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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (25/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de abril de 2009 394985 hasta por la suma de DOCE MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL CIENTO CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 12 172 104,00), de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (En Nuevos Soles) SECCIÓN PRIMERA GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 004 Programa Agua Para Todos FUNCION 18 Saneamiento PROGRAMA FUNCIONAL 016 Gestión de Riesgos y Emergencias SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0035 Prevención de Desastres ACTIVIDAD 1.029434 Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción. FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 Donaciones y Transferencias GASTOS DE CAPITAL 4. Donaciones y Transferencias S/.12 172 104,00 ----------------------- TOTAL S/.12 172 104,00 ============= A LA: SECCIÓN SEGUNDA INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 Donaciones y Transferencias GASTOS DE CAPITAL (En Nuevos Soles) 4. Donaciones y Transferencias S/.12 172 104,00 ----------------------- TOTAL S/.12 172 104,00 ============= La transferencia de partidas autorizada por el presente Decreto Supremo será destinada exclusivamente para el fi nanciamiento de los proyectos señalados en el Anexo I que forma parte de la presente norma, el cual detalla los Pliegos habilitados y el monto de la transferencia presupuestal para cada proyecto. Artículo 2°.- Autoriza Transferencia Financiera Autorízase una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, a favor de la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A. - EMAPA CAÑETE S.A., hasta por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 798 589,00); a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Pisco S.A. - EMAPISCO S.A., hasta por la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 728 532,00); y a la Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Ica S.A. - EMAPICA S.A., hasta por la suma de TRES MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 656 006,00), en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, destinados a continuar con la ejecución de dieciséis (16) Proyectos de rehabilitación y reconstrucción de la infraestructura de saneamiento. La transferencia fi nanciera autorizada en el párrafo precedente, será destinada exclusivamente para el fi nanciamiento de los proyectos de rehabilitación y reconstrucción de la infraestructura de saneamiento afectadas por los sismos del 15 de agosto del 2007, señalados en el Anexo II que forma parte de la presente norma, el cual detalla la relación de Empresas Prestadoras del Servicio de Saneamiento habilitadas y el monto de transferencia para cada proyecto. La transferencia fi nanciera se realizará con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, en la Actividad 1.029434 Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y la Reconstrucción, en la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias, y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Artículo 3°.- Obligación de desagregar las Transferencias de Partidas Mediante Resolución de los Titulares de los Pliegos habilitados por el artículo 1° del presente Decreto, se aprueba la desagregación de la transferencia de partidas, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Artículo 4°.- Codifi caciones Las Ofi cinas de Presupuesto o la que hagan sus veces de los Pliegos habilitados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Proyectos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 5°.- Notas de Modifi cación Presupuestaria La Ofi cina de Presupuesto, o la que haga sus veces en el Pliego instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 6°.- Limitación al uso de los recursos La transferencia de recursos a que hacen referencia los artículos 1 y 2 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos. Artículo 7°.- Plazo para inicio de proceso de selección Los Gobiernos Locales y Empresas Prestadoras de Servicios, señalados en los Anexo I y II del presente dispositivo, según corresponda, inician en un plazo no mayor a quince (15) días calendario, a partir de la publicación del presente Decreto Supremo, el proceso de selección correspondiente para la ejecución del proyecto a su cargo. Artículo 8°.- Información Los Pliegos y Empresas habilitadas informarán al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los proyectos a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los respectivos Convenios y/o Addendas correspondientes. Artículo 9°.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de abril del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO I TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO A LAS MUNICIPALIDADES PROVINCIALES PLIEGO Y/O ENTIDAD HABILITADO NOMBRE DEL PROYECTO MONTO DE TRANS- FERENCIA GOBIERNOS LOCALES 12,172,104.00 151001 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS Elaboración de 53 Expedientes Técnicos de Proyectos de Saneamiento en el ámbito de la Provincia de Yauyos. 574,928.00 110501 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO Renovación y Mejoramiento del Sistema de Alcantarillado de la Ciudad de Pisco - Ica. 8,569,481.00