Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2009 (12/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES
- Servicios numeros: 1, 2, 8 y 11.

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Generales de Planificacion y Presupuesto y de Asesoria Juridica, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Que, los tramites establecidos por la autoridad administrativa deben procurar ser sencillos, racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria. Ello en concordancia con el MORDAZA de simplicidad del procedimiento administrativo previsto en el numeral 1.13 del articulo IV del Titulo Preliminar, el numeral 39.1 del articulo 39° y el numeral 10 del articulo 55° de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, y el numeral 3 del articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo al numeral 36.3 del articulo 36° la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la simplificacion de los procedimientos podran aprobarse por Resolucion Ministerial; asimismo, en concordancia con el numeral 38.5 del articulo 38° de dicha Ley, toda modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de la Produccion, que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o de requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector; Que, en el MORDAZA de las politicas de modernizacion y facilitacion de la atencion al ciudadano, se ha visto por conveniente simplificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0082009-PRODUCE, modificados por Decreto Supremo N° 012-2009-PRODUCE y Resolucion Ministerial N° 328-2009-PRODUCE, disponiendo la eliminacion de los Procedimientos numeros 42, 129 y 130 y reduccion de requisitos, derechos de tramitacion u otros pagos en los Procedimientos Administrativos numeros 1, 2, 3, 4, 20, 31, 35, 38, 47, 89, 117, 118, 121 y 122 y en los Servicios numeros 1, 2, 8 y 11 del MORDAZA del Ministerio de la Produccion; Que, estando a lo informado en los documentos de vistos, con el visado de las Oficinas Generales de Planificacion y Presupuesto, de Administracion y de Asesoria Juridica; y de conformidad con las normas citadas precedentemente y el Decreto Legislativo N° 1047 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Eliminacion de Procedimientos Administrativos Eliminese del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, los siguientes Procedimientos Administrativos:
N° de Procedimiento 42 Denominacion "Concesion para la instalacion de colectores y MORDAZA nets con fines de obtencion de larvas y post larvas de moluscos bivalvos con certificado ambiental de la DIA." "Autorizacion para el inicio de la actividad industrial de empresas dedicadas a la confeccion de prendas de uso militar o policial." "Inspeccion para el cese colectivo por causas objetivas en materia de trabajo (caso fortuito y fuerza mayor)"

Articulo 4°.- Modificacion de la Nota N° 03 Modifiquese la Nota N° 03 de los Procedimientos del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, el cual en adelante tendra el siguiente texto: "(*3) Procedimiento que se encuentra transitoriamente a cargo de PRODUCE unicamente para el ambito de la circunscripcion territorial del Regimen Especial de MORDAZA Metropolitana, hasta su inclusion en el MORDAZA de dicha entidad, previa acreditacion y recepcion de funciones de acuerdo a la normatividad legal vigente". Articulo 5°.- Publicacion Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el "Diario Oficial El Peruano" y el Anexo N° 01, referido en los articulos 2° y 3° de la presente Resolucion Ministerial, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion (www.produce. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de la Produccion 434739-1

Aprueban cambio de titular de autorizacion de incremento de flota a favor de la Empresa Pesquera Ferdasa S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 919-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 19 de noviembre del 2009 Visto los escritos con Registro Nº 00071084 de fechas 09 de septiembre, 02 y 06 de noviembre de 2009, presentados por EMPRESA PESQUERA FERDASA S.R.L. CONSIDERANDO: Que, los Articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional, las personas naturales y juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, el mismo que es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras a nivel nacional; Que, el Articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que en el caso de recursos hidrobiologicos que se encuentren plenamente explotados, el Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion) no autorizara incrementos de flota ni otorgara permisos de pesca que concedan acceso a esas pesquerias, bajo responsabilidad, salvo que se sustituya igual capacidad de bodega de la flota existente en la pesqueria de los mismos recursos hidrobiologicos; Que, el Articulo 9º del Reglamento de la Ley Nº 26920 para la operacion de embarcaciones pesqueras de MORDAZA con capacidad de bodega de hasta 110 m3 aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, sustituido por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2007PRODUCE, publicado el 21 febrero 2007, establece que, la sustitucion de embarcaciones pesqueras a que se refiere el Articulo 24º de la Ley General de Pesca y los Articulos 12º y 18º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, sera autorizada a las embarcaciones comprendidas en el presente regimen juridico, siempre que se sustituyan por otras de MORDAZA, cuya capacidad de bodega estara sujeta al volumen de bodega a sustituir; Que, el numeral 37.1 del Articulo 37º del citado Reglamento, modificado por Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, establece que la autorizacion de incremento de flota para la construccion o adquisicion de

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Articulo 2°.- Reduccion de requisitos Reduzcase requisitos de los siguientes Procedimientos del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, segun el Anexo N° 01 que forma parte de la presente Resolucion Ministerial: - Procedimientos numeros: 1, 2, 3, 4 y 35. Articulo 3°.- Eliminacion de derechos de tramitacion y otros pagos Eliminese derechos de tramitacion y otros pagos de los siguientes Procedimientos y Servicios del MORDAZA del Ministerio de la Produccion, segun el Anexo N° 01 que forma parte de la presente Resolucion Ministerial: - Procedimientos numeros: 20, 31, 38, 47, 89, 117, 118, 121 y 122.

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