Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2009 (21/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de agosto de 2009

MILUSKA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA VARGAS-MACHUCA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MANZANARES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALFONZO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AISSA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Segundo.- Proceder a la proclamacion, entrega de titulo de nombramiento y juramento, en acto publico del Consejo Nacional de la Magistratura, remitiendose MORDAZA de la presente resolucion, al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA GARDELLA Presidente Consejo Nacional de la Magistratura 385871-1

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Aprueban Directiva "Estadisticas de las inscripciones de los hechos vitales y los actos modificatorios del estado civil realizadas en las Oficinas de Registros del Estado Civil y las Oficinas Registrales Consulares"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 516-2009-JNAC/RENIEC MORDAZA, 17 de agosto de 2009 VISTOS: El Oficio Nº 001493-2009/GRC/RENIEC (15JUL2009) de la Gerencia de Registros Civiles e Informe Nº 000866-2009/GAJ/RENIEC (30JUL2009), emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, conforme a lo establecido en los Articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Estado, es la entidad encargada de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y los actos referidos a la capacidad y al estado civil; Que, la Directiva DI-253-GRC/015 "Estadistica de las inscripciones de los hechos vitales y los actos modificatorios del estado civil realizados en las Oficinas de Registros del Estado Civil y las Oficinas Registrales Consulares", Primera Version, aprobada mediante Resolucion Jefatural Nº 369-2009-JNAC/RENIEC (24JUN2009), tiene por objeto establecer los lineamientos y acciones para la recopilacion, envio, procesamiento y control de la informacion sobre las inscripciones de hechos vitales y actos modificatorios del estado civil que se realicen en las Oficinas de Registros del Estado Civil y las Oficinas Registrales Consulares, asi como el envio al RENIEC de los duplicados de las actas registrales que emitan y de las copias certificadas de las actas registrales en las cuales se realicen anotaciones marginales;

Que, la Gerencia de Registros Civiles mediante el Ofico Nº 001493-2009/GRC/RENIEC (15JUL2009) manifiesta que en el punto VIII de la Directiva DI-253GRC/015 "Estadisticas de las inscripciones de los hechos vitales y los actos modificatorios del estado civil realizadas en las Oficinas de Registros del Estado Civil y las Oficinas Registrales Consulares", Primera Version, se senala que la Directiva indicada entrara en vigencia treinta (30) dias calendarios despues de la publicacion en el diario oficial El Peruano de la Resolucion Jefatural que la apruebe, precision que no se considero en la Resolucion Jefatural Nº 369-2009-JNAC/RENIEC (24JUN2009) que la aprobo; Que, el numeral 7 del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano las resoluciones administrativas que aprueban Reglamentos, Directivas, cuando MORDAZA de ambito general, siempre que MORDAZA dictadas en ejercicio de las facultades previstas en sus leyes de creacion o normas complementarias, conforme a ley; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica mediante documento de vistos, concluyo que en virtud a lo senalado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y lo dispuesto por la Ley Organica del RENIEC, Ley Nº 26497, se hace necesaria la publicacion en el diario oficial El Peruano del acto resolutivo que apruebe la Directiva DI-253-GRC/015 "Estadisticas de las inscripciones de los hechos vitales y los actos modificatorios del estado civil realizadas en las Oficinas de Registros del Estado Civil y las Oficinas Registrales Consulares", Primera Version, precisandose ademas que en dicho documento normativo se senale que entrara en vigencia treinta (30) dias calendarios despues de su publicacion; Estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil y, al Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 273-2009-JNAC/ RENIEC (20MAY2009); SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion Jefatural Nº 369-2009-JNAC/RENIEC (24JUN2009), la cual aprobo la Directiva DI-253-GRC/015 "Estadisticas de las inscripciones de los hechos vitales y los actos modificatorios del estado civil realizadas en las Oficinas de Registros del Estado Civil y las Oficinas Registrales Consulares", Primera Version. Articulo Segundo.- Aprobar la Directiva DI-253GRC/015 "Estadisticas de las inscripciones de los hechos vitales y los actos modificatorios del estado civil realizadas en las Oficinas de Registros del Estado Civil y las Oficinas Registrales Consulares", Primera Version, correspondiente a la Gerencia de Registros Civiles, la misma que forma parte integrante de esta resolucion. Articulo Tercero.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA institucional, www.reniec.gob.pe, el texto de la Directiva DI-253-GRC/015 "Estadisticas de las inscripciones de los hechos vitales y los actos modificatorios del estado civil realizadas en las Oficinas de Registros del Estado Civil y las Oficinas Registrales Consulares", Primera Version. Articulo Cuarto.- Se precisa que la Directiva aprobada mediante la presente Resolucion, entra en vigencia treinta (30) dias calendarios despues de su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 386705-1

Aprueban modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 532-2009-JNAC/RENIEC MORDAZA, 19 de agosto de 2009

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