Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2009 (08/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

que necesiten vehiculos para el desarrollo de sus funciones de operaciones o actividades de campo.

(S/. 165 000 000,00), los cuales son distribuidos y transferidos de manera directa a los jefes o responsables de los establecimientos de salud y las microrredes de salud. Para la aplicacion de lo dispuesto en los incisos a), b) y c), mediante decretos supremos refrendados por el Ministro de Educacion, el Ministro de Salud y el Ministro de Agricultura, segun corresponda, y contando con opinion favorable previa del Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, se establecen la distribucion, responsabilidades, comites veedores, plazos, cronogramas, entre otros aspectos.

11.1 A nivel de Pliego, la Partida de Gasto 2.1.1 "Retribuciones y Complementos de Efectivo" no puede habilitar a otras partidas de gasto, ni ser habilitada, salvo las habilitaciones que se realicen dentro de la indicada partida entre unidades ejecutoras del mismo pliego. Durante la ejecucion presupuestaria, la citada restriccion no comprende los siguientes casos: a) Creacion, desactivacion, fusion o reestructuracion de entidades. b) Traspaso de competencias en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion. c) Atencion de sentencias judiciales con calidad de cosa juzgada. d) Atencion de deudas por beneficios sociales y Compensacion por Tiempo de Servicios (CTS). e) Las modificaciones en el nivel funcional programatico que se realicen durante el mes de enero del Ano Fiscal 2010. Para efectos de la habilitacion de la Partida de Gasto 2.1.1 por aplicacion de los casos establecidos en los literales c), d) y e) precedentes, se requiere del informe previo favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico. 11.2 A nivel de Pliego, la Partida de Gasto 2.2.1 "Pensiones" no podra ser habilitadora, salvo para las habilitaciones que se realicen dentro de la misma partida entre unidades ejecutoras del mismo pliego presupuestario.

13.1 Disponese, en el MORDAZA de la implementacion progresiva de la programacion estrategica del Presupuesto por Resultados, el diseno de programas estrategicos relacionados con los siguientes fines: a) Enfermedades no transmisibles, tuberculosis, VIH y enfermedades metaxenicas y zoonosis, cuya conduccion estara a cargo del Ministerio de Salud. b) Logros de aprendizaje en educacion primaria y educacion basica alternativa, cuya conduccion estara a cargo del Ministerio de Educacion. c) Trabajo infantil, cuya conduccion estara a cargo del Ministerio de Trabajo. d) Violencia familiar y sexual y seguridad alimentaria, cuya conduccion estara a cargo del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. e) Sostenibilidad del medio ambiente, cuya conduccion estara a cargo del Ministerio del Ambiente. f) Ampliacion de la base tributaria, cuya conduccion estara a cargo de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (Sunat). 13.2 Disponese, asimismo, la continuidad del diseno del Programa Estrategico "Mejora en el Clima de Negocios ­ Competitividad", cuya conduccion esta a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas. Los recursos asignados en la presente Ley a los pliegos presupuestarios para la atencion del citado programa estrategico no podran ser objeto de modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico. 13.3 Continuase, en el MORDAZA del Presupuesto por Resultados, las "Evaluaciones de Diseno y Ejecucion de Intervenciones Publicas (EDEP)" y "Evaluaciones de Impacto (EI)", conforme a la relacion siguiente: a) En las Evaluaciones de Diseno y Ejecucion de Intervenciones Publicas (EDEP): 1. Servicios de vacunacion. 2. Sistema de registros publicos. 3. Programa de desarrollo productivo agrario rural. 4. Fomento y proteccion del patrimonio cultural. 5. Sistema de formalizacion de la propiedad informal. 6. Promocion de exportaciones y turismo. 7. Telecomunicacion rural. 8. Proteccion y desarrollo de poblacion en riesgo y/o abandono. 9. Mejoramiento de MORDAZA y pueblos. 10. Sistema de contrataciones y adquisiciones publicas. b) En la Evaluacion de Impacto (EI): 1. Programa Nacional Wawa Wasi. 2. Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru".

Los creditos presupuestarios aprobados en la presente Ley comprenden recursos para los siguientes fines: a) Gastos de mantenimiento correctivo de las instituciones educativas publicas a nivel nacional, que garanticen condiciones minimas de salubridad y seguridad, asi como gastos de mantenimiento y adquisicion de mobiliario escolar o equipo de computo. El Ministerio de Educacion destina recursos hasta por la suma de DOSCIENTOS NOVENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 290 000 000,00), los cuales son distribuidos y transferidos de manera directa en el mes de enero de 2010 a cada director de institucion educativa publica. Gastos para el mantenimiento o construccion de infraestructura de riego, priorizando los distritos mas pobres y con menores recursos, realizandose a nivel distrital y comprendiendo MORDAZA, bocatomas, aforadores, MORDAZA, micropresas, reservorios y otras estructuras de distribucion de agua de riego. El Ministerio de Agricultura destina recursos hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 153 000 000,00), los cuales son distribuidos y transferidos de manera directa a los alcaldes de la municipalidad distrital donde se ejecuta el mantenimiento de la infraestructura de riego. Gastos para la ampliacion, mejoramiento o mantenimiento, reposicion de equipamiento y adquisicion de equipamiento menor para los puestos y centros de salud, y los hospitales con categoria II-1. El Ministerio de Salud destina recursos hasta por la suma de CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES

b)

c)

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