Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2009 (15/08/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 74

400948

PROYECTO
GAS NATURAL:

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de agosto de 2009

procedimiento establecido, las Gerencias de Fiscalizacion, Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria o area equivalente correspondiente, procederan a dejar sin efecto los informes y/o documentos que se hayan emitido en virtud de las referidas labores y, a resolver el contrato suscrito. En el caso de las Empresas Supervisoras de Nivel A y las Empresas Supervisoras de Nivel B, la restriccion senalada en el parrafo precedente resulta aplicable unicamente respecto de la entidad objeto de supervision durante el plazo que dure su contrato; no siendo extensible dicha restriccion respecto de otras entidades que desarrollan actividades bajo el ambito de supervision del OSINERGMIN. 12.3.- La resolucion de contratos por reduccion en los programas de supervision, bajo rendimiento del supervisor u otras causas diferentes de la imposicion de sanciones, seran comunicadas a los contratados con un mes de anticipacion a la fecha de resolucion. 12.4.- Las Empresas Supervisoras contrataran directamente seguros por accidentes personales y de salud, que cubran los diversos riesgos a los que esten expuestos en el desarrollo de sus funciones, por el plazo que dure el contrato. Las caracteristicas minimas del seguro por accidentes personales y de salud deberan sujetarse a los lineamientos aprobados por la Entidad. La MORDAZA de la poliza sera requisito para la suscripcion del contrato de locacion de servicios. Asimismo, se exigira a las Empresas Supervisoras seleccionadas, previa a su contratacion, que se sometan a un examen medico que determine si las personas naturales se encuentran aptas para prestar los servicios a ser contratados. Dicho examen sera por cuenta de la Empresa Supervisora y se realizara conforme a las especificaciones indicadas en el MORDAZA de seleccion. 12.5.- La contratacion de los supervisores esta sujeta a las disposiciones del Codigo Civil y no genera relacion alguna de caracter laboral con OSINERGMIN. Los servicios prestados por estas personas deberan enmarcarse en las disposiciones del presente Reglamento.

Otros que apruebe la Gerencia General;

EXPLORACION Y EXPLOTACION: Supervision y fiscalizacion de MORDAZA de exploracion y explotacion de gas natural y derivados. PRODUCCION, PROCESAMIENTO Y TRANSPORTE: Supervision y fiscalizacion de MORDAZA de exploracion y explotacion de gas natural y derivados, plantas de procesamiento de gas natural, sistema de transporte de gas natural y liquidos de gas natural, terminales de carga de gas natural licuado y derivados de gas natural. DISTRIBUCION Y COMERCIALIZACION: Supervision y fiscalizacion del sistema de distribucion de gas natural, consumidores directos, instalaciones internas y la comercializacion del gas natural. Otros que apruebe la Gerencia General. ELECTRICIDAD COES-SINAC: Supervision y fiscalizacion de las obligaciones previstas en la Ley, el Reglamento o en las normas tecnicas y disposiciones emitidas por el Ministerio de Energia y Minas o el OSINERGMIN, incluidas a las licitaciones de energia. GENERACION: Supervision y fiscalizacion de Centrales electricas, presas, sistemas hidraulicos y termicos, otros componentes tecnicos y el cumplimiento de la normatividad y de las obligaciones establecidas en el contrato de concesion o en la Resolucion Ministerial de Autorizacion. TRANSMISION: Supervision y fiscalizacion de Subestaciones de Transformacion, lineas de transmision y otros componentes tecnicos y el cumplimiento de la normatividad y de las obligaciones establecidas en el contrato de concesion. DISTRIBUCION: Supervision y fiscalizacion de Subestaciones de distribucion, Lineas de distribucion y otros componentes tecnicos y el cumplimiento de la normatividad y de las obligaciones establecidas en su contrato de concesion o en los permisos otorgados al MORDAZA del articulo 121° de la Ley de Concesiones Electricas. COMERCIALIZACION: Supervision y fiscalizacion de los procesos comerciales de las empresas que cuenten con concesion para distribucion de electricidad. Otros que apruebe la Gerencia General. MINERIA SEGURIDAD E HIGIENE MINERA: Supervision y fiscalizacion de las actividades de exploracion, explotacion, beneficio, labor general y almacenamiento de concentrados de minerales. Asimismo, el transporte minero bajo el sistema de concesion. Otros que apruebe la Gerencia General SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y MEDIO AMBIENTE Supervision y fiscalizacion de las actividades que se desarrollan en los subsectores de electricidad, hidrocarburos (hidrocarburos liquidos, gas licuado de petroleo, gas natural y liquidos de gas natural) y mineria, en aspectos relacionados con la seguridad, salud en el trabajo y el Medio Ambiente de acuerdo a la normatividad vigente. LEGAL Supervision y Fiscalizacion de las actividades que se desarrollan en los subsectores de electricidad, hidrocarburos (hidrocarburos liquidos, gas licuado de petroleo, gas natural y liquidos de gas natural) y mineria, dirigidas a la verificacion del cumplimiento de la normativa vigente. 13.2.- Para solicitar su inscripcion, los postulantes deben presentar una solicitud adjuntando los documentos detallados en el Anexo I. Estan exceptuados aquellos que se registran en la categoria de Supervisor 4.

CAPITULO III INSCRIPCION EN EL REGISTRO
Articulo 13.- Acceso al Registro de Empresas Supervisoras 13.1.- El acceso al Registro de Empresas Supervisoras sera permanente y abierto, y la inscripcion en el sera en base a la solicitud de los interesados, respecto de las siguientes actividades. HIDROCARBUROS LIQUIDOS: COMBUSTIBLES LIQUIDOS: Supervision y fiscalizacion de las actividades relacionadas con los hidrocarburos liquidos de acuerdo a la normatividad vigente. GAS LICUADO DE PETROLEO (GLP): Supervision y fiscalizacion de las actividades relacionadas con el gas licuado de petroleo (GLP) de acuerdo a la normatividad vigente. EXPLORACION Y EXPLOTACION: Supervision y fiscalizacion de MORDAZA de exploracion y explotacion de hidrocarburos liquidos. PROCESAMIENTO, ALMACENAMIENTO, DUCTOS Y TERMINALES: Supervision y fiscalizacion de refinerias, plantas de procesamiento, ductos, plantas de abastecimiento, plantas envasadoras, terminales y medios de transporte acuatico de hidrocarburos liquidos y/o gas licuado de petroleo (GLP). COMERCIALIZACION: Supervision y fiscalizacion de establecimientos de venta al Publico de combustibles liquidos y GLP (grifos, estaciones de servicio, grifos flotantes, grifos rurales y gasocentros) y consumidores directos de combustibles liquidos, otros productos derivados de hidrocarburos y GLP, locales de venta de gas licuado de petroleo (GLP) y medios de transporte terrestre de combustibles liquidos y otros productos derivados de hidrocarburos y GLP (Camiones cisternas, Camiones Baranda, Camionetas y Vagones Tanques) y las redes de distribucion de GLP. FISCALIZACIONES ESPECIALES: Control de calidad y cantidad de hidrocarburos liquidos y gas licuado de petroleo (GLP) en establecimientos de venta de combustibles y Plantas Envasadoras, asi como combatir la existencia de establecimientos informales.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.