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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ABRIL DEL AÑO 2009 (25/04/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de abril de 2009 394991 actualización de su Plan de Manejo Ambiental aprobado y vigente para la implementación de los LMP en mención y dentro del plazo señalado en dicho Decreto Supremo; Que, la Primera Disposición Complementaria, Final y Transitoria del Decreto Supremo en mención, señala que el Ministerio de la Producción, en un plazo no mayor de tres (03) meses contados a partir del día siguiente de su entrada en vigencia, aprobará una Guía para la Actualización del Plan de Manejo Ambiental para que los administrados alcancen el cumplimiento de los LMP de sus efl uentes pesqueros en concordancia con su EIA o PAMA; Que, la implementación del Decreto Supremo Nº 010- 2008-PRODUCE mediante la aprobación de la presente Resolución Ministerial resulta de suma urgencia para el cumplimiento de los Límites Máximos Permisibles aprobados en dicha norma, en benefi cio de la salud, al bienestar humano y el ambiente, no siendo necesaria su prepublicación dada las coordinaciones efectuadas con los agentes involucrados; Que, de conformidad con las normas citadas precedentemente y el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y con el visado del Viceministro de Pesquería, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el documento denominado “Guía para la actualización del Plan de Manejo Ambiental para que los titulares de los establecimientos industriales pesqueros alcancen el cumplimiento de los Límites Máximos Permisibles aprobados por Decreto Supremo Nº 010-2008- PRODUCE”, el mismo que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los titulares de los establecimientos industriales pesqueros de consumo humano indirecto deberán presentar el correspondiente Plan de Manejo Ambiental actualizado, dentro de los dos (02) meses siguientes a la publicación de la Guía a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución, a fi n de cumplir con los Límites Máximos Permisibles establecidos por el Decreto Supremo Nº 010-2008-PRODUCE, conforme a lo previsto en dicha Guía y la Primera Disposición Complementaria, Final y Transitoria del citado Decreto Supremo. Artículo 3º.- El referido Plan de Manejo Ambiental, será elaborado por una empresa consultora registrada en el Ministerio de la Producción y será presentada a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería del Ministerio de la Producción cumpliendo con los requisitos del TUPA vigente. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial y el anexo a que se refi ere el artículo 1º en el Portal Electrónico del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) en la misma fecha de la publicación ofi cial, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y publíquese ELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 340532-1 RELACIONES EXTERIORES Designan Agregado Civil en la Embajada del Perú en México RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0622/RE Lima, 20 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, para el ejercicio de ciertas funciones especializadas, el Ministerio de Relaciones Exteriores puede designar agregados civiles a sus Misiones Diplomáticas, Ofi cinas Consulares y Representaciones Permanentes en el Exterior, dentro de los límites que establece el Decreto Ley N° 25957; Que, los agregados, cualquiera sea su naturaleza, dependerán del Jefe de Misión y actuarán como asesores de éste en toda negociación y gestión que competa a su especialización y deben cumplir además las instrucciones que se les imparta; Que, la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos requiere, para el mejor cumplimiento de sus funciones, contar con los servicios de un agregado civil; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAB) N° 223, del Gabinete del Ministro, de 02 de abril de 2009; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; los artículos 3° y 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Ley Nº 25957, que establece el porcentaje límite del cual no podrá exceder el personal de confi anza, y la Resolución Suprema N° 269-95-RE, que fi ja el coefi ciente de remuneración; y la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al señor Carlos Antonio Arnao Albitres, en el cargo de confi anza, nivel SAC, como Agregado Civil en la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 2°.- La fecha en la que deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Viceministerial. Artículo 3°.- El citado funcionario percibirá por concepto de remuneración por servicio exterior el equivalente a su nivel en la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 4°.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 340072-1 Autorizan viaje de funcionarios a Brasil para participar en la Cumbre Fronteriza y el Foro Empresarial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0652/RE Lima, 22 de abril de 2009 CONSIDERANDO: Que, el señor Presidente de la República durante la Expo 2008 realizada en San Pablo, República Federativa de Brasil, en setiembre de 2008, expresó su deseo de liderar una misión empresarial y participar en una Cumbre Fronteriza en la ciudad Acre, República Federativa del Brasil, en abril de 2009; Que, mediante Nota Verbal N° 90, la Embajada de la República Federativa del Brasil, el 2 de marzo del 2009, informó que el señor Presidente de la República Federativa de Brasil, aceptó la propuesta del Presidente de la República para que el encuentro entre ambos mandatarios, se realice en Rio Branco, Acre República Federativa del Brasil, el 28 de abril de 2009, con la participación de los gobernadores de las regiones fronterizas; Que, asimismo de acuerdo al Ofi cio RE (OPE-PCO) Nº 1-2-/145 remitido a la Secretaría General de la Presidencia de la República, el señor Gobernador del Estado de Acre manifestó su interés de invitar al señor Presidente de la República para que acompañe a su homólogo brasileño a la ceremonia de inauguración del Aeropuerto de Cruceiro do Sul, actividad en la cual también participarán un número importante de empresarios del Brasil; Que, siendo necesario realizar las coordinaciones de los aspectos protocolares, ceremoniales y logísticos vinculados con las actividades ofi ciales que cumplirá el señor Presidente de la República así como los Ministros de Estado que conformarán la Delegación Ofi cial de la República del Perú que participarán en el Cumbre Fronteriza y el Foro Empresarial en Acre, Río Branco, República Federativa del Brasil, el 28 de abril de 2009; Teniendo en cuenta el Memorándum (CER) N° CER0120/2009, de la Dirección de Ceremonial, de 21 de abril de 2009; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio