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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 5 de agosto de 2009 400340 - Que, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, señala en el inciso 1) del artículo 17º que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública; en el artículo 19º de la norma acotada, reconoce que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertado; - Que, de acuerdo a la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056 que regula en forma genérica el proceso y lo defi ne como un mecanismo de asignación efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado - Sociedad Civil, para lo cual los Gobiernos Regionales y Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de sus presupuestos, así como la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos; - Que, mediante Ofi cio Nº 513-2009-GR.CAJ/P- GRPPAT-SGPT, de fecha 15 de julio del año 2009, el Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, Econ. Jesús Coronel Salirrosas, adjunta y remite al Consejero Delegado, Dr. Luzmán Salas Salas, el Proyecto del Programa de Inversiones 2010, para su análisis y aprobación en el Consejo Regional, en la sesión extraordinaria del día 15 del presente. Precisando que el citado documento ha sido analizado y aprobado en la reunión de trabajo de Gerentes del día 11 de julio del presente año; - Que, con Ofi cio Nº 921-09-GR.CAJ-GRPPAT, de fecha 14 de julio del año 2009, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Econ. Wálter Ibáñez Juárez, remite al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca el proyecto del Programa de Inversiones 2010, el mismo que hace suyo y ha sido formulado en base a los resultados del Taller de Presupuesto Participativo realizado el día 26 de junio del año en curso; así mismo hizo de conocimiento que en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, se ha utilizado el que se les hizo de conocimiento por el Ministerio de Economía y Finanzas, con el Ofi cio Circular Nº 028-09-EF/76.01. En cuanto a la Fuente Recursos Determinados, se ha utilizado el techo considerado para el Ejercicio Presupuestal 2009, en vista de no haber recibido la información por parte de la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. De otro lado, en vista de que el Pliego Cajamarca, tiene programado para el día 20 del mes en curso, la Sustentación de su Presupuesto Institucional en el Ministerio de Economía y Finanzas, le solicitó se sirva elevar la indicada Propuesta al Consejo Regional, a fi n de que sea tratada en la Sesión Extraordinaria convocada para el día 15 de julio del presente año; - Que, mediante Informe Nº 036-2009-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 15 de julio del año 2009, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Pedro Cerdán Urbina, remite opinión legal favorable respecto a la propuesta del Programa de Promoción de Inversiones 2010 del Gobierno Regional Cajamarca, el mismo que responde a una exigencia legal prevista por el artículo 21º, literal p. parte pertinente del numeral 2) de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por Ley Nº 27902; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nºs. 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 004-2008-GR.CAJ- CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- APROBAR el Programa de Inversiones 2010 para el Pliego 445 del Gobierno Regional Cajamarca, que en fojas seis (06) se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo; resultado del Proceso del Presupuesto Participativo en el Marco de la Ley Nº 28056 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 171- 2003-EF. y cuya asignación presupuestal del Presupuesto Preliminar de Inversiones 2010 es: FUENTE DE FINANCIAMIENTO S/. (1) RECURSOS ORDINARIOS 20,806,520.00 (2) RECURSOS DETERMINADOS 41,601,026.00 TOTAL 62,407,546.00 (1) Notifi cado con Ofi cio Circular Nº 028-2009-EF/76.01 (2) PIA 2009 Segundo.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional, disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. LUZMÁN GONZALO SALAS SALAS Consejero Delegado Pte. Consejo Regional 378938-2 GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Declaran de prioridad acciones de promoción, prevención y control contra la Influenza y suspenden espectáculos y eventos públicos con asistencia masiva hasta el 10 de agosto ORDENANZA REGIONAL Nº 019-2009-GR.LAMB./CR Chiclayo, 30 de julio de 2009 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 30 de julio del 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su Artículo 7º garantiza el derecho a la salud como derecho fundamental de la persona. Que, la Ley Nº 26482, Ley General de Salud, establece en sus Artículos 14º, 17º, 18º, 81º y 103º que toda persona tiene derecho a participar individual y colectivamente en programas de promoción y prevención en salud para el mejoramiento de la salud individual o colectiva. Además, que toda persona es responsable frente a terceros por el incumplimiento de medidas sanitarias destinadas a prevenir y controlar las infecciones respiratorias agudas (IRAS) y de otros virus respiratorios con potencial epidémico en el Perú. Que, las autoridades administrativas públicas y privadas, municipales, instituciones militares, policiales, instituciones educativas, centros de educación superior, gobernación, fi scalía, ESSALUD, consultorios privados, farmacias, boticas particulares e instituciones religiosas, están obligadas a prestar el apoyo requerido por la autoridad de salud para controlar la extensión de la transmisión de la Infl uenza AH1N1 en el ámbito del departamento de Lambayeque. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 285-2009/ MINSA de fecha 27.ABR.2009, se declaró en alerta