TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 3 de diciembre de 2009 407220 Carrera Administrativa y el artículo 6° el Decreto Supremo N° 033-2005-PCM Reglamento del Código de Ética de la Función Pública; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APERTURAR proceso administrativo disciplinario a los Auxiliares Coactivos de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafi ores: Ronny Chapoñan Camarena, Roció Calderón Olazábal, y Aldo Zubiate Ángeles, teniendo en cuenta su participación en los hechos descritos en el Informe señalado en el visto del Informe de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores y por las razones expuestas en el Considerando. Artículo 2º.- CONCEDER a los servidores públicos mencionados en el artículo precedente, el plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de notifi cada la presente resolución, a fi n de que presente sus descargos respectivos, otorgándole para dicho caso todas las facilidades. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de ésta Municipalidad, llevar a cabo el Proceso Administrativo Disciplinario pertinente, y luego de su conclusión, proceda a elevar el informe respectivo al titular del pliego. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaria General la notifi cación de la presente resolución conforme a ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 430699-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Modifican la Ordenanza Nº 130/MVMT que regula la conformación, instalación y funcionamiento del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) ORDENANZA Nº 099/MVMT Villa María del Triunfo, 30 de octubre de 2009 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO VISTO: En sesión ordinaria de Concejo de la fecha que se indica, la propuesta para que se amplié la vigencia de la Ordenanza Nº 130/MVMT, por la que se regula la participación de la Sociedad Civil en el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de Villa María del Triunfo, y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 130/MVMT, se regula la participación de la Sociedad Civil en el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) de Villa María del Triunfo, cuyo artículo 11º señala que la vigencia de sus representantes ante dicha instancia son elegidos democráticamente por un periodo de dos (02) años, contados a partir de sus elecciones; Que, habiéndose elegido a los representantes de la Sociedad civil y otorgado reconocimiento por parte de esta Municipalidad el 28 de octubre de 2007 y habiendo concluido sus funciones el 27 de octubre de 2009, se hace necesario dictar una norma que permita prorrogar su vigencia, lo que no esta prohibido por norma legal alguna, a fi n de convocar el proceso de elección de los integrantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el periodo 2009 -2011; De conformidad con el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, con el voto UNANIME de los Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprobó la siguiente ORDENANZA: MODIFICA LA ORDENANZA 130/MVMT QUE REGULA LA CONFORMACIÓN, INSTALACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL (CCLD) Artículo Primero.- ADICIONAR al Artículo 11º de la Ordenanza Nº 130, el párrafo siguiente: “En caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite la elección de la nueva Junta Directiva del Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD podrá prorrogarse su vigencia, de manera excepcional, mediante Decreto de Alcaldía hasta por el plazo de 60 días, con la debida justifi cación.” Artículo Segundo.- PRORROGAR la vigencia del actual Consejo de Coordinación Local Distrital – CCLD, reconocido mediante la Resolución de Alcaldía Nº 198- 2008/MVMT, hasta la elección de los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil para el periodo 2009 – 2011, que no deberá exceder el plazo de 60 días. Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el cronograma de elecciones de los representantes de las organizaciones de la Sociedad Civil ante el CCLD período 2009 – 2011. Artículo Cuarto.- PRECISAR que a través de la respectiva norma específi ca se conformará una Comisión Especial de regidores para evaluar probables responsabilidades en la demora de la convocatoria para conformar el nuevo CCLD período 2009-2011. POR TANTO Mando se publique y cumpla. JUAN JOSÉ CASTILLO ANGELES Alcalde 430915-1 Aprueban “Campaña Tributaria y no Tributaria Navideña Villamariana 2009” ORDENANZA Nº 100/MVMT Villa María del Triunfo, 27 de noviembre de 2009 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO POR CUANTO: EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO: El Informe Nº 896-SGR-GR/MVMT de la Sub Gerencia de Recaudación, Memorandum Nº 625-2009-GR/MVMT de la Gerencia de Rentas y el Informe Nº 574-2009-GAJ/ MDVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, y su modifi catoria dispuesta por Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; lo cual es confi rmado por el Artículo II del Título preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 74º de la Constitución establece que los gobiernos locales pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía, mediante el cual se crean, modifi can, suprimen