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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE AGOSTO DEL AÑO 2009 (22/08/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 22 de agosto de 2009 401411 MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Autorizan viaje de Alcalde a Argentina para participar en la Cumbre Hemisférica de Alcaldes V Congreso Latinoamericano de Ciudades y Gobiernos Locales ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2009-MDLP La Perla, 17 de agosto del 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 17 de Agosto del 2009,la solicitud de autorización de viaje y conceder licencia por motivo de viajé al exterior al País de Argentina presentada por el Dr: PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla y; CONSIDERANDO: Que el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que “las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; Que el inciso 11 del artículo 9° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo municipal “ autorizar los viajes al exterior que en comisión de servicios o Representación de la Municipalidad realice el Alcalde los Regidores ,el Gerente Municipal y cualquier otro Funcionario”; Que, el inciso 27 del artículo 9° de la acotada norma legal establece como una atribución del concejo municipal “aprobar las licencias solicitadas por el Alcalde o los Regidores”; Que en el artículo 24° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral; Que, mediante Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM se aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que habiendo recibido la invitación en fecha 06-08- 2009 para participar de la Cumbre Hemisférica de Alcaldes V Congreso Latinoamericano de Ciudades y Gobiernos Locales que se llevará a cabo el 2, 3 y 4 de setiembre de 2009 en el NH Gran Hotel Provincial de la Ciudad de Mar del Plata- Argentina, que la cumbre es un foro abierto de refl exión sobre grandes temas que están delineando y condicionando el presente y el futuro de los gobiernos locales de América Latina y el Caribe, será de un espacio de encuentro de Alcaldes, Legisladores, Autoridades de Organismos supramunicipales y supranacionales, además empresarios y consultores los que tendrán un espacio ideal y exclusivo para compartir ideas, visiones y políticas; Que mediante solicitud el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla solicita al Pleno Concejo Municipal la autorización de viaje y conceder licencia al cargo de Alcalde, a partir del 28 de Agosto al 09 de Setiembre del presente año por motivo de viaje al exterior para participar en la Cumbre Hemisférica de Alcaldes V Congreso Latinoamericano de Ciudades y Gobiernos Locales que se llevará a cabo en la Ciudad de Mar del Plata- Argentina, en representación de la Municipalidad Distrital de La Perla considerando que la citada participación resulta favorable para los fi nes y objetivos de la presente gestión, que los gastos que irrogue el presente viaje será cubierto con sus propios ingresos no generando ningún gasto a la Municipalidad; Estando a lo dispuesto y en uso de las facultades conferidas por el inciso 11,27 del artículo 9° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades con el voto UNANIME de los Señores (as) Regidores (as) con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; ACORDO: Artículo Primero.- Autorizar el viaje y conceder licencia al señor Alcalde DR. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS del 28 de Agosto al 09 de Setiembre del presente año para que en representación de la Municipalidad Distrital de La Perla participe en la Cumbre Hemisférica de Alcaldes V Congreso Latinoamericano de Ciudades y Gobiernos Locales que se llevará a cabo en la Ciudad de Mar del Plata- Argentina. Artículo Segundo.- Encargar el Despacho de Alcaldía al Teniente Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla Señor: JULIO ENRIQUE OBLITAS FERNÁNDEZ de conformidad con el artículo 24° de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades durante el período que dure la licencia del señor Alcalde con las facultades y atribuciones inherentes al cargo. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el presente viaje del DR. PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS Alcalde de la Municipalidad Distrital de La Perla será cubierta en su totalidad por sus propios ingresos. Artículo Cuarto.- El presente acuerdo no libera ni exonera del pago de impuesto o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de la Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 387059-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Modifican el TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 022-2009-MPC Cañete, 13 de julio de 2009. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Provincial de Cañete, en sesión ordinaria de fecha 10 de julio del presente año; y, de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades provinciales y distritales como órgano de gobierno local tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley de Procedimiento Administrativo General- Ley Nº 27444, establece en su artículo 36º que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente mediante Decreto Supremo o norma de mayor jerarquía; en el caso de los gobiernos municipales por Ordenanza Municipal; Que, asimismo el artículo 38º de la norma antes referida dispone que una vez aprobado el TUPA toda modifi cación referida a la creación de nuevos procedimientos,