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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (23/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de abril de 2009 394864 Que, el artículo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, con Resolución Viceministerial Nº 081-2004- MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 484- 2005-MTC/03 y ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de Ucayali; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 617-2009- MTC/28, propone la incorporación a la Resolución Viceministerial Nº 081-2004-MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 484-2005-MTC/03 y ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03 de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) de las localidades de Alexander Von Humboldt y Monte Alegre-Neshuya, del departamento de Ucayali; Que, asimismo, la citada Dirección General señala que, en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358- 2003-MTC/03 y sus modifi catorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución Viceministerial Nº 081-2004-MTC/03, modifi cada por Resolución Viceministerial Nº 484-2005-MTC/03 y ratifi cada con Resolución Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del servicio de radiodifusión sonora en frecuencia modulada (FM) del departamento de Ucayali, a fi n de incorporar a las localidades de Alexander Von Humboldt y Monte Alegre-Neshuya; conforme se indica a continuación: Localidad: ALEXANDER VON HUMBOLDT Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 212 90.3 236 95.1 252 98.3 260 99.9 276 103.1 288 105.5 Total de canales : 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Localidad : MONTE ALEGRE-NESHUYA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frecuencia (MHz) 208 89.5 220 91.9 224 92.7 248 97.5 272 102.3 284 104.7 Total de canales : 6 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modifi cación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS CUBA HIDALGO Viceministro de Comunicaciones 338610-1 Autorizan a Ahorro Gas S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular en local ubicado en el distrito de Villa El Salvador, provincia de Lima RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1336-2009-MTC/15 Lima, 25 de marzo de 2009 VISTOS: El Parte Diario registrado N° 020120 y el Expediente N° 2009-006077 de fechas 16 de febrero del 2009 y 11 de marzo del 2009 respectivamente, presentados por AHORRO GAS S.A.C., mediante los cuales solicita autorización como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV; y, CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15, sobre “Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversión a Gas Natural es el establecimiento autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 259-2009-MTC/15.03 de la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada mediante el Parte Diario registrado con N° 020120 y Expediente N° 2009-006077 de fechas 16 de febrero del 2009 y 11 de marzo del 2009, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 001- 2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a la empresa AHORRO GAS S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV para la instalación del kit de conversión correspondiente; De conformidad con la Ley 27791 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181 Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional de Vehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modifi catorias; y, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certifi cadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modifi cada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006- MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa AHORRO GAS S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, para la instalación del kit de conversión correspondiente, en