Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2009 (08/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407449

delimitar, registrar, conservar, restaurar, promover, difundir y poner en valor los monumentos arqueologicos de Marcahuamachuco, Viracochapampa y los sitios ubicados en los cerros Miraflores, MORDAZA y otros lugares de la jurisdiccion de la provincia MORDAZA MORDAZA, departamento de La Libertad. Las funciones de la Unidad Ejecutora Marcahuamachuco con sede en Huamachuco, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La MORDAZA, se financiaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Educacion; y con Recursos Directamente Recaudados, Donaciones y otros ingresos que sirvan a los fines de la Unidad Ejecutora. Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas para que, mediante decreto supremo, transfiera las partidas presupuestales por toda fuente de financiamiento para el Ano Fiscal 2010, comprendidas en el Pliego del Ministerio de Educacion, a la Unidad Ejecutora Marcahuamachuco. Los Ministerios de Educacion y de Economia y Finanzas dictaran, de ser necesario, las disposiciones complementarias para la mejor aplicacion de la presente disposicion. La Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas (DEVIDA) es la encargada de efectuar el monitoreo y verificacion del cumplimiento de las metas de las actividades y proyectos correspondientes a los programas institucionales Plan de Impacto Rapido de Lucha contra las Drogas y Prevencion y Tratamiento del Consumo de Droga a ser ejecutados por las entidades con cargo a los recursos aprobados en la presente Ley en el MORDAZA de los objetivos previstos en la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas 20072011. Previa a la ejecucion de los programas institucionales MORDAZA senalados, las entidades ejecutoras deberan contar con la conformidad de DEVIDA respecto a los planes operativos de las actividades y proyectos formulados en el MORDAZA de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, debiendo suscribirse para dicho proposito convenios de cooperacion interinstitucional con DEVIDA que garanticen el monitoreo y la verificacion del cumplimiento de las metas programadas. Los recursos asignados para los programas institucionales senalados en el primer parrafo no podran ser reorientados a otras actividades y proyectos diferentes de dichos programas, bajo responsabilidad. Crease las siguientes unidades ejecutoras: 1) En el Pliego 444: Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, con cargo a sus propios recursos: a) Educacion Sur Pauza, en el distrito de Pauza, provincia de MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, region Ayacucho. b) Educacion VRAE La Mar, en el distrito de San MORDAZA, provincia La Mar, region Ayacucho. 2) En el Pliego 445: Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, con cargo a sus propios recursos: a) Educacion UGEL MORDAZA Cruz. b) Educacion UGEL Cajabamba. c) Educacion UGEL Bambamarca. 3) En el Pliego 440: Gobierno Regional del Departamento de Amazonas, con cargo a sus propios recursos: a) Educacion Bagua Capital, con sede en la MORDAZA de Bagua. b) Salud Utcubamba, con sede en la MORDAZA de Bagua Grande. Disponese que el mecanismo de garantia establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 11º de la Ley Nº 28750, publicada el 3 de junio de 2006, tambien es aplicable al pago de las operaciones de administracion de deuda de las obligaciones derivadas

de la operacion de endeudamiento interno aprobada por el Decreto Supremo Nº 188-2005-EF. Exonerase de la aplicacion de las medidas de austeridad, racionalidad y disciplina en el gasto publico y demas disposiciones complementarias o modificatorias de estas, igualmente de las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, su reglamento y demas disposiciones complementarias o modificatorias de estas las contrataciones, adquisiciones y actividades preparatorias que se realicen durante el ano 2010 y que tengan por objeto la realizacion del XL periodo ordinario de sesiones de la Asamblea General de la Organizacion para los Estados Americanos (OEA) que tendra lugar en la MORDAZA de Lima; incluyendo reuniones, eventos y otras actividades que se programen en el MORDAZA de dicha sesion internacional, siempre que MORDAZA realizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Autorizase a transferir la suma de VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 000 000,00) de la Reserva de Contingencia a favor del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, para la ejecucion de proyectos de inversion publica en educacion, salud, electrificacion rural, saneamiento, transporte y sistemas de riego, previo requerimiento del pliego. La aplicacion de la presente disposicion esta sujeta a que los proyectos de inversion publica MORDAZA declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica. Prorrogase hasta el 31 de enero de 2010 el plazo establecido en el numeral 7.2 del articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 179-2009EF/75, para acceder al financiamiento a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 040-2009 y sus modificatorias. Vencido dicho plazo, los saldos no utilizados seran redistribuidos por el Ministerio de Economia y Finanzas en funcion al criterio de distribucion original y al criterio de avance de ejecucion de los recursos otorgados en virtud de las normas legales MORDAZA citadas. Autorizase al Ministerio de Educacion para que transfiera de los recursos aprobados para el Programa Estrategico "Logros de Aprendizaje", TRES MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000 000,00) a favor de la Universidad Nacional de San MORDAZA a fin de repotenciar los laboratorios de dicho centro de estudios. Autorizase a incorporar en el Presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion, los saldos presupuestales no comprometidos al 31 de diciembre de 2009 correspondientes a los creditos asignados para las actividades, programas y proyectos referidos al "Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion", que permita efectuar directamente y a nivel nacional el pago de propinas de alfabetizadores y supervisores; asimismo, lo relacionado con los "textos y materiales educativos", "capacitacion docente", "mantenimiento y equipamiento de instituciones educativas", "tecnologias educativas" y "evaluacion de alumnos y docentes", a fin de disponer oportunamente de materiales educativos y ambientes de manera adecuada, para iniciar el ano lectivo 2010; asi como los saldos relacionados con los recursos no ejecutados provenientes de la aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 094-2009, que aprueba disposiciones extraordinarias, que regiran hasta el ano 2010, entre otras, respecto al otorgamiento de becas en el ambito del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene (VRAE). La presente Ley entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2010, salvo los articulos 5º; 8º, numeral 8.3, MORDAZA parrafo; 12º, ultimo parrafo; 16º, numeral 16.2; y 17º, numeral 17.2, la primera disposicion complementaria; y la setima disposicion final, que rigen a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, prorrogase la vigencia de la decima tercera disposicion final de la Ley Nº 29289 y sus modificatorias, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009, que regula el uso de los recursos provenientes del canon, sobrecanon y regalia minera por los gobiernos

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