Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2009 (21/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de agosto de 2009

Ratifican en el cargo a Fiscal Provincial de la Fiscalia Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de Ica
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 167­2009­PCNM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2009 VISTO: El expediente de evaluacion y ratificacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Fiscal Provincial de la Fiscalia Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de Ica; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 2 del articulo 154º de la Constitucion Politica del Estado, es funcion del Consejo Nacional de la Magistratura evaluar y ratificar a los jueces y fiscales con una periodicidad de siete anos, previo MORDAZA de evaluacion, segun lo establecido por el inciso b) articulo 21º de la Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura y el reglamento aprobado por Resolucion Nº 1019­2005­CNM y sus modificatorias. Segundo: Que, por Resolucion Nº 049­2001­CNM, de 11 de junio de 2001, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue ratificado en el cargo de Fiscal Provincial de la Fiscalia Provincial en lo Penal del Distrito Judicial de Ica. Habiendo transcurrido desde esa fecha el periodo de siete anos en el ejercicio del cargo senalado en la Constitucion, el CNM en su sesion de 19 de marzo de 2009, acordo convocarlo a MORDAZA de evaluacion y ratificacion, en el MORDAZA de la Convocatoria Nº 002­2009­ CNM, publicada el 30 de MORDAZA de 2009; siendo el periodo de evaluacion del magistrado desde el 12 de junio de 2001 a la fecha de conclusion del presente proceso. Tercero: Que, el inciso 3 del articulo 146º de la Constitucion Politica garantiza a los magistrados su permanencia en el servicio siempre que observen conducta e idoneidad propias de su funcion. Acorde con esta disposicion debe entenderse que la decision acerca de la continuidad o permanencia en el ejercicio del cargo por otros siete anos, exige que el magistrado evidencie conducta caracterizada por la verdad, lealtad, probidad, independencia, imparcialidad, diligencia, contraccion al trabajo funcional, decoro y rectitud, ademas de capacitacion y actualizacion adecuadas, permanentes y constantes, como tambien el fiel respeto y observancia a la Constitucion Politica del Estado y a las leyes de la Republica, todo lo cual persigue asegurar un desempeno acorde a las exigencias ciudadanas. Cuarto: Que, habiendose entrevistado al evaluado en sesion publica llevada a cabo el dia miercoles 8 de MORDAZA de 2009, se dan por concluidas las etapas previas del MORDAZA de evaluacion y ratificacion, por lo que corresponde adoptar la decision final, con arreglo a lo dispuesto por los numerales 27 y siguientes del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, concordante con el inciso 7 del articulo 5º del Codigo Procesal Constitucional. Quinto: Que, con relacion a la conducta, de los documentos que conforman el expediente del MORDAZA de evaluacion y ratificacion instaurado al magistrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se establece que: a) dentro del periodo de evaluacion no registra antecedentes policiales, judiciales y penales; b) de acuerdo con la informacion remitida por la Fiscalia Suprema de Control Interno, el magistrado evaluado registra entre quejas y denuncias un total de 16, de las cuales 14 fueron desestimadas, quedando pendientes 2 investigaciones, debiendo precisarse que sobre las mismas el magistrado evaluado explico que por error se consigna dicha informacion, lo cual se corrobora con la certificacion que corre a fojas 915, expedida por la Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales del Ministerio Publico, precisandose que no tiene investigaciones pendientes; asimismo, no registra medidas disciplinarias impuestas en su contra durante el periodo de evaluacion; ademas su record de asistencias y licencias denota una actitud diligente en la atencion de su despacho; en

consecuencia, este rubro es favorable al magistrado evaluado; c) igualmente, no registra procesos judiciales seguidos en su contra; y d) en el presente MORDAZA registra 3 denuncias por participacion ciudadana en su contra, las cuales han sido absueltas en los terminos que aparecen de los escritos que obran en el expediente de evaluacion y ratificacion y han sido materia de pronunciamiento por parte de los organos de control respectivos, habiendose descartado cualquier irregularidad; de igual forma registra 4 participaciones que apoyan su permanencia en el cargo, las cuales son valoradas en forma ponderada por este Colegiado. En lineas generales, se aprecia que la evaluacion de este rubro revela que existen elementos objetivos que revelan que la conducta del doctor MORDAZA MORDAZA se enmarca dentro de los parametros esperados para un magistrado de su nivel. Sexto: Que, por su significativa importancia en el contexto de la participacion de la sociedad civil organizada y dada su representatividad de la colectividad juridica, debe considerarse entre otras informaciones aquellas proporcionadas por los Colegios de Abogados; en este orden de ideas resulta pertinente tomar en cuenta los resultados de diversos referendums llevados a cabo por los gremios de La MORDAZA (2003) e Ica (2005 y 2008), en cuyas Cortes Superiores ejercio funciones, obteniendo en todos ellos resultados positivos que revelan que ha contado con la aceptacion de la comunidad juridica en las regiones donde presto servicios. Septimo: Que, respecto al patrimonio del magistrado, se desprende del examen de los documentos que obran en el expediente como sus declaraciones juradas, la informacion de la Superintendencia Nacional de Registros Publicos y de lo vertido en la entrevista personal, que sus bienes declarados evidencian una situacion regular o compatible con sus ingresos y obligaciones, advirtiendose que el evaluado ha cumplido con presentar sus declaraciones de bienes en forma oportuna a su institucion. Octavo: Que, la evaluacion del factor idoneidad del magistrado esta dirigida a verificar si cuenta con niveles optimos de calidad y eficiencia en el ejercicio de la funcion judicial o fiscal, segun corresponda, asi como una capacitacion permanente y una debida actualizacion, de manera que cuente con capacidad para realizar su funcion de Juez o Fiscal acorde con las delicadas responsabilidades inherentes al cargo. Noveno: Que, en lo referente al aspecto de idoneidad, la produccion fiscal del evaluado, la informacion recibida de parte de los organos administrativos competentes del Ministerio Publico permite obtener conclusiones favorables al magistrado evaluado, advirtiendose que su produccion en el Ministerio Publico se ha mantenido MORDAZA a lo largo del periodo de evaluacion, lo cual se confirma con la documentacion que corre de fojas 895 a 897, de la que se desprende que, entre el 2005 y el 2009, el 84% de las quejas de derecho interpuestas contra sus dictamenes han sido declaradas infundadas, no tiene procesos con plazo vencido, una causa pendiente ingresada recientemente en MORDAZA de 2009, seis procesos de especial complejidad y nueve procesos suspendidos por encontrarse en instancia superior; cifras que este Consejo aprecia favorablemente para la evaluacion del doctor MORDAZA Matos. Decimo: Que, respecto a la calidad de sus dictamenes, el analisis formulado por el especialista se MORDAZA en 14 resoluciones, de las cuales 6 se valoran como buenas, 5 aceptables y 3 deficientes, habiendo presentado el magistrado evaluado por escrito que corre de fojas 951 a 955 sus descargos, manifestando su discrepancia con la calificacion de los 3 ultimos dictamenes, argumentos que este Colegiado valora en forma ponderada y que ademas han sido materia de preguntas formuladas en el acto de la entrevista publica, respondiendo en forma satisfactoria. Decimo Primero: Que, respecto a la capacitacion se ha verificado que el doctor MORDAZA MORDAZA, durante el periodo de evaluacion, ha participado como asistente en 6 diplomados y 1 curso de especializacion; como ponente en 17 certamenes academicos, la mayoria de ellos en tematica vinculada al derecho penal; como panelista u organizador en 16 y como asistente en 74 entre seminarios, congresos, conferencias, jornadas y cursos de caracter juridico; cuenta ademas con 4 cursos dictados por la Academia de la Magistratura, destacando que en el Curso Especial de Preparacion para el Ascenso fue aprobado con la nota de 16.34, lo cual es congruente con la capacitacion continua que refleja su curriculum.

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