Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2009 (05/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 153

El Peruano MORDAZA, miercoles 5 de agosto de 2009

NORMAS LEGALES

400339

Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: - Que, el articulo 192º, de la Constitucion Politica del Peru establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo; asi mismo el inciso 3, del articulo acotado senala que los Gobiernos Regionales son competentes para formular y aprobar el Plan de Desarrollo Regional Concertado con las municipalidades y la sociedad civil; - Que, la Ley Nº 27783, "Ley de Bases de la Descentralizacion", senala en el inciso 1) del Articulo 17º que los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica; - Que, la Ley Nº 27867, "Ley Organica de Gobiernos Regionales", en el articulo 32º establece: "La gestion de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, asi como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con politicas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento juridico vigente..." y en el articulo 45º, literal "b" prescribe que las funciones de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion, la Ley de Bases de la Descentralizacion y demas leyes de la Republica, es asi que en el numeral 1. establece como funcion normativa y reguladora, la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional y regulacion de los servicios de su competencia, y en el numeral 2, senala que dentro de la funcion de planeamiento, se encuentra el diseno de politicas, prioridades, estrategias, programas y proyectos que promuevan el desarrollo regional de manera concertada y participativa, conforme a la Ley de Bases de la Descentralizacion y a la acotada Ley. - Que, el Decreto Legislativo Nº 1088, "Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico" en su articulo 10º, inciso I, numeral 3, senala que es funcion del CEPLAN asesorar a las entidades del Estado y a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en la formulacion, el seguimiento y la evaluacion de politicas y Planes Estrategicos de Desarrollo, con la finalidad de lograr que se ajusten a los objetivos estrategicos de desarrollo nacional, previstos en el Pan Estrategico de Desarrollo Nacional; - Que, la Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN Nº 009-2009/CEPLAN/PCD aprueba la Directiva para la Formulacion del Plan Estrategico de Desarrollo Nacional 2010-2021, cuyo articulo 5 en su MORDAZA parrafo establece que todos los planes sectoriales, multisectoriales, subnacionales e interregionales deberan guardar coherencia y consistencia con el Plan de Desarrollo Nacional -- PLADES; para su validez y vigencia, deberan contar la no objecion del CEPLAN; - Que, con Resolucion Presidencial Regional Nº 01452000-CTAR-CAJ/PE, se aprueba el "Plan Maestro de Desarrollo Regional MORDAZA 2010", cuya vigencia esta por fenecer; - Que, mediante Dictamen Nº 002-2009-GR.CAJCR/COP, evacuado por la Comision Ordinaria de Planeamiento, de fecha 09 de MORDAZA del presente ano, se emite opinion favorable para la aprobacion del Proyecto de Ordenanza Regional presentado por el Sub Gerente Regional de Planeamiento y CTI, y avalado por el Presidente Regional, respecto a DECLARAR de interes Regional la construccion del "Plan de Desarrollo Regional Concertado -- MORDAZA 2021"; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 15 de MORDAZA del ano 2009; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos

Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 004-2008-GRCAJ-CR, con el MORDAZA unanime el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- DECLARAR de interes Regional la construccion del "Plan de Desarrollo Regional Concertado -- MORDAZA 2021". Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial Convocar a los Alcaldes Provinciales y Distritales, autoridades Nacionales, Regionales y Locales, representantes de la poblacion organizada, instituciones publicas y privadas, Universidades, MORDAZA, gremios laborales, comunidades nativas y campesinas, Colegios Profesionales, Partidos Politicos, organismos de la cooperacion internacional y otros estamentos vinculados al desarrollo regional, a la construccion del "Plan de Desarrollo Regional Concertado-- MORDAZA 2021". Tercero.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional MORDAZA implemente las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Cuarto.- ESTABLECER como fecha de conclusion de la construccion del "Plan de Desarrollo Regional Concertado- MORDAZA 2021" el 31 de diciembre del ano 2009. Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los quince dias del mes de MORDAZA del ano dos mil nueve. MORDAZA MORDAZA SALIRROSAS Presidente Regional 378938-1

Aprueban Programa de Inversiones 2010
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 048-2009-GR.CAJ-CR MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA, en su Sesion Extraordinaria de fecha 15 de MORDAZA del ano 2009; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 003-2009GR.CAJ-CR/COP evacuado por la Comision Ordinaria de Planeamiento, referente a aprobar el Programa de Inversiones para el Pliego 445 del Gobierno Regional Cajamarca; con el MORDAZA mayoritario del Pleno; y, CONSIDERANDO: - Que, mediante Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, articulo 45º, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejerceran con sujecion al ordenamiento juridico establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley de Bases de Descentralizacion y demas leyes de la Republica, y el literal a) del articulo acotado senala que es funcion normativa y reguladora del Gobierno Regional la elaboracion y aprobacion de normas de alcance regional regulando los servicios de su competencia, en concordancia con los literales a) y b) del articulo 4º de la Ley Nº 27902, Ley que modifica a Ley Organica de Gobiernos Regionales, senala la intervencion del Consejo Regional y del Consejo de Coordinacion Regional en el MORDAZA del Presupuesto Participativo;

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