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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (08/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES (O3HUXDQR Lima, martes 8 de diciembre de 2009 407442 y está desagregada a nivel de pliegos y Genéricas del Gasto.” b.2) Artículo 77º, numeral 77.5: “$UWtFXORž&HUWL IFDFLyQGHFUpGLWR SUHVXSXHVWDULRHQJDVWRVGHELHQHV VHUYLFLRVREUDV\SHUVRQDO (…) 77.5 Para efecto de la disponibilidad de recursos y la fuente de fi nanciamiento para convocar procesos de selección, a que se refi ere el artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, se tomará en cuenta la certifi cación del gasto correspondiente al año fi scal en curso y, en el caso de ejecuciones contractuales que superen el año fi scal, el documento suscrito por el jefe de la Ofi cina General de Administración o el que haga sus veces en el pliego presupuestario, que garantice la programación de los recursos sufi cientes para atender el pago de las obligaciones en los años fi scales subsiguientes.” b.3) Capítulo V, Presupuesto Multianual de la Inversión Pública: ³&DStWXOR9 3UHVXSXHVWR0XOWLDQXDOGHOD,QYHUVLyQ3~EOLFD $UWtFXORž'HO3UHVXSXHVWR0XOWLDQXDOGHOD ,QYHUVLyQ3~EOLFD 85.1 El Presupuesto Multianual de la Inversión Pública constituye un marco referencial elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas, con la participación de las entidades públicas, para un período de tres (3) años fi scales consecutivos. Dicho marco toma como base la información del proyecto de Presupuesto Anual del Sector Público, en función a los topes establecidos en el Marco Macroeconómico Multianual, la Programación Multianual de la Inversión Pública (PMIP) y la Asignación Presupuestaria Total para proyectos de inversión. 85.2 En su etapa de implementación, el Presupuesto Multianual de la Inversión Pública alcanza a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional y gobiernos regionales, y progresivamente a los gobiernos locales. 85.3 Hasta el 30 de setiembre de cada año, el Ministerio de Economía y Finanzas publica el Presupuesto Multianual de la Inversión Pública en su portal institucional. La actualización del Presupuesto Multianual de la Inversión Pública se realiza hasta el 31 de enero del año siguiente, una vez aprobado el Presupuesto Anual del Sector Público por el Congreso de la República. $UWtFXORž&RQWLQXLGDGGHSUR\HFWRVGH LQYHUVLyQS~EOLFD 86.1 Para los fi nes de la continuidad de los gastos en inversiones, los titulares de los pliegos presupuestarios en las fases de programación y formulación presupuestaria deberán tener en cuenta los proyectos de inversión pública contenidos en el Presupuesto Multianual de la Inversión Pública, de acuerdo a la Programación Multianual de la Inversión Pública. 86.2 Dispónese que las entidades responsables de la ejecución de los proyectos de inversión deben asignar el fi nanciamiento necesario en sus respectivos presupuestos para que dicha ejecución se culmine dentro del plazo y cronograma de ejecución establecido en los estudios de preinversión que sustentan la declaratoria de viabilidad. Si la culminación de los proyectos se realiza fuera de su plazo, o se prioriza la asignación de recursos a proyectos nuevos, modifi cando el plazo y cronograma de los proyectos en ejecución retrasando su culminación, la entidad pública debe informar a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República y al Ministerio de Economía y Finanzas las razones que sustenten dichas acciones.” 6(*81'$ Modifícanse los artículos 79º, 80º, 81º, 82º, 83º y 84º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, conforme a lo siguiente: ³$UWtFXORž'HO3UHVXSXHVWRSRU5HVXOWDGRV 3S5  79.1 Presupuesto por Resultados (PpR) es una metodología que se aplica progresivamente al proceso presupuestario y que integra la programación, formulación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación del presupuesto, en una visión de logro de productos, resultados y uso efi caz, efi ciente y transparente de los recursos del Estado a favor de la población, retroalimentando los procesos anuales de asignación del presupuesto público y mejorando los sistemas de gestión administrativa del Estado. 79.2 El Presupuesto por Resultados (PpR) utiliza instrumentos tales como la programación presupuestaria estratégica, el seguimiento de productos y resultados a través de indicadores de desempeño y las evaluaciones independientes, entre otros que determine el Ministerio de Economía y Finanzas en colaboración con las demás entidades de gobierno. 79.3 Los programas presupuestales estratégicos se diseñan para enfrentar un problema nacional, cuya resolución está a cargo de una o más entidades del sector público, en los diferentes niveles de gobierno. Las entidades del Gobierno Nacional que deseen formular y proponer programas estratégicos deberán seguir la metodología y las pautas establecidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, cuidando en todos los casos que esta metodología establezca una adecuada coordinación intergubernamental e intersectorial, así como la necesaria vinculación entre el diseño de los programas presupuestales estratégicos y el presupuesto público a través de la Estructura Funcional Programática. El uso de los clasifi cadores de gastos de la cadena funcional programática es obligatoria para todos los pliegos presupuestales que realizan actividades o proveen bienes y servicios identifi cados como relevantes para el logro de los objetivos y metas establecidos en cualquier programa presupuestal estratégico. El Ministerio de Economía y Finanzas a través de la Dirección Nacional del Presupuesto Público a iniciativa propia o a pedido del sector responsable del programa presupuestal estratégico evalúa el cumplimiento de esta disposición y dispone las correcciones necesarias. 79.4 El Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (Ceplan) incorpora el instrumento de Programas Presupuestarios Estratégicos y el enfoque y principios de la gestión por resultados en su proceso de planeamiento estratégico.” $UWtFXORž0RGL IFDFLRQHVSUHVXSXHVWDULDVD QLYHOLQVWLWXFLRQDOHQWUHHQWLGDGHV No pueden ser objeto de anulaciones presupuestarias los créditos presupuestarios asignados para el fi nanciamiento de los Programas Presupuestales Estratégicos con excepción de aquellos que hayan alcanzado sus metas físicas programadas, en cuyo caso, el monto será reasignado en otras prioridades defi nidas en los programas presupuestales estratégicos. Las entidades responsables de ejecución de recursos públicos podrán realizar modifi caciones presupuestarias en el nivel institucional dentro del marco de Presupuesto por Resultados (PpR), mediante decreto supremo refrendado por el Ministro