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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (22/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de agosto de 2009 401383 de la Entidad y será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad y cada una de sus sedes administrativas, colocará copia de la Resolución de designación en un lugar visible; Que, mediante Resolución Directoral Nº DE-213- 2002, de fecha 21 de noviembre de 2002, se designa al Econ. Godofredo Federico Cañote Santamarina, Director Ejecutivo del IMARPE, como el funcionario responsable de brindar la información pública que demanden las personas. Asimismo, mediante Resolución Directoral Nº DE-018-2007, de fecha 18 de enero de 2007, se designó al Lic. Raúl Marcelo Padilla como responsable de la elaboración y actualización de la información pública del Portal de Transparencia del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, en aplicación del principio de publicidad previsto en el Artículo 3° de la referida Ley; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 292-2009- PRODUCE, de fecha 14 de julio de 2009, se aprobó la modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del IMARPE aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2003-PRODUCE; Que, el acceso a la información pública que vienen solicitando los ciudadanos también corresponde a la que custodian los Laboratorios Costeros y Continental; por lo que es necesario, desconcentrar la entrega de información pública, en aplicación de los principios de celeridad, eficacia y predictibilidad contenidos en el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, lo que hace necesario optar por la designación de los funcionarios responsables de brindar información pública de los Laboratorios Costeros y Continental; Que, por lo anteriormente expuesto, resulta necesario expedir el acto administrativo correspondiente, designando a los funcionarios responsables de brindar información pública que sea solicitada en virtud de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, teniendo en consideración la materia y el territorio jurisdiccional, con el objeto de que la información pueda transmitirse con la máxima dinámica posible y brindarse dentro de los plazos establecidos y que la ciudadanía pueda tomar conocimiento de las mismas; Que, la designación que se efectúa no exime a las unidades orgánicas del IMARPE a nivel nacional que produzcan o posean la información que se solicite, de su responsabilidad de proporcionarla en la forma y condiciones que hagan posible el cumplimiento de los plazos establecidos por Ley; Que, de conformidad con Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, Ley Nº 27806 modifi cada por la Ley Nº 27927 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM y estando a las facultades conferidas en el Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE aprobado por Decreto Supremo N° 009-2001-PE; Con la visación de las Ofi cinas de Asesoría Jurídica, de Administración y de Planifi cación, Presupuesto y Evaluación de Gestión; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR a los responsables de brindar la información existente en el Instituto del Mar del Perú – IMARPE que soliciten los ciudadanos, en aplicación a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de acuerdo al siguiente detalle: - Para brindar la información que posee o produce la Sede Central, será el responsable el CPC Edmundo Monteverde Valverde, dirección Esq. Gamarra y Gral. Valle S/N, Chucuito-Callao. - Para brindar la información que poseen o producen los Órganos Desconcentrados, las Jefaturas de los Laboratorios Costeros y Continental, serán los responsables, de acuerdo a la zona jurisdiccional: • En el Laboratorio Costero de Tumbes - Tumbes, será el Blgo. Isaías Gonzáles Chávez, dirección Calle José Olaya S/N, AAHH Nueva Esperanza - Zorritos, Contralmirante Villar - Tumbes. • En el Laboratorio Costero de Paita - Piura, será el Dr. Wilmer Carbajal Villalta, dirección Av. Los Pescadores S/N Paita. • En el Laboratorio Costero de Chiclayo - Lambayeque, será el Dr. Jorge Llanos Urbina, dirección Los Pinos S/N (costado de FONDEPES), Caleta Santa Rosa - Chiclayo. • En el Laboratorio Costero de Chimbote - Ancash, será el Blgo. Juan Rubio Rodríguez, dirección Prolongación Los Pinos S/N, La Caleta - Chimbote. • En el Laboratorio Costero de Huacho - Lima, será el Blgo. Walter Elliot Rodríguez, dirección Av. San Martín Nº 710, Carquín - Huacho. • En el Laboratorio Costero de Pisco - Ica, será el Blgo. Jorge Zeballos Flor, dirección Av. Los Libertadores A-12, Paracas-Pisco. • En el Laboratorio Costero de Ilo - Moquegua, será el Blgo. Raúl Castillo Rojas, dirección Jr. Miravé Nº 101, La Chalaca - Ilo. • En el Laboratorio Continental de Puno - Puno, será el Ing. Hugo Treviño Bernal, dirección Av. Circunvalación Sur Nº 1911, Barrio San Martín, Puno. Artículo 2º.- DISPONER que todas las dependencias orgánicas del IMARPE, dentro del ámbito de sus respectivas competencias funcionales, proveerán la información que soliciten los funcionarios mencionados en el artículo precedente para cumplir con los plazos previstos por en el TUPA institucional. Artículo 3º.- RATIFICAR al Lic. Raúl Marcelo Padilla como responsable de la elaboración y actualización de la información pública del Portal de Transparencia del Instituto del Mar del Perú – IMARPE. Artículo 4º.- ENCARGAR al Director de la Ofi cina de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, dentro de los cinco días hábiles de aprobada y al Jefe de la Unidad de Informática, la inserción de la presente resolución en el Portal de Transparencia del IMARPE, al día siguiente de su aprobación. Artículo 5º.- ENCARGAR al Director de la Ofi cina de Administración de la Sede Central y a los Jefes de los Laboratorios Costeros y Continental, colocar copia simple de la presente Resolución en lugar visible para el ciudadano (administrado). Artículo 6º.- DEJAR SIN EFECTO las Resoluciones Directorales Nºs. DE-213-2002 y DE-018-2007. Regístrese, comuníquese y publíquese. GODOFREDO CAÑOTE SANTAMARINA Director Ejecutivo 386539-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de ecosonda portátil RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº DE-164-2009 Callao, 18 de agosto de 2009 VISTOS: a) Memorándum Nº DOA-695-2009 (12-08-09) b) Memorándum Nº OPP-355-2009 (12-08-09) c) Memorándum Nº DOA-690-2009 (11-08-09) d) Informe Nº UleI-763-2009 (10-08-09) e) Memorándum Nº DC-828-2009 (03-06-09) f) Memorándum Nº DC1220-2009 (07-08-09) g) Memorándum Nº OAJ-DOA-486-2009 (17-08-09)