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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de abril de 2009 394877 Artículo 7º.- Transcribir la presente resolución al CrediScotia Financiera S.A., en su calidad de emisor; a Scotiabank Perú, en calidad de entidad estructuradora; a Scotia Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; al Banco de Crédito del Perú, en su condición de representante de los obligacionistas; a Cavali S.A. ICLV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. YVONKA HURTADO CRUZ Directora de Emisores Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores 334452-1 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA Autorizan ejecución de la Encuesta “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas 2009” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 088-2009-INEI Lima, 25 de marzo del 2009 Visto el Ofi cio Nº 213-2009-PRODUCE/OGTIE-Oe, de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, solicitando autorización para la ejecución de la “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas 2009” – EMGAHM. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”, el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística y tiene entre sus funciones: normar, supervisar y evaluar los métodos, procedimientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órganos del Sistema para la producción de las Estadísticas Ofi ciales del país; Que, la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, con la fi nalidad de obtener información básica sobre el desenvolvimiento de las ventas, empleo e inventarios de los grandes almacenes e hipermercados minoristas, ha programado la ejecución de la referida encuesta con periodicidad mensual, que tendrá una cobertura geográfi ca a nivel nacional; Que, resulta necesario autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas 2009”, dirigida a una muestra de 432 establecimientos comerciales a nivel nacional, así como aprobar los formularios respectivos y fi jar el plazo máximo de la entrega de la información solicitada; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Sub - Jefatura de Estadística y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la Encuesta “Estadística Mensual de Grandes Almacenes e Hipermercados Minoristas 2009”, que será ejecutada por la Ofi cina de Estadística de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción-OGTIE ; y que es dirigida a una muestra de 432 establecimientos comerciales a nivel nacional, cuya relación se encuentra publicada en el Portal del Ministerio de la Producción htpp://www.produce.gob.pe las cuales deben cumplir por lo menos con una de las siguientes características: tener ventas anuales mayores o iguales a seis (6) millones de nuevos soles y contar con personal ocupado mayor o igual a 200 personas. Artículo 2º.- Aprobar el formulario correspondiente de la mencionada Encuesta, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas obligadas a presentar la información requerida, podrán obtener el Formulario físico y/o electrónico a través de tres opciones: • Acudir a la Ofi cina General de Tecnología de la Información, Piso 6, del Ministerio de la Producción, ubicado en calle Uno Oeste Nº 060-Urb. Córpac - San Isidro, Lima y en el resto del país, en las Direcciones Regionales de la Producción. • Vía Internet, obteniendo el formato electrónico previa solicitud de la clave de acceso para ingresar al registro electrónico. • Vía correo electrónico, dirigido a la siguiente dirección: est_manufactura@produce.gob.pe. Artículo 4º.- El método de recolección utilizado es el autoempadronamiento, debiendo las personas jurídicas y naturales solicitar a la OGTIE la respectiva CLAVE de ACCESO para ingresar al registro electrónico a través del Portal Institucional donde se encuentran los formularios, los mismos que debidamente absueltos deberán ser remitidos a la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística del Ministerio de la Producción, a más tardar en el quinto (05) día calendario de fi nalizado el mes que se informa. Artículo 5º.- Las personas naturales y jurídicas a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, que incumplan con la presentación del formulario en el plazo y términos indicados, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 90º del D. S. Nº 043- 2001-PCM. Regístrese y comuníquese. RENÁN QUISPE LLANOS Jefe 338714-1 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen conformación de la Cuarta Sala Contencioso Administrativo de Lima y designan jueces provisional y suplente CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA Presidencia Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 228-2009-P-CSJLI/PJ Lima, 20 de abril del 2009