Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2009 (09/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de diciembre de 2009

Que, de la evaluacion efectuada se ha determinado que COPEINCA S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos pertinentes para que proceda la regularizacion de la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera GRUNEPA 3, via aplicacion parcial de la capacidad de bodega 17.64 m3 de la embarcacion siniestrada CELI; y los requisitos senalados en el procedimiento Nº 06 del MORDAZA de este Ministerio, aprobado por el Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que procede aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de las embarcaciones CHIMBOTE 1 con matricula CO16647-PM, MORDAZA con matricula CO-16324-PM, SAN MORDAZA con matricula CO-16401-CM y GRUNEPA 3 con matricula CO-5069-PM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 727-2008PRODUCE/DGEPP, Informe Nº 736-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dchi e Informe Nº 1153-2009-PRODUCE/DGEPPDchi de fecha 25 y 28 de noviembre de 2008 y 15 de octubre de 2009; y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, publicado por Resolucion Ministerial Nº 3412005-PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE:

Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Articulo 8º.- Cancelar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA con matricula CO-10303PM, en virtud a la regularizacion de capacidad de bodega otorgada en el articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 9º.- Generar el saldo para la embarcacion MORDAZA de 153.16 m3 de capacidad de bodega con acceso a los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto a favor de COPEINCA S.A.C., el mismo que sera utilizado de conformidad a la legislacion pesquera vigente. Articulo 10º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. Para tal efecto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio de preservacion a bordo. Articulo 11º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion, cuya direccion es: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Articulo 1º.Acumular los procedimientos administrativos referidos a la regularizacion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera GRUNEPA 3 con matricula CO-5069-PM, con el procedimiento de cambio de titular del permiso de pesca de las embarcaciones, CHIMBOTE 1 con matricula CO-16647-PM, MORDAZA con matricula CO-16324-PM, SAN MORDAZA con matricula CO-16401-CM y GRUNEPA 3 con matricula CO-5069-PM solicitados por COPEINCA S.A.C. Articulo 2º.- Aprobar a favor de COPEINCA S.A.C. la regularizacion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera GRUNEPA 3 con matricula CO-5069-PM a 412.78 m3 via aplicacion parcial de 17.64 m3 de la capacidad de bodega de la embarcacion siniestrada con perdida total CELI. Articulo 3º.- Aprobar a favor de COPEINCA S.A.C. el cambio del titular del permiso de pesca de las embarcaciones pesqueras CHIMBOTE 1 con matricula CO16647-PM, MORDAZA con matricula CO-16324-PM y SAN MORDAZA con matricula CO-16401-CM; en los mismos terminos y condiciones con que fueron reconocidos por la Administracion. Articulo 4º.- Condicionar la vigencia del cambio de titular de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula CO-16324-PM, al resultado del MORDAZA judicial correspondiente, conforme lo senalado en el tercer parrafo del articulo 34 del Reglamento de la Ley General de Pesca. Articulo 5º.- Aprobar a favor de COPEINCA S.A.C. el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion GRUNEPA 3 con matricula CO-5069-PM con autorizacion para extraer los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto y 412.78 m3 de capacidad de bodega, en virtud a la regularizacion otorgada en el articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a los anteriores titulares respecto a las embarcaciones pesqueras citadas en el articulo 3º y 5º de la presente Resolucion, y excluirlos del listado de embarcaciones pesqueras publicado por Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE. Articulo 7º.- Incorporar COPEINCA S.A.C como la nueva titular de los permisos de pesca de las embarcaciones pesqueras CHIMBOTE 1 con matricula CO-16647-PM, MORDAZA con matricula CO-16324PM, SAN MORDAZA con matricula CO-16401-CM y GRUNEPA 3 con matricula CO-5069-PM, en los listados de embarcaciones pesqueras publicado por Resolucion

432793-5 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 896-2009-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 11 de noviembre del 2009 Visto el escrito de Registro Nº 0077048-2009 y adjunto 1, de fechas 01 y 28 de octubre del 2009, presentado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA PANTA. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 043-98PIURA-DIREPE-DR de fecha 08 de septiembre de 1998, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a los armadores MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "VICTORIA" de matricula PT-11155-CM, de 55.56 m3 de capacidad de bodega, la cual se dedicara a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino para el consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco como tamano minimo de malla de ½ pulgada (13 mm) y de 1½ pulgada (38 mm) en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas costeras; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 033-2003GOB.REG.DIREPE-DR de fecha 05 de febrero del 2003, se amplio el permiso de pesca a plazo determinado otorgado con Resolucion Directoral Nº 043-98-PIURADIREPE-DR, a los armadores MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "VICTORIA" de matricula PT-11155-CM, de 55.56 m3 de

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