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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de agosto de 2009 401337 o tecnológicos; procede la exoneración de servicios personalísimos para contratar con personas naturales o Jurídicas, siempre que se sustente objetivamente lo siguiente: 1.- especialidad del proveedor, relacionada con sus conocimientos profesionales, artísticos, científi cos o tecnológicos que permitan sustentar de modo razonable e indubitable su adecuación para satisfacer la complejidad del objeto a contratar, 2.- Experiencia reconocida en la prestación objeto de la contratación, y 3.- comparación favorable frente a otros potenciales proveedores que estén en la capacidad de brindar el servicio. Que, conforme a los antecedentes, se concluye que existe motivo sufi ciente para la declaratoria de Contratación por la Modalidad de Servicios Personalísimos, trabajo de Fiscalización Tributaria y Administrativa a Empresas de Telecomunicaciones, conforme a lo establecido en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y artículo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, Informe Nº 074-2009-MDC-GM, emitido por la Gerencia Municipal a cargo del Ing. Luis López Peña, manifi esta que se deben tomar las medidas del caso según documento Informe Nº 146-2009-MDC-JR e Informe Nº 047-2009-ALE-MDC, y ser aprobado en Sesión de Concejo. Considerando que la propuesta económica de la Empresa Innovaciones SAC. Asciende al 30% de las recaudaciones que se obtengan de la fi scalización Tributaria. Que, en Sesión de Concejo Extraordinario Nº 018, de fecha 08 de Julio del 2009, los Señores Regidores: Sr. Konrad Mejia Reyes, Sr. Darwin Yacila Yamunaque, Sr. Marcos Carrasco Rosillo, Sra. Marina Dios Yacila de Bardales y Sr. Juan Rondoy Castillo, por unanimidad, aprobaron la exoneración del proceso del concurso público y/o Licitación Pública para la contratación de servicios personalísimos de la Empresa INNOVACIONES PERÚ S.A.C; con RUC. 20506989397, al 30% de lo recaudado, para que se encargue de implementar un programa de fi scalización tributaria y cobranzas de tributos omitidos por la empresa de telecomunicaciones que opera en nuestra localidad, conforme a lo solicitado por la Jefatura de Rentas. Que, en razón por lo Informado por la Jefatura de Rentas, Ofi cina Asesoría Legal Externa y a la Ofi cina de Gerencia Municipal, A lo estipulado en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, a la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Ley Nº 1017, y Sesión de Concejo Extraordinaria. ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR LA CONTRATACIÓN POR LA MODALIDAD DE SERVICIO PERSONALISIMO, para implementar un programa de fiscalización tributaria y cobranzas de tributos omitidos por la empresa de telecomunicaciones que opera en nuestra localidad. Artículo Segundo.- AUTORIZAR LA EXONERACION del proceso de selección, conforme al inciso f) del artículo 20 del TUO de la Ley Nº 1017- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Gerencia Municipal, de la Municipalidad Distrital de Corrales la Contratación por la Modalidad de Servicio Personalísimo de: • Suscripción del contrato directamente con la Persona Jurídica INNOVACIONES PERÚ SAC. Representado Por su Gerente General Sra. Liz Sofía Alejandro Zenteno de acuerdo a las formalidades previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. • Monto de la Contratación: se hará al 30% por ciento de lo recaudado. Artículo Cuarto.- ORDENAR, que a través de Secretaria General se remitan al Organismo Supervisor de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – OSCE, copias del presente Acuerdo de Concejo, informe técnico y legal que lo sustentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de expedición; así como la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano; y en OSCE, en el término de ley. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CARMEN CHIROQUE PAICO Alcaldesa KONRAD MEJIA REYES Teniente Alcalde DARWIN YACILA YAMUNAQUE Regidor E. MARINA DIOS YACILA DE BARDALES Regidora MARCOS A. CARRASCO ROSILLO Regidor JUAN RONDOY CASTILLO Regidor 385801-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE KIMBIRI Aprueban adquisición de terreno ubicado en el Sector Palmapata ACUERDO DE CONCEJO Nº 0173-2009-MDK/CM. VISTO: La Carta Múltiple Nº 38-2009-MDK-SUGDAMA, de fecha 29 de abril del 2009, con relación a la Adquisición de terreno en el Sector Palmapata, y; CONSIDERANDO: Que, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Acuerdos, conforme establece el artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, el patrimonio de la Municipalidad constituyen los bienes inmuebles y mueble, las acciones, los terrenos y todos los demás que adquiere la Entidad Municipal, los mismos que son administradas en forma autónoma con las garantías y responsabilidades de ley, siendo inscritos en el Registro de la Propiedad en el Organismo correspondiente; Que, el gobierno local promueve el desarrollo agrario local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de los planes de desarrollo económico con una capacidad productiva y competitiva, por lo que es necesario para dicho desarrollo la adquisición de bienes inmuebles y el fortalecimiento de los proyectos productivos, y, en promoción e incentivo de los agricultores del ámbito del distrito de Kimbiri; Que, en este contexto, mediante la Carta Múltiple Nº 38-2009-MDK-SUGDAMA, los Residentes de los proyectos de producción agropecuaria, previa verifi cación, solicitan la adquisición de seis (06) hectáreas de terreno en el Sector Palmapata, para los proyectos: Construcción e Implementación de un Centro Piloto de Crianza de Cuyes; Mejoramiento del Cultivo de Plátano, y; Construcción de una Planta de Procesamiento de Alimentos Balanceados y Mejoramiento de Peces Tropicales, en el distrito de Kimbiri. El terreno referido presenta una topografía variada, con 20% de área pendiente mayor a 18%, con 40% de terreno plano ondulado, y el restante de un terreno plano y una ligera pendiente. No existe limitación alguna en la parcela materia de compraventa para la implementación de los proyectos indicadas, por lo que es recomendable la adquisición de dicho terreno, además de ubicarse estratégicamente, cercana a la ciudad y con acceso; Que, conforme a la propuesta económica por escrito, de fecha 20 de abril del 2009, planteada por la propietaria señora Teresa Miguel Vda. De Llactahuaman, el terreno tienen el costo de veinte mil 00/100 nuevos soles (S/.20,000.00) cada hectárea, además declara que tiene toda la documentación en regla;