Norma Legal Oficial del día 08 de diciembre del año 2009 (08/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

407444

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de diciembre de 2009

metas fisicas y financieras de los productos comprendidos en los programas presupuestales estrategicos, velaran por la calidad de la informacion remitida al Ministerio de Economia y Finanzas y a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica. 83.5 La Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica emitira un informe semestral como producto de la revision y evaluacion de la informacion recibida sobre la ejecucion de los programas presupuestales estrategicos, asi como sobre los avances en la implementacion y en las mejoras reportadas por los ministerios y sectores responsables de los programas estrategicos.

84.1 El Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) genera la informacion estadistica necesaria para el seguimiento de los indicadores en los ambitos correspondientes a su mision, en el MORDAZA del Presupuesto por Resultados (PpR), particularmente de aquellos que no pudieran ser generados por los sistemas estadisticos propios de las entidades involucradas en la aplicacion del Presupuesto por Resultados (PpR). 84.2 El Ministerio de Economia y Finanzas en coordinacion con los responsables de los pliegos presupuestales involucrados contaran con un sistema que brinde informacion publica, mediante su MORDAZA, de la ejecucion de las metas fisicas y financieras de todos los productos contemplados en los programas presupuestales estrategicos de acuerdo con las unidades de medida y los costos definidos para ello en los disenos de los respectivos programas. Dicha informacion se registra y publica de manera continua, en formato de base de datos que permita su desagregacion en el clasificador territorial hasta el nivel de distrito, y en el clasificador institucional hasta el nivel de la unidad administrativa prestadora del servicio. Los sistemas de informacion estan sujetos a seguimiento, evaluacion y auditorias periodicas." Disponese que la determinacion del periodo de regularizacion, la conciliacion del MORDAZA presupuestal y el cierre contable financiero y presupuestario estan a cargo de la Direccion Nacional de Contabilidad Publica, para cuyo efecto derogase el articulo 21º de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, y dejanse en suspenso las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente disposicion. A partir del ejercicio presupuestario 2009, la Direccion Nacional de Contabilidad Publica implementa los mecanismos que MORDAZA necesarios para la mejor aplicacion de la presente disposicion. La disponibilidad de recursos y la fuente de financiamiento asi como la certificacion de credito presupuestario, referidas en el articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, y en el parrafo 77.1 del articulo 77º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, respectivamente, son otorgadas con el contrato de credito que formaliza la operacion de endeudamiento interno, aprobado de acuerdo con la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, para que el Ministerio de Defensa lleve a cabo los procesos de contrataciones y adquisiciones en el MORDAZA del Nucleo Basico de Defensa y las adquisiciones para las operaciones militares en la MORDAZA del MORDAZA de los MORDAZA MORDAZA y Ene (VRAE). Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a transferir CIENTO TREINTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 135 000 000,00) de la reserva de contingencia destinada al "Fondo DU Nº 037-94", creado mediante Decreto de Urgencia Nº 051-2007.

Para la transferencia de los recursos aprobados en el primer parrafo de la presente disposicion, el Ministerio de Economia y Finanzas utilizara el procedimiento establecido en el articulo 45º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, a propuesta de la Oficina General de Administracion del citado ministerio, con el objeto de que las entidades comprendidas en los alcances del Decreto de Urgencia Nº 051-2007 continuen atendiendo directamente los abonos en las cuentas bancarias correspondientes y las cargas sociales respectivas. Mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas se emiten, de ser necesario, las normas complementarias y reglamentarias para la mejor aplicacion de la presente disposicion. Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas para que, a traves de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico y mediante resolucion directoral, apruebe modificaciones en el clasificador funcional programatico en los anos fiscales respectivos, para la compatibilizacion de la asignacion de los creditos presupuestarios y las Funciones, Programas Funcionales y Subprogramas Funcionales a cargo de las entidades publicas, en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 13º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Facultase al Ministerio de Economia y Finanzas a reestructurar la organizacion de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, en un plazo que no excedera al primer trimestre del ano 2010, con el objeto de adecuarla a los cambios en materia de gestion presupuestaria y de resultados; la modernizacion de la programacion, seguimiento y evaluacion por productos y resultados; y el fortalecimiento de las acciones en materia presupuestaria en los gobiernos subnacionales, en beneficio de los usuarios intermedios y finales del Sistema Nacional de Presupuesto Publico. Tal reestructuracion comprendera la creacion, fusion o eliminacion de direcciones, las cuales estaran a cargo de la Direccion General de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, que a su vez contara con una direccion ejecutiva. Para tales fines, la oficina general de administracion de dicho ministerio, a propuesta de la citada direccion nacional, modificara los documentos de gestion pertinentes, incluido el CAP, mediante resolucion ministerial. Adicionalmente, dicha oficina general queda autorizada a realizar directamente las acciones administrativas para adecuar el CAP y el PAP del Ministerio de Economia y Finanzas con las funciones de caracter profesional que a la fecha vienen desempenando los servidores publicos a cargo de dicho ministerio, ubicando directamente, previa evaluacion, al personal conforme al CAP adecuado y aprobado por resolucion ministerial, asignando todos los ingresos que correspondan a la plaza. Para lo MORDAZA senalado, quedan suspendidas las normas que se opongan o limiten la aplicacion de esta disposicion, incluidas las relativas al tramite de tales documentos de gestion. Disponese que el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico, lleve a cabo un inventario de los proyectos de inversion publica culminados, asi como de aquellos no culminados cuya ejecucion se suspendio por periodos mayores a un (1) ano y que a la fecha de entrada de vigencia de la presente Ley se encuentren pendientes de liquidacion. Para tal efecto, las entidades y empresas del sector publico no financiero sujetas al Sistema Nacional de Inversion Publica deben informar a la citada direccion general, MORDAZA del 30 de junio de 2010, los proyectos de inversion que se encuentran en los supuestos MORDAZA mencionados. Los lineamientos para la aplicacion de la presente disposicion, asi como para la liquidacion de los proyectos se establecen por la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico. De conformidad con el articulo 85º de la Constitucion Politica del Peru, el Banco Central de Reserva del Peru requiere autorizacion por ley a fin de efectuar operaciones y celebrar convenios de credito para cubrir desequilibrios transitorios en la posicion de las reservas internacionales cuando el monto de las mismas supere una suma equivalente a diez (10) veces el valor de la cuota del Peru en el Fondo Monetario Internacional.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.