos de línea (gerencias sectoriales), no guarda concordancia con las competencias, funciones y atribuciones que les corresponde realizar en el ámbito regional acorde con la normatividad legal vigente y tampoco se precisa la categoría remunerativa de los titulares de cada una de ellas. Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2002- Vivienda, de fecha 6 de setiembre del año 2002, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en cuyo Artículo 34º estipula que Vivienda cuenta con órganos desconcentrados en el ámbito nacional, con el objeto de contribuir al proceso de descentralización del país, los cuales desarrollan sus funciones y competencias de acuerdo al avance gradual del referido proceso. Asimismo, las competencias, funciones y su ámbito de acción, se desarrollan de acuerdo a las disposiciones que para el efecto emite el Ministerio. Que, la Resolución de Contraloría General Nº 114- 2003-CG, aprueba el Reglamento de los Órganos de Control Institucional, denominación equivalente al término de Órgano de Auditoría Interna, señalado en el Artículo 17º de la Ley Nº 27785. Que, la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, establece el marco legal de los actos de ejecución coactiva que corresponde a todas las entidades de la Administración Pública. Que, mediante Ordenanzas Regionales Nºs. 007 y 012-2007-CR/RLL, de fechas 20 de abril y 30 de octubre del año 2007, se crean el Consejo Participativo Regional de Educación La Libertad (COPARE - La Libertad) y el Consejo de Coordinación Regional de la Juventud de la Región La Libertad, respectivamente. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 003-2008- CR/RLL, de fecha 12 de febrero del año 2008, se crea el Consejo Regional del Patrimonio e Identidad Cultural de la Región La Libertad (CORPIC-LL). Que, es conveniente que las instituciones públicas presentes en cada una de las provincias de la Región La Libertad, constituyan alianzas estratégicas sectoriales con el objeto de coadyuvar al desarrollo de las mismas y por ende a erradicar paulatinamente la extrema pobreza existente; motivo por el cuál es necesario reforzar su denominación por el rol a cumplir. Que, el PROIND -Trujillo debe coadyuvar a propiciar el desarrollo de la micro y pequeña empresa industrial de la Región La Libertad, motivo por el cual es conveniente cambiar su denominación. Que, recientemente por Decreto Legislativo Nº 1013, se aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, organismo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente, y tiene entre sus funciones específi cas dirigir el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental. Que, es necesario modifi car la actual Estructura Orgánica y consiguiente Organigrama Estructural del Gobierno Regional La Libertad acorde con la normatividad legal vigente, para la correcta formalización de la institución a través de sus documentos de gestión institucional y por ende para la acertada toma de decisiones y buena marcha de la gestión institucional; Que, estando a lo dispuesto y aprobado por el Pleno en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, en ejercicio de las atribuciones que le confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, Modifi cada por la Ley Nº 27902 y Ley Nº 29053. Descargado desde www.elperuano.com.pe